Este artículo se publicó hace 5 años.
Ley mordazaEl final de la ley mordaza: el Congreso, listo para desarticular sus puntos más lesivos
Los grupos abordarán en unas semanas la reforma de los artículos referidos a los derechos de reunión y manifestación, y el régimen sancionador de la ley de seguridad ciudadana.
Madrid-
La ley de seguridad ciudadana puede estar cerca de su final. La ponencia encargada de reformar la norma, bautizada por sus detractores como la ley mordaza, abordará durante la próxima semana algunos de sus artículos más lesivos; concretamente, los que se re refieren a los límites de los derechos de reunión y manifestación, y el régimen sancionador.
Los grupos han trabajado durante los últimos meses para elaborar un nuevo texto que sustituya a la ley redactada de forma unilateral por el PP en 2015. La mayoría de los trabajos de la ponencia han ido encaminados a la búsqueda de fórmulas para acotar los contenidos de la ley, ya que los grupos critican que uno de los principales problemas de la norma vigente es que se caracteriza por la indefinición en su articulado.
Durante la primera reunión de la ponencia, los partidos llegaron a un acuerdo para definir y acotar el concepto de seguridad ciudadana, además de para suprimir términos como el de “tranquilidad ciudadana”, cuya “ambigüedad”, a juicio de algunos miembros de la ponencia, crea espacios idóneos para el abuso de los poderes del Estado.
La pasada semana los grupos llegaron a un consenso para imponer límites a determinadas actuaciones policiales, como los registros y los cacheos. La comisión estudia reformas como que los registros corporales en profundidad no se puedan realizar en plena calle o la posibilidad de reducir el tiempo de retención de una persona durante su identificación en dependencias policiales.
En estas sesiones se han tratado 29 de los 54 artículos que compone la propuesta de reforma de la ley de seguridad ciudadana, un texto presentado por el PNV al que los grupos han propuesto sus enmiendas. Durante las próximas sesiones, los miembros de la ponencia debatirán sobre el artículo 23, “reuniones y manifestaciones”, que también ha recibido críticas por su indefinición.
Uno de los grupos que más enmiendas ha planteado a este apartado es el de Unidos Podemos. Los de Iglesias registraron en marzo del pasado año más de 100 propuestas de modificación al articulado de la ley; algunas de estas enmiendas, aseguran fuentes del grupo confederal, siguen “vivas” y la intención es presentarlas para su debate en las reuniones de ponencia.
El grupo quiere que el hecho de no comunicar a las autoridades competentes la celebración de una manifestación no sea motivo suficiente para que los agentes de la autoridad puedan disolverla.”En ocasiones (la ley de seguridad ciudadana) parece hecha para otros tiempos, y la sociedad cambia. Ahora es mucho más dinámica, en parte por el uso de las redes sociales, y muchas manifestaciones y marchas tienen un carácter más espontáneo. El hecho de no comunicar la convocatoria no puede formar parte del elemento de la sanción”, explican fuentes del grupo confederal.
También buscarán introducir una enmienda para que los “actos violentos aislados” durante una manifestación no sean causa de su disolución, “debiendo diferenciar las fuerzas de seguridad entre manifestantes pacíficos y aquellas personas que actúen de manera violenta”.
Las enmiendas plantean prohibir el uso de las pelotas de goma y crear protocolos sobre la gestión policial de manifestaciones
Entre estas enmiendas se incluye la prohibición del uso de pelotas de goma y la introducción de “protocolos específicos” sobre la gestión policial de manifestaciones y reuniones, “incluyendo la utilización de uso de la fuerza y material antidisturbios y sistemas de rendición de cuentas”. El grupo trabaja en una fórmula para introducir una suerte de organismo independiente de supervisión de las actuaciones policiales, aunque todavía no se ha materializado.
En las próximas reuniones de la ponencia también se abordarán las enmiendas presentadas a los artículos del Capítulo V, que contiene el régimen sancionador de la norma. Este apartado de la ley mordaza es uno de los más polémicos y que más críticas ha recibido, ya que constituye de facto cuáles son las infracciones y las multas y sanciones aparejadas a las mismas.
El apartado 6 del artículo 36 de la ley contempla, por ejemplo, la “resistencia o la desobediencia a la autoridad o a sus agentes”, como una infracción grave, que acarrea sanciones mínimas de 600 euros que pueden llegar a los 30.000 euros. Entre las infracciones leves se encuentra el artículo 37, que se refiere a “las faltas de respeto” a los agentes de la autoridad, para las que el régimen sancionador contempla multas que van desde los 100 hasta los 600 euros.
El experto en Derecho Constitucional y profesor de la Universidad de Sevilla Joaquín Urías insiste en que “el grave problema de la ley” está, precisamente, “en las sanciones”. “Cuando estableces una infracción sancionable muy abierta que permite cierta discrecionalidad de la Policía, esto puede afectar a personas que están ejerciendo un derecho, de la manera en que se crea un efecto disuasorio que provoca que la gente tenga miedo a ejercer sus derechos”.
Urías explica que el régimen sancionador da pie a reconocer como infracciones todas aquellas conductas que no estén tipificadas como delito en el Código Penal, ya que muchos de los artículos de la norma se refieren a las conductas que “no sean constitutivas de infracción penal”. “La desobediencia viene definida en el Código Penal, pero la ley (de seguridad ciudadana) recoge la desobediencia para todas aquellas conductas que no sean infracciones penales; ¿qué tipo de desobediencia no es delito? Pues ahí hay un margen muy amplio”, afirma el experto en Derecho Constitucional.
La ley mordaza también hace caja
El número de infracciones, con sus correspondientes multas, registradas por los agentes de la autoridad en los últimos años es un buen indicador del margen sancionador de la norma. La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) recoge una serie de datos publicados por el Ministerio del Interior en lo que se refiere a la recaudación de las multas por infracciones recogidas en la norma.
Desde su entrada en vigor la ley ha recaudado en total casi 270 millones en multas. Las sanciones superaron los 41,7 millones en la segunda mitad de 2015; alcanzaron los 89,6 millones en 2016 y en 2017 llegaron a los 135,7 millones.
Además, según los últimos datos publicados por el Ministerio del Interior, la aplicación del artículo 36.6 (relativo a la desobediencia o resistencia a la autoridad) ha supuesto la apertura de 29.438 denuncias por un importe total de 18,1 millones, mientras que por el 37.4 (“faltas de respeto”) se han impuesto 43.749 multas por valor de 6,5 millones de euros.
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