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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha actualizado su registro de personas a las que se les ha modificado la condena a raíz de la ley del solo sí es sí. Según esta actualización, se han concedido 978 reducciones de pena y 104 excarcelaciones desde la entrada en vigor de la norma el 7 de octubre del año pasado.
Esta actualización incluye 35 nuevas reducciones de pena y una nueva excarcelación respecto a la semana pasada. Según la agencia EFE, el 32% de las condenas revisadas en España han implicado una reducción de la pena del reo. El CGPJ ha actualizado por primera vez su registro desde el 2 de marzo, cuando informó oficialmente de que había habido 721 reducciones de pena y 74 excarcelaciones en toda España hasta el 1 de marzo.
Estos cambios se produjeron debido a las revisiones efectuadas por la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual. En ese momento, el Consejo señaló que no había podido obtener datos de todos los órganos judiciales, por lo que carecía de una cifra global. Sin embargo, indicó que su Comisión Permanente había acordado que la información sería "actualizada periódicamente y hecha pública". Desde entonces, se esperaba que el órgano publicara los datos actualizados.
El desglose de los datos
Los datos se desglosan de la siguiente forma: 15 rebajas por el Tribunal Supremo, una por la Audiencia Nacional, 82 por los tribunales superiores y 880 por las audiencias provinciales. En términos porcentuales, el Supremo ha acordado reducciones de pena en el 40,5% de las sentencias revisadas; la Audiencia Nacional en el 14,3% de los casos, las audiencias provinciales en el 31,6% y los tribunales superiores en el 39,5.
Asimismo, estos datos se hacen públicos días después de que el Supremo haya anunciado un pleno monográfico los próximos 6 y 7 de junio para fijar doctrina sobre la revisión de sentencias firmes por la Ley del solo sí es sí, apenas unos días después del 28M.
La intención del Supremo pasa por unificar criterio y fijar doctrina
La Sala de lo Penal estudiará más de 20 recursos de casación presentados por las partes contra las revisiones de las condenas por sentencia firme dictadas por las audiencias provinciales, obligadas por la nueva legislación sobre delitos sexuales para estudiar si era o no más beneficiosa para el reo.
Fuentes jurídicas informan de que la intención del Supremo pasa por unificar criterio y fijar doctrina ante las decisiones de las audiencias provinciales, que no coinciden en su forma de proceder dado que algunos tribunales autonómicos sí han rebajado las penas pero otros, en cambio, no lo han hecho.
Hasta la fecha, el Supremo se había pronunciado sobre sentencias que no eran firmes, pero ahora el alto tribunal entrará a estudiar los casos más polémicos, aquellos cuya condena firme se ha visto alterada tras la entrada en vigor de ley de garantía integral de la libertad sexual, que mantiene enfrentados a los socios del Gobierno a partir de una reforma del PSOE enmendada por Unidas Podemos.
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