Este artículo se publicó hace 6 años.
Los jueces del Supremo se olvidan de mujeres y menores en la sentencia sobre la vivienda familiar
Muchos han aplaudido el fallo del Alto Tribunal como si fuese lo más justo y equilibrado. En cambio, otras profesionales inciden en estudiar caso por caso y apuntan que aquí la justicia ni atiende el interés del menor ni contempla la situación de desigualdad de las mujeres.
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"En la inmensa mayoría de los casos, ese que llaman el 'novio' que vive ahora en el domicilio es, en realidad, el que cumple con las obligaciones como padre". Son las palabras de Isabel María, una mujer que rehizo su vida con una nueva pareja tras divorciarse.
La medida del Tribunal Supremo sobre la prohibición del uso de la vivienda tras el divorcio marca un antes y un después. Muchos la han acogido como si fuera lo normal y justo, pero se oculta el impacto de género que produce. La historia de Isabel María, y las opiniones de expertas en la materia, apuntan al trasfondo de este fallo en varios aspectos.
Isabel María, empezar desde cero
Isabel explica que, en su caso, su nueva pareja es la que lleva años dedicada a la educación de sus hijos. Es quien los lleva al colegio, al médico, asume como responsabilidad común tareas de casa, paga los gastos y parte de la hipoteca que el padre de los menores se niega a pagar.
“¿Acaso alguien cree que es fácil convivir en una casa con hijos de otro? ¿Alguien lo ve como una ventaja? Os aseguro que ni en términos económicos, ni de esfuerzo, ni trabajo compensa. Solo se hace desde un acto de amor. Ese amor que el padre, en la gran mayoría de los casos, no siente”, insiste esta mujer. Para ella, esta sentencia lleva a la obligación de vender la casa y eso provoca “desestabilizar a los menores, rompiendo en muchas ocasiones su entorno habitual, de amigos, de colegio…".
En el proceso de divorcio, él rechazó la custodia de los tres hijos de 13, 11 y 6 años
Pero además, Isabel apunta otra cuestión sobre el uso de esa vivienda, en la que ella no tuvo buenas vivencias. Antes, durante su segundo embarazo, ella perdonó a su ahora ex pareja una infidelidad. Años más tarde, él la abandonó cuando ella terminaba un tratamiento de quimioterapia y radioterapia por un cáncer. “¿Alguien cree que para la mujer, o para esa nueva pareja, es fácil vivir en esa casa con esos malos recuerdos del pasado? Pues no, lo normal es que sea muy traumático, pero las madres sacrificamos nuestro bienestar frente al de nuestros hijos”, comenta, indignada. En el proceso de divorcio, él rechazó la custodia de los tres hijos de 13, 11 y 6 años. Desde entonces, Isabel María comenta que no ha cumplido con el régimen de visitas, ni con periodos de vacaciones, ni gastos extra. Ha denunciado los impagos y el no cumplimiento de la sentencia de divorcio, pero “hasta hoy, ni una noticia de los juzgados al respecto”, comenta.
En aquella sentencia se estableció que él pagaba la hipoteca íntegra, porque ella ya había pagado la mitad de la vivienda. Desde entonces él cumplió hasta que ella, hace dos años, inició una relación con su actual marido. Fue ahí cuando su ex pareja decidió que ya no pagaba más la hipoteca por estar esta nueva persona. “Esa hipoteca sigue a nombre de mi ex, pero la paga mi actual pareja. También lo denuncié pero tampoco consigo que la Justicia se pronuncie”, lamenta.
Por su caso y por los de otras conocidas, explica que mientras ellos pagan la mitad de la hipoteca que les corresponde, ellas han hecho frente a otros gastos como el IBI, seguros, reparaciones, reformas de las habitaciones de los niños que crecen… Para ella, estos factores, “suponen otra merma en la economía familiar y un beneficio para ellos a la hora de la venta, que finalmente siempre se produce cuando los hijos se hacen mayores”.
Según Isabel María, esta sentencia marca una iniciativa peligrosa si no se estudia caso por caso, y si no se contempla la desigualdad de partida de muchas mujeres. “La realidad es que las madres, aún cuando nos quedamos limitadas para trabajar al quedarnos el cuidado en solitario de los hijos, o sin trabajo, nos tenemos que buscar la vida para sacar adelante a esos niños, mientras el padre vive una segunda juventud libre como un pájaro o sigue creciendo en su carrera profesional”, matiza como argumento.
Solo les importa el dinero y que la mujer no sea feliz nunca más
De eso sabe bastante porque tras separarse, su ex marido se quedó con la empresa que habían creado durante el matrimonio. Él siguió con su fuente de ingresos, pero ella se quedó sin trabajo. Tampoco se lo puso fácil para crear un nuevo proyecto, “aún estando yo convaleciente de un cáncer. Le decía a mi madre que yo tenía que quedarme en casa cuidando a los niños y vivir de su pensión ¿De la pensión de los niños? ¿Cómo? ¿Y mi dignidad? ¿Y cuando él se declare insolvente o se arruine? ¿Yo no cotizo para el resto de mi vida?”. Así que, como pudo, empezó a poner un proyecto que fuera flexible con su vida y estado de salud.
Isabel María me enseña una carta de agradecimiento de sus hijas a su padrastro por cuidarla. “Yo acabo de ser sometida hace un mes a una histerectomía. Tengo problemas de salud y mi pareja es quien se hace cargo de los tres niños mientras el padre de los menores lleva un mes sin hacer por verles, o llevarles de paseo y sin pagar la pensión de este mes tampoco. Quien va a las reuniones de los colegios es mi pareja, el que acompañó al mayor ahora a las pruebas de selectividad es él, el que va a los conciertos de mi otro hijo o el que estaba en la comunión de la pequeña. Su padre no está en nada, solo le interesa estar libre y liberarse de pagos”, argumenta.
Conoce muchos casos donde las mujeres se ven abandonadas por los padres, que dejan a los menores “huérfanos de cariño” o que se declaran insolventes aun sabiendo que eso irá en perjuicio de la calidad de vida de sus hijos. “Pero nada de eso les importa. Solo les importa el dinero y que la mujer no sea feliz nunca más. Si entrase como tercera persona en la vivienda un abuelo o abuela dependiente al que hay que cuidar, ¿también pedirían que paguen su parte? ¿Se quejarían de que están allí viviendo gratis a su costa? Claro que no, porque eso saben que eso es más trabajo y problemas para su ex mujer”.
La opinión profesional: no parte de la desigualdad de género
Historias como las de Isabel María son los casos comunes que llegan a profesionales especializados en violencia de género. La periodista Nuria Varela, el forense y experto en género, Miguel Lorente; y la abogada Yolanda Besteiro, presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, señalan los puntos clave de esta sentencia, tras años de experiencia profesional con esos casos.
El fallo no analiza la situación del menor
“No se tiene en cuenta que la vivienda no se adjudica a la madre, se adjudica a los menores, y teniendo en cuenta su interés. En nuestro país, las cuidadoras somos las madres y por eso la disfruta la madre, y eso lo obvia esta posición”, opina Yolanda Besteiro, abogada.
Para Nuria Varela, como experta en género, “la sentencia del Supremo no sólo va en contra del espíritu de la ley sobre la que debía emitir el juicio, sino que pone en duda un principio rector de nuestro ordenamiento jurídico, proteger el interés del menor”.
“Estas decisiones, basadas en la percepción de lo que el padre entiende que es una situación material, la casa o el dinero, demuestra que los menores están en una posición secundaria. El padre debe pagar lo mismo tenga la madre o no pareja, así se establece en las sentencias de divorcio, y tiene que asumir sus responsabilidades. Porque él paga la hipoteca no de la mujer ni de los niños, sino de su casa, que recuperará cuando los niños sean mayores de edad. No paga de más, no hay una injusticia”, apunta Miguel Lorente. Según su opinión, en esta resolución “solo hay una consideración hacia la rabia o enfado que tiene de ver a una mujer con un novio en su casa, esa es la razón, porque no le supone un agravio respecto a las responsabilidades que tiene con sus hijos”.
Una sentencia sin perspectiva de género
“Se abren situaciones de vulnerabilidad, es un disparate. No es una solución, es un juicio moral, se está juzgando a las mujeres que rechacen su vida. Tiene muchas implicaciones, no se tiene en cuenta el interés del menor que es a quien se adjudica a la vivienda”, insiste Besteiro. Para esta abogada es necesario empezar desde abajo, partir de la situación de desigualdad y analizar caso por caso.
Varela insiste que nuestro sistema judicial no está capacitado para juzgar cuestiones que afectan al ámbito privado ni a la violencia de género, debido a su falta de formación, a la ideología patriarcal y a que no intervienen órganos disciplinarios. “Una vez más, el Tribunal Supremo demuestra que el sesgo patriarcal de nuestro sistema judicial es tan potente que desprotege a las mujeres y ese sesgo debería ser inhabilitador para dictar sentencias”. Pero Varela apunta un aspecto más en su análisis. Según la periodista, este fallo “también es un ejemplo de discriminación indirecta, prohibida por la ley de igualdad, puesto que es una sentencia aparentemente neutra que, sin embargo, afecta de manera desigual a hombres y mujeres”.
“La mayor es que la vivienda no se adjudica a la madre, sino a lo menores y el ordenamiento jurídico nuestro debe contemplarlo como eje y pilar para las resoluciones judiciales”, defiende la abogada Yolanda Besteiro.
El papel del padre y de la nueva pareja
Miguel Lorente evoca que en esta sentencia hay varios puntos cargados con significado. Para él, el más destacado es “el control que los hombres han ejercido históricamente en la separación sobre las mujeres”. Se refiere desde el hecho de impedir prácticamente el divorcio desde los finales de los años 70 a controlar luego a través de la pensión alimenticia o compensatoria. “Luego hay situaciones en las que algunos hombres, para no afrontar las responsabilidades, cobran en B para que no conste que están trabajando, o acuerdan, con la connivencia de otro hombre, poner un sueldo inferior en la nómina”, apunta el forense.
Igual opina Nuria Varela que, como analista, considera que la sentencia “parece más una pataleta del más rancio machismo de ‘se queda con MI mujer, MIS, hijos y MI casa’, que una sentencia de un tribunal superior en un estado democrático”.
“También es llamativo que cuando hay violencia, cuesta trabajo limitar o retirar custodias a maltratadores. Y aquí se ataca un factor de introducir “amor”, una nueva persona que puede querer a esos hijos. Eso, esta sentencia, lo trata como una distorsión en la relación familiar, mientras la violencia de género sistemática no da consideración negativa práctica. Es paradójica esta valoración”, asume Lorente.
No contempla la situación de las mujeres
También apuntan estas profesionales a la situación de partida de muchas mujeres. “Son ellas las que tienen más dificultad para trabajar, o si trabajan asumen trabajos más precarios, cobran menos, o dejan de trabajar, o reducen las jornadas… eso sitúa en desigualdad a la mujer. Si tras un divorcio, el 83% de las familias son monoparentales de mujeres y sus hijos, la igualdad teórica no existe”, concreta Lorente. Para el forense, esto es fundamental por el impacto que representa. Según él, “si este fallo se adoptara como una medida automática, se descontextualizan las decisiones sobre la realidad. Esa automatización, sin tener en cuenta la desigualdad, es una trampa”.
"Al final castigan a las madres por rehacer su vida"
“Somos las que cuidamos, renunciamos a ascensos laborales, jornadas completas para compatibilizar, y muchas no trabajan porque tenemos más dificultades para insertarnos en el mercado laboral. Al final castigan a las madres por rehacer su vida, porque no es garantía de que vayan a vivir con esa persona el resto de su vida ahí. Hay que ver el desequilibrio y las desigualdades que hay de entrada. Porque, además, las mujeres cobramos menos que los hombres, hay una brecha salarial, que no se olvide”, sostiene Besteiro.
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