Este artículo se publicó hace 7 años.
9-NLa Fiscalía insta una investigación contable a Mas por los 5 millones gastados en el 9-N
El Tribunal Supremo no pudo condenar al expresident, Homs, Ortega y Rigau de malversación al no ser llevados a juicio por este delito.
Madrid--Actualizado a
El fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Miguel Ángel Torres, ha presentado un informe ante este órgano en el que apoya la apertura de una investigación contra el expresidente del Generalitat de Catalunya Artur Mas, el exconsejero de Presidencia, Francesc Homs, y las también exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau "para determinar sus responsabilidades por el gasto de 5.129.833 euros en las votaciones del 9-N" de 2014.
La investigación responde a una denuncia presentada el pasado 19 de mayo por Societat Civil Catalana (SCC) y la Asociación de Abogados Catalanes que consideran que aunque todos ellos ya han sido juzgados y condenados por desobedecer al Tribunal Constitucional al organizar la consulta, ello no les exime de su responsabilidad contable. Les acusan de haber utilizado fondos públicos para un proceso de participación ciudadana "carente de cualquier cobertura constitucional, legal y presupuestaria.
En un escrito con fecha del pasado 26 de mayo, el fiscal Torres afirma que los hechos pueden ser constitutivos de responsabilidad contable al constatar la existencia de numerosos pagos efectuados con cargo al erario público que tuvieron como finalidad llevar a cabo la consulta pese a que dicho acto era "contrario al ordenamiento jurídico según mandato explícito del Tribunal Constitucional".
Los gastos generados, por lo tanto, fueron destinados a un fin "radicalmente ajeno a la función pública " y fueron por ello "carentes de justificación".
La Fiscalía acoge el criterio de los denunciantes de considerar de especial incidencia en el ámbito contable lo señalado en su día por el Tribunal Supremo en su sentencia contra Homs, cuando apuntó que este órgano limitaba su ámbito de conocimiento a los delitos por los que se había formulado acusación que fueron los de desobediencia y prevaricación.
"No se cuestiona si la aplicación económica de fondos públicos, promovida por el acusado en abierta y franca contradicción con el mandato emanado del Tribunal Constitucional, tiene o no relevancia penal", indicó el alto tribunal, ya que a Homs no se lé juzgó por malversación de fondos públicos.
En este punto, la Ficalía razona que en la jurisdicción contable se contempla un concepto propio de malversación independiente del acuñado en el ámbito penal que puede ser perseguido en este caso. Por todo ello considera que procede tramitar este asunto en el Tribunal de Cuentas y pide a la Comisión de Gobierno de este órgano que nombre un delegado instructor "a fin de que practique las actuaciones previstas" en la Ley.
Gastos concretos
Los denunciantes individualizaban en su denuncia los pagos irregulares efectuados con cargo al Tesoro Público: construcción de una página web institucional (14,837.60 euros); material para la votación (70.532,08 euros); adquisición de ordenadores portátiles para las mesas de votación (828.171,42 euros); póliza aseguradora para voluntarios (1.409,26 euros); apoyo informático a la consulta (1.106.185,77 euros) y envío de información (307.962, 71 euros).
Las asociaciones acusaron a Mas y a sus exmandatarios de facilitar la logística y todos los medios materiales y presupuestarios necesarios para la realización de la consulta popular, "por lo que destinaron caudales y efectos públicos puestos a su cargo para una finalidad ajena a las competencias y funciones públicas que tenían encomendadas, que aunque amplias, lógicamente, no eran ilimitadas".
También señalaron en su denuncia como objeto de responsabilidad contable el hecho de que los dirigentes denunciados ordenaran a subordinados y entes públicos dependientes, cada uno dentro del ámbito de su ámbito de responsabilidad institucional, "la aplicación económica de fondos públicos por un importe no inferior a 5.129.833 euros para realizar un conjunto de actuaciones en abierta y franca contradicción con la Constitución, desprovistas de soporte presupuestario por desborde competencial, y desobedeciendo la orden de suspensión que había decretado el Tribunal Constitucional".
Condenados por la vía penal
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat) condenó a dos años de inhabilitación al exmandatario catalán y a nueve meses a Ortega y Rigau por desobedecer al Tribunal Constitucional con la consulta independentista celebrada el 9 de noviembre de 2014. Por su parte, Homs fue juzgado por el Tribunal Supremo en calidad de aforado por su condición de diputado e igualmente condenado a un año y un mes de inhabilitación por los mismos hechos. Los cuatro políticos fueron absueltos de prevaricación.
En su resolución el Tribunal Supremo precisó que limitaba su ámbito de conocimiento a los delitos por los que se le acusaba y no se cuestionaba si la aplicación económica de los fondos públicos tiene relevancia penal. Por ese motivo no entró a valorar si había existido malversación de fondos públicos con la organización de la consulta y que supuso un desembolso para las arcas públicas de 5 millones de euros.
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