Este artículo se publicó hace 4 años.
Motivos ideológicosCondenado a seis meses de cárcel por agredir a una mujer y su hija cuando regresaban de una manifestación independentista
La Audiencia de Barcelona así lo ha acordado tras condenarlo por un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas en concurso con otro contra la integridad moral y dos ilícitos leves de lesiones por propinar una paliza a ambas mujeres por motivos ideológicos.
Barcelona-
El autor de una agresión a una madre y una hija que volvían de una manifestación independentista con una bandera estelada ha aceptado la condena de seis meses de cárcel y 720 euros de multa a raíz de un pacto de conformidad con el que evitará ingresar en prisión.
La sección octava de la Audiencia de Barcelona así lo ha acordado tras condenarlo por un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas en concurso con otro contra la integridad moral y dos ilícitos leves de lesiones por propinar una paliza a ambas mujeres por motivos ideológicos.
Se trata de un pacto de conformidad con el que la defensa ha aceptado las penas solicitadas por el fiscal de delitos de Odio y Discriminación de Barcelona, Miguel Ángel Aguilar, que pedía medio año de cárcel para el acusado, el cual carecía de antecedentes.
Los hechos sucedieron en diciembre de 2018 en la calle Canigó de Barcelona, a la altura del metro Valldaura, en el distrito de Horta-Guinardó, cuando madre e hija fueron atacadas al regresar de una manifestación independentista convocada en la capital catalana.
El condenado, en tono elevado, se dirigió a ellas increpándolas e insultándolas y trató de tirar con fuerza de la estelada que la hija, de 22 años, llevaba atada al cuello "consciente del menoscabo que su acción conllevaba para la integridad física".
Tras ello, le propinó puñetazos y golpes en la cabeza y la rodilla hiriéndola tanto a ella –que necesitó de asistencia médica– como a la madre, que había acudido en auxilio de su hija.
Durante la agresión, el agresor, que actuó impulsado por "el sentimiento de rechazo" hacia los colectivos a los que pertenecían las víctimas, repetía insultos y expresiones intimidatorias como "ya os tenemos fichadas" y frases machistas como "las mujeres deberían estar muertas, deberían ir a fregar".
Por eso, de acuerdo con el tribunal, "las expresiones que dedicó a las víctimas y las agresiones de las que las hizo objeto iban destinadas a humillarlas por su género, así como por su ideología independentista que dedujo de la bandera que llevaban, insultándolas, maltratándolas y discriminándolas mediante la atribución de actividades y comportamientos considerados por el acusado propios del género de aquellas".
De hecho, en opinión de los magistrados, tanto el "volumen de voz empleado, bruscamente audible", como "la exposición pública" en la que se desarrolló el episodio y la "progresión del ataque" conllevó "un grave atentado a la dignidad" de las víctimas y al de "los colectivos a los que por género e ideología el acusado desprecia".
Le imponen, por tanto, al acusado el pago también de una indemnización de 500 euros a cada una de las víctimas y de otros 200 euros para la hija por el "perjuicio personal básico de las lesiones temporales".
No obstante, el tribunal ha acordado la suspensión de la ejecución de la pena de cárcel por período de dos años bajo la condición de que no vuelva a delinquir durante ese período de tiempo, se someta a un programa de aceptación de la igualdad y diversidad y cumpla con la prohibición de comunicación con las víctimas durante un año y medio.
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