Este artículo se publicó hace 3 años.
Consejo de MinistrosEl Gobierno insiste en que se podrán mantener toques de queda cuando decaiga el estado de alarma, si lo avalan los jueces
"Es evidente que un toque de queda generalizado solo podemos hacerlo en todo el territorio a través del estado de alarma. Dicho esto, es evidente que las comunidades autónomas pueden justificar, argumentar, proponer y decidir a los tribunales situaciones
Madrid-Actualizado a
La expiración de la vigencia del estado de alarma el próximo 9 de mayo no conlleva en ningún caso que no se puedan aplicar medidas que afectan a libertades públicas y derechos fundamentales, como los toques de queda. Este es el mensaje en el que, nuevamente, el Gobierno ha insistido este martes, después de que el Consejo de Ministros haya dado luz verde al decreto que regulará la situación de pandemia cuando decaiga el estado de alarma.
Una de las principales medidas de este decreto es que permitirá a las comunidades autónomas presentar recursos de casación ante el Tribunal Supremo cuando los tribunales superiores de justicia o la Audiencia Nacional tumben medidas adoptadas por los territorios que afecten de libertades públicas cuando no haya estado de alarma. Además, el Supremo deberá resolver en un plazo exprés de cinco días este recurso.
El objetivo, ha explicado la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, es que el Tribunal Supremo pueda "unificar criterios" y desplegar un "paraguas jurídico" que permita a las comunidades autónomas seguir adoptando medidas restrictivas para luchar contra la pandemia "de forma garantista". En concreto, la vicepresidenta ha sido preguntada sobre las dudas jurídicas de algunos territorios respecto a la posibilidad de mantener vigentes los toques de queda, una de las medidas a las que se ha recurrido de forma más amplia para limitar la movilidad y reducir los contagios.
Calvo ha explicado que deberán ser los tribunales (y en su caso el Supremo, si las comunidades deciden apelar ante eventuales pronunciamientos de los jueces) los que decidan sobre cada situación concreta cuando las autonomías acudan al toque de queda ante situaciones de riesgo sanitario. Sin embargo, sí que ha querido dejar claro que la expiración de la vigencia del estado de alarma el próximo 9 de mayo no supone que los toques de queda tengan que suprimirse, aunque sí que ha apuntado a que podrían tener que modificarse o acotarse territorialmente.
"Es evidente que un toque de queda generalizado solo podemos hacerlo en todo el territorio a través del estado de alarma. Dicho esto, es evidente que las comunidades autónomas pueden justificar, argumentar, proponer y decidir a los tribunales situaciones como el toque de queda y cualquier circunstancia que limite derechos fundamentales. Lo pueden hacer, pero están sometidas a las garantías jurisdiccionales", ha insistido la vicepresidenta primera del Ejecutivo.
Calvo se ha mostrado confiada en que los tribunales entenderán las distintas situaciones de riesgo que se pueden dar cuando decaiga el estado de alarma, y ha recordado que ya han tenido lugar antes "avales jurídicos" de medidas fuera de la situación de alarma. "Antes de decretar el primer estado de alarma hubo avales jurisdiccionales a medidas que hubo que tomar. La justicia ha acompañado, cumpliendo con su función de garantía, las decisiones que se han tenido que tomar", ha insistido la vicepresidenta primera.
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