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Competencia expedienta a Telefónica por imponer cláusulas de permanencia tras la compra de Digital+

La CNMC informa de que la resolución de la investigación se publicará en un plazo máximo de tres meses. 

El logo de Telefónica, en su sede operativa en la zona norte de Madrid.. REUTERS/Sergio Perez
El logo de Telefónica, en su sede operativa en la zona norte de Madrid. REUTERS/Sergio Perez. Sergio Perez / REUTERS

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador a Telefónica por incumplir los compromisos adquiridos a la hora de comprar Digital+ (la antigua Sogecable), los cuales impedían que se impusieran cláusulas obligatorias de permanencia a los nuevos clientes derivados de la adquisición de la nueva empresa.

Según explican desde la CNMC, las obligaciones que Telefónica adquirió durante la compra en 2015 iban destinadas a "preservar la competencia en los mercados afectados" por la adquisición que concentraba buena parte del sector de las telecomunicaciones en sus manos. 

Telefónica debía abstenerse así de incluir obligaciones de permanencia asociadas a los servicios de televisión de manera directa o indirecta. Es decir, No podía aplicar estas cláusulas en paquetes directos de televisión o en packs vinculados a contratos de internet o telefonía en los que se incluían servicios de televisión.

Pese a ello, la compañía incluyó una permanencia de 36 meses en su producto Fusión+Smartphone, que incorporaba servicios de televisión de pago. Esta oferta daba la posibilidad a los clientes de Telefónica de adquirir un terminal smartphone en forma de alquiler, con una cuota de tres euros al mes y con la permanencia mencionada anteriormente. 

Desde Competencia advierten de que la incoación de este expediente no cierra la investigación y recuerdan que ahora se abre un periodo de tres meses para que se dicte una resolución final.


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