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El Supremo rechaza dos querellas contra María Jesús Montero porque considera que no reveló secretos del novio de Ayuso

El Alto Tribunal deja claro que la ministra "se limitó a dar su opinión sobre lo que debería hacer la presidenta de la Comunidad de Madrid ante las noticias difundidas en relación a su pareja".

13/3/24 - La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante el pleno del Congreso de los Diputados celebrado este martes.
La ministra María Jesús Montero, en una foto de archivo. Fernando Villar / efe

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite dos querellas por delitos de revelación de secretos e infidelidad en la custodia de documentos contra la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, al considerar que no reveló "ningún dato personal o reservado" sobre Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso.

La Sala de lo Penal ha decidido no admitir las querellas registradas por la Asociación Liberum y la Fundación Foro Libertad y Alternativa por las declaraciones en las que Montero, el pasado 12 de marzo, exigió explicaciones a la presidenta de la Comunidad de Madrid sobre si "está viviendo en un piso que se pagó con fraude a la hacienda pública y que se pagó con las comisiones respecto a las mascarillas en la peor situación de pandemia que tuvo este país".

Estas asociaciones consideraban que esas declaraciones implicaban que Montero accedió sin autorización y se apoderó de datos personales y reservados referidos a la pareja de Isabel Díaz Ayuso que se encontraban en ficheros o registros públicos o que alguien que accedió sin autorización se los facilitó; que utilizó dichos datos públicamente con fines políticos y con conocimiento de su origen ilícito; y que el acceso se produjo prevaliéndose de su cargo de ministra de Hacienda.

Pero el Tribunal Supremo no ve delito alguno al recordar que esas declaraciones se hicieron a las 17.30 horas y esa información la publicó eldiario.es a las 6.01 horas de ese día, "por lo que ningún dato o información pudo revelar que debieran permanecer secretos".

Lo que, a su juicio, "pone de manifiesto que, cuando la querellada efectuó las manifestaciones a que se refieren las querellas, la denuncia de Fiscalía y su contenido, entre el que figuraba el informe de la Agencia Tributaria, ya habían trascendido a terceros y se habían hecho públicos".

De esta forma "no puede estimarse cometido el delito de descubrimiento y revelación de secretos" porque "ningún dato personal y reservado reveló del Sr. González Amador", sino que "se limitó a dar su opinión sobre lo que, a su juicio, debería hacer la Presidenta de la Comunidad de Madrid ante las noticias difundidas en relación a su pareja".

Además, continúa, "tampoco aparece, del propio contenido de sus manifestaciones, que las declaraciones realizadas se refirieran a datos o informaciones de los que tuviere conocimiento por razón de su cargo".

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