Este artículo se publicó hace 7 años.
Los contribuyentes pagarán parte del fiasco del Popular
Los accionistas y los titulares de bonos convertibles y de deuda subordinada podrán endosar al Estado parte de las pérdidas sufridas. La normativa vigente les permite compensarlas con las ganancias patrimoniales que obtengan, cuando realicen sus declaraciones de impuestos. Tienen, además, cuatro años para hacerlo.
Vicente Clavero
Madrid--Actualizado a
La compra del Popular por el Santander ha infligido un fuerte quebranto a los accionistas del primero de esos dos bancos, que vieron cómo se evaporaba el valor de sus inversiones de la noche a la mañana. El precio al que se cerró la operación fue de un euro, lo que en la práctica significaba dejar a cero el capital del Popular, pese a que su último día en Bolsa (el 8 de junio) se saldó con una cotización de 0,370 y una capitalización de 1.330 millones.
También han perdido todo su dinero los tenedores de instrumentos como obligaciones convertibles y deuda subordinada, que se convierten automáticamente en acciones cuando el capital baja de un determinado nivel. Esos títulos entrañan menos riesgo que las acciones, pero suponen una segunda línea de fuego en situaciones similares a las que ha protagonizado el Popular, y sus propietarios debieron ser informados de ello al suscribirlos.
De todas formas, unos y otros tienen varias opciones para recuperar algo de la inversión realizada, algunas perfectamente compatibles entre sí. De la que más se ha hablado es de demandar al Popular por no haber ofrecido una imagen real de la situación que estaba atravesando. Eso, lógicamente, requiere tiempo y depende de la decisión que a la postre adopten los tribunales de justicia, que pueden dar la razón a los damnificados o no.
Con esa posibilidad juegan los especuladores que están haciendo acopio de los derechos derivados de las obligaciones convertibles y de la deuda subordinada del Popular, que ahora no valen nada, pero pueden proporcionar pingües beneficios si se produjera una avalancha de sentencias favorables. Según algunas fuentes, los precios rondan el 0,2% del valor nominal de los títulos y hay inversores que los venden sólo para minimizar pérdidas.
Éstas, además, pueden compensarlas en todo caso con las ganancias patrimoniales que obtengan a lo largo de los próximos cuatro años, cuando llegue la hora de liquidar sus impuestos. Lo cual significa endosar al Estado parte del quebranto sufrido como consecuencia de las condiciones de la adjudicación del Popular al Santander; un quebranto que contribuiremos a sufragar entre todos, al ser dinero que deja de entrar en las arcas de Hacienda.
Calcular el montante de esa contribución no es fácil, pues se desconoce cuántos antiguos accionistas o tenedores de bonos convertibles y deuda subordinada tendrán ganancias patrimoniales con las que compensar estas pérdidas. Lo que sí se sabe son los créditos fiscales que se anotará el Santander gracias a la operación: 5.200 millones de euros que el Popular acumulaba por los resultados negativos cosechados en los últimos años.
Según fuentes jurídicas, los accionistas con más probabilidades de pleitear con éxito contra el Popular son los que acudieron a las tres últimas ampliaciones de capital, lanzadas para reforzar la solvencia del banco cuando las cosas empezaron a ir mal para la entidad. También tiene margen de maniobra aquellos que aguantaron hasta el final, pero no tanto quienes se deshicieron a tiempo de sus participaciones, aunque perdieran dinero.
En el caso de los otros instrumentos financieros, las dificultades de ganar en los tribunales son mayores. La última emisión de bonos convertibles, por importe de 1.250 millones de euros, fue en 2013, muchos antes de que la situación del Popular empezara a torcerse. De deuda subordinada se colocaron entre particulares 200 millones en 2001 y otros 250 millones en 2011, y han generado rentabilidades de hasta el 40% de su valor nominal.
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