barcelona
El Tribunal de Cuentas ha citado para el próximo 29 de junio a los expresidentes de la Generalitat de Catalunya Artur Mas y Carles Puigdemont así como al exvicepresidente Oriol Junqueras para la práctica de la liquidación provisional complementaria de los gastos de Diplocat vinculados al 1O.
En un escrito, al que ha tenido acceso Efe, el tribunal acuerda citar a más de una veintena de ex altos cargos de Catalunya, entre ellos a los exconsellers Neus Munté, Raul Romeva y Francesc Homs. Los citados pueden elegir acudir en persona o bien delegar en un representante legal para la defensa de sus derechos e intereses.
También ha citado a la Generalitat, a Diplocat, a los Abogados Catalanes por la Constitución, a Sociedad Civil Catalana, a la Abogacía del Estado y al Ministerio Fiscal. El Tribunal de Cuentas informó hace unas semanas de que los condenados por el procés ya abonaron 4,1 millones de euros de fianza por el dinero malversado para el referéndum ilegal del 1O, pero que todavía quedaba por determinar la eventual responsabilidad contable de la acción exterior de Catalunya entre 2011 y 2017, que es precisamente la que abordará en esta citación.
Lo hace en el marco de una instrucción sobre el alcance contable de la acción exterior para promover el proceso independentista y la celebración de un referéndum que llevó a cabo el Consejo de Diplomacia Pública de Catalunya (el conocido como Diplocat).
La liquidación provisional de los gastos por el 1O fijó un importe de 4.146.274,97 euros
Esta instrucción, que deriva de un informe de fiscalización, estaba pendiente de conclusión y ahora el Tribunal de Cuentas hará un acta de liquidación complementaria a la anterior, para la investigación de los hechos derivados del citado informe que no coincidan con los analizados en la liquidación practicada.
La liquidación provisional de los gastos por el 1O, sellada el 28 de enero de 2020, fijó un importe de 4.146.274,97 euros, una cantidad que fue garantizada en febrero de ese año como fianza para evitar el embargo de bienes, pero no para el pago y satisfacción definitiva de responsabilidades contables.
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