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Un borrador del Poder Judicial cuestiona la 'ley trans' de Igualdad

El CGJP, que lleva tres años sin renovarse, considera que la norma presenta "aspectos oscuros" y "ciertas disfunciones". Ya emitió informes desfavorables en la ley del 'solo sí es sí' y la ley de vivienda.

6/9/21 El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes (c) junto con otros miembros de la judicatura durante la celebración este lunes del acto de apertura del Año Judicial en el Tribunal Supremo.
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes (c) junto con otros miembros de la judicatura durante la celebración del acto de apertura del Año Judicial en el Tribunal Supremo en 2021. Emilio Naranjo/POOL / EFE

El Consejo General del Poder Judicial, que lleva en funciones desde hace tres años, vuelve a pronunciarse en contra de un proyecto de ley del Gobierno. Como ya hiciera previamente con la llamada ley del 'sólo sí es sí' y con la vivienda, ahora le toca el turno a la 'ley trans'.

La ponencia del informe preceptivo del CGPJ advierte al Ministerio de Igualdad que parte del contenido del Anteproyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI  "contradice" el derecho de Igualdad, recogido en la Constitución y, además, tiene "aspectos oscuros" y "ciertas disfunciones" en lo relacionado con la autodeterminación de género.

Tal y como ha informado este viernes el órgano de Gobierno de los jueces, los ponentes de este documento han sido los vocales Ángeles Carmona (presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género), Clara Martínez de Careaga (de corte progresista) y Wenceslao Olea (conservador). El resto de los miembros del CGPJ podrán estudiar el contenido desde este viernes y será sometido a votación en el próximo pleno del organismo que se celebrará el 20 de abril.

A través de un comunicado, el CGPJ ha adelantado parte del contenido de este informe en el que, según ha explicado, se califica de "loable" la finalidad del anteproyecto de ley de "garantizar la igualdad y evitar la discriminación del colectivo", pero le ha hecho algunas "consideraciones técnicas".

Considera que la ley "dota a determinados colectivos de un régimen privilegiado de protección, al margen del régimen aplicable al resto de ciudadanos"

Una de las cosas que señalan los ponentes del documento es que esta norma provoca una "atomización del ordenamiento jurídico", igualdad y seguridad jurídica al "dotar a determinados colectivos de un régimen privilegiado de protección, al margen del régimen aplicable al resto de ciudadanos" y "con notable detrimento del derecho a la igualdad y del principio de seguridad jurídica".

Según el CGPJ, el anteproyecto contiene disposiciones que "contradicen el derecho fundamental a la igualdad" en la medida en que propician el "indeseado efecto de generar situaciones de discriminación positiva y, por tanto, de discriminación por lo general indirecta de aquellas personas no contempladas en su ámbito subjetivo de aplicación, especialmente significativa respecto de las mujeres no transexuales".

Complementar las leyes autonómicas

Del mismo modo, muestra a Igualdad sus "dudas" de que una ley de carácter "integral y transversal" sea "la herramienta adecuada" para conseguir el objetivo que proponen.

Su propuesta es restringir el contenido normativo del anteproyecto a los "aspectos nucleares, troncales y autónomos" específicamente referidos a alcanzar la igualdad de las personas trans y a proteger los derechos del colectivo LGTBI que no estén contemplados ya en las leyes autonómicas sobre este tema, introduciendo las modificaciones de otras normas que resulten necesarias a través de las disposiciones finales.

Por otra parte, el CGPJ se refiere a otro de los puntos que recoge la norma y que más polémica ha generado sobre su contenido: la autodeterminación de género.

Los ponentes recomiendan que la autodeterminación de género solo se aplique a los menores a partir de los 16 años de edad, y no desde los 14 

En primer lugar, los ponentes del texto recomiendan que esta medida --sin ningún tipo de requisito de tutela-- solo se aplique a los menores a partir de los 16 años de edad, y no desde los 14 como recoge el anteproyecto del Ministerio de Igualdad. Los motivos que alegan los jueces son que la norma es eminentemente registral por lo que, a su juicio, no cuestiona el derecho a la identidad sexual que, según apuntan, "es previo al derecho a la rectificación registral de la mención del sexo".

No se cumple con la especial protección a los menores

El dictamen somete el anteproyecto a un juicio de proporcionalidad en el que se enfrentan, por un lado, los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, a la integridad moral, a la intimidad y a la protección de la salud y, por otro lado, el principio que obliga a proteger a las personas menores de edad.

La propuesta del informe, en este sentido, considera que cuando el anteproyecto legitima a los menores de entre 14 y 16 años a solicitar la rectificación registral del sexo sin más condiciones que la asistencia de sus representantes legales no cumple con el principio de especial protección de los menores de edad y, en términos de proporcionalidad, con la especial primacía de su superior interés.

"Esa mínima exigencia no es suficiente para proteger el interés de los menores comprendidos en esa franja de edad que carezcan del suficiente grado de madurez o cuya situación de transexualidad no esté estabilizada", han advertido.

De este modo, concluye que es "conveniente" someter el ejercicio del derecho de rectificación de la mención registral del sexo por parte de los menores de 16 años a las condiciones de "suficiente madurez" y "estabilidad en la situación de transexualidad" que sí se exige a los menores de entre 12 y 14 años. Estas condiciones, propone el CGPJ, deberán ser comprobadas por el juez a través de "oportunos informes".

Consecuencias en violencia de género y deporte

Pero el informe del organismo judicial también se refiere a las "consecuencias" de la autodeterminación de género en ámbitos como el deporte y las medidas contra la violencia de género. En este sentido, ha advertido de que la norma presenta "aspectos oscuros" y "ciertas disfunciones".

Los vocales recomiendan una redacción "más clara y precisa"

Ante esto, los vocales que han redactado el documento recomiendan una redacción "más clara y precisa" sobre estos aspectos determinando que esta determinación de género "no permitirá eludir las obligaciones y responsabilidades frente a las víctimas de violencia de género" con el fin de "evitar que se produzcan situaciones fraudulentas".

Y, en relación al deporte, el CGPJ indica que el problema es que el anteproyecto no resuelve las consecuencias derivadas de la regla general según la cual la persona podrá ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición tras la inscripción registral del cambio de sexo.

Esta situación, advierte el texto, puede conducir a situaciones de discriminación de las mujeres y, por tanto, contrarias a la igualdad, como en las competiciones deportivas o las pruebas físicas que se exigen para acceder a determinadas profesiones, cuando se ha transitado del género masculino al femenino.

Finalmente, el órganismo apunta que la prohibición de las terapias de reconversión de personas LGTBI, que también incluye este texto, alcanza incluso a aquellas situaciones en las que se cuenta con el consentimiento del afectado, lo que para los jueces es "cuestionable por cuanto constituye una injustificada restricción de la capacidad de obrar de las personas".

Dura crítica de Irene Montero al informe 

La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha criticado con dureza el informe asegurando que "las mujeres y personas LGTBI no se merecen un nuevo cuestionamiento de sus derechos" y "menos" que estos se hagan "desde las instituciones"

"Las personas trans, las personas LGTBI, no merecen un nuevo cuestionamiento de sus derechos y menos desde las instituciones. Al contrario, urge que la ley sea una realidad cuanto antes y que sea lo más ambiciosa posible", ha publicado Montero en su cuenta de Twitter.

También en contra de las leyes del 'solo sí es sí' y vivienda

El CGPJ también emitió en su día informes criticando aspectos de las leyes del 'solo sí es sí' y de la vivienda. Con respecto a la primera, rechazó por unanimidad dos de los ejes fundamentales: la redacción sobre del consentimiento sexual expreso y que se suprima la distinción que el Código Penal hace entre el abuso sexual y la violación.

El informe consideraba como "innecesaria" la definición que el anteproyecto introduce sobre el consentimiento en las relaciones sexuales. Por otro lado, el informe también rechazaba la eliminación del abuso sexual como categoría delictiva y la creación de un único delito bajo el tipo de agresión sexual. Según su criterio esta desaparición tendría como consecuencia la "desprotección de las víctimas, pues para el autor del delito no tendrá mayores consecuencias emplear un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor". También entendía que esta eliminación podría "incurrir en el riesgo de castigar con gran severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad".

Con respecto a la ley de vivienda, el CGPJ rechazó un primer informe y tras cambiar a los ponentes, elaboraron uno nuevo que alertaba al Gobierno de que la ley de vivienda colisiona con las competencias autonómicas. El CGPJ expresó que las políticas para hacer efectivo el artículo 47 de la Constitución que dispone que "todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada" corresponde a cada una de las comunidades autónomas. Por tanto, la regulación de la vivienda la ejercerán conforme "a la orientación política mayoritaria existente en ellas".

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