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Un grupo de intelectuales se querella contra Juan Carlos I ante el Supremo por cinco delitos fiscales 

Doce juristas, filósofos y periodistas ejercen la acción popular para llevar ante la Sala Segunda la argumentación de la Fiscalía con las que archivó sus investigaciones, en marzo de 2022, sobre las defraudaciones tributarias del rey emérito. La esencia de la querella es que Juan Carlos I no regularizó correctamente su situación fiscal al ser avisado previamente por el Ministerio Público de que incoaba diligencias, lo que evita la exoneración penal.

El Rey Juan Carlos (i) se dirige a los medios de comunicación, en el Real Club Náutico de Sanxenxo, a 25 de noviembre de 2023, en Sanxenxo, Pontevedra, Galicia (España). El Rey Juan Carlos llegó el pasado lunes 20 de noviembre a Sanxenxo (Pontevedra) para
El rey emérito, Juan Carlos de Borbón, en el Real Club Náutico de Sanxenxo (Pontevedra), el 25 de noviembre de 2023, para participar en una regata. Raúl Terrel / EUROPA PRESS

Un grupo de intelectuales, bajo la dirección letrada de José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del Tribunal Supremo; y Eduardo Ranz, abogado especializado en Memoria Histórica, han presentado una querella ante la Sala Segunda del Supremo contra el rey emérito, Juan Carlos de Borbón y Borbón, por la presunta comisión de cinco delitos agravados contra la Hacienda Pública.

La esencia de la querella, a la que ha tenido acceso Público, es que el rey emérito no regularizó correctamente su situación fiscal en 2020 y 2021, derivada de varias defraudaciones a la Hacienda Pública. Pese a ello, la Fiscalía dio por buenas dichas regularizaciones, por valor de cinco millones de euros, por considerarlas "espontáneas". 

Pero no lo fueron, a criterio de los querellantes, porque estuvieron precedidas del aviso de la Fiscalía respecto a la apertura de diligencias de investigación por varios casos de donaciones opacas, comisiones y ocultación de patrimonio en paraísos fiscales; según el artículo 305.4 del Código Penal, si hay aviso previo, las regularizaciones quedan automáticamente inhabilitadas para actuar como freno a un posible procedimiento penal.

Es decir, el aviso previo por parte del fiscal o del juez o la Agencia Tributaria invalida las regularizaciones voluntarias de los contribuyentes y de esa manera el procedimiento judicial para dirimir si ha existido un delito fiscal sigue su curso. 

En el caso del rey emérito, la Fiscalía del Tribunal Supremo, en un decreto demoledor firmado por el fiscal jefe de Anticorrupción, Eduardo Luzón, el 2 de marzo de 2022, pese a reconocer posibles delitos como cohecho y blanqueo de capitales, archivó tres investigaciones contra Juan Carlos I en base, por un lado, a la prescripción de dichos delitos y a la inviolabilidad de la que gozó hasta su abdicación, en junio de 2014; y, por otro, a las regularizaciones fiscales que había efectuado el rey emérito por valor total de 5.074.295 euros, el 9 de diciembre de 2020 y los días 2, 3 y 18 de febrero de 2021. 

Estos son los querellantes

Los querellantes son: el filósofo y escritor Santiago Alba Rico; los magistrados eméritos del Supremo Clemente Auger y José Antonio Martín Pallín; la periodista y traductora Pilar del Río; Carlos Jiménez Villarejo, jurista y exfiscal anticorrupción; el exfiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya José María Mena; el periodista Miguel Mora, director de CTXT; el catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo; el periodista, filósofo y escritos Josep Ramoneda; los juristas y profesores de Derecho Constitucional Blanca Rodríguez Ruiz y Joaquín Urías; y el abogado Eduardo Ranz. 

Estas personas de ideología progresista, en el ejercicio de la acción popular, indican que les mueve "un interés general en que las conductas de inequívoca relevancia penal, como las que se desprenden del decreto de la Fiscalía del Tribunal Supremo [aludido más arriba] sean depuradas ante la Sala Segunda [competente para investigar a las personas aforadas como el rey emérito]". 

El colectivo de intelectuales añade que el único propósito que tiene es el de "potenciar el valor superior de la Justicia y la igualdad ante la ley".  

No hubo investigación judicial

La querella se basa en informes de la Fiscalía Anticorrupción y del Tribunal Supremo, que refundieron las diligencias de investigación 17/2020 —sobre la posible comisión de 65 millones de euros recibida por Juan Carlos I por la adjudicación, en octubre de 2011, de las obras del AVE a la Meca a empresas españolas— con las 40/2020, que versaron sobre las transferencias ordenadas entre los años 2017 y 2018 por el empresario mexicano Allen de Jesús Sanginés Krause en favor de la cuenta de un coronel, presunto testaferro de Juan Carlos I, cantidades que fueron disfrutadas por él y alguno de sus nietos a través de 'tarjetas black'.  

También se apoya esta querella en el informe del fiscal Luzón por el que se archivaron las investigaciones, imposibilitando así la acción penal. 

En este sentido, hay que indicar que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tiene pendiente pronunciarse sobre la demanda de Izquierda Unida (IU), Partido Comunista de España y la asociación Foro de Abogados y Abogadas de Izquierda, con el respaldo del entonces Grupo Confederal de Unidas Podemos, por presunta vulneración de la tutela judicial efectiva por el archivo de su querella contra el rey emérito y sus presuntos testaferros.

Los delitos no están prescritos

Los delitos fiscales por las declaraciones tributarias del rey emérito de 2014 hasta 2018 no estarían prescritos, puesto que aún están dentro de los diez años de plazo antes de la prescripción, indican los querellantes. Respecto al ejercicio de 2014, tampoco lo estaría, puesto que "la comisión del delito se consuma en la fecha en la que finaliza la obligación de declarar, es decir el 1 de julio de 2015", por lo que la
prescripción se alcanzaría el próximo julio de 2025. 

La querella considera que los cinco son delitos agravados, puesto que en algunos de los ejercicios la cuota defraudada supera los 600.000 euros y en todos los casos se han utilizado personas físicas o jurídicas para ocultar las cuantías que se adeudan al fisco, según establece el artículo 305 bis del Código Penal.

Los querellantes piden a la Sala Segunda, que pronto dejará de estar presidida por el magistrado Manuel Marchena, que cite a Juan Carlos de Borbón en su domicilio actual en Abu Dabi o en la persona de su
representante legal, el abogado Javier Sánchez-Junco "para que el querellado preste declaración sobre los hechos contenidos en esta
querella en la forma que la Sala estime pertinente". 

El fiscal notificó al abogado del rey 

Tras la incoación de las diligencias de investigación 17/2020 y 40/2020, la Fiscalía del Tribunal Supremo envió sendas notificaciones al abogado del rey emérito, y el letrado acusó recibo de las notificaciones. El fiscal confirmó que Juan Carlos I  "ha tenido puntual conocimiento de la incoación de las presentes diligencias", de cara a que pudiera personarse en las mismas y solicitar diligencias. Pero no lo hizo. 

En su lugar, tres meses después de haber recibido la primera notificación y un mes después de la segunda, la representación legal del rey emérito procedió a la regularización de las deudas tributarias. 

En la primera de las regularizaciones, abonó 678.393,72 euros, incluyendo intereses y recargos, por las tarjetas black nutridas con fondos del multimillonario mexicano Sanginés Krausse. 

En la segunda regularización, por los gastos para viajes y la compra de activos financieros sufragados por la Fundación Zagatka, del príncipe de Orleans, pariente lejano de Juan Carlos de Borbón, se abonó 4.395.901,96 euros. 

Esas cantidades entregadas voluntariamente por el rey emérito sirvieron para evitarle una investigación penal. En el segundo de los casos, además Juan Carlos de Borbón reunió la cifra mediante "préstamos" de doce personas físicas y jurídicas, "debidamente documentadas".  

El argumento de la Fiscalía, rebatido

La Fiscalía defendió la validez de las regularizaciones del emérito argumentando que en sus previas notificaciones "no se detallaban pormenorizadamente los hechos que se imputaban".  Pero para los querellantes, esta afirmación resulta "incongruente" porque, indican, cuando el Ministerio Fiscal comunica a un investigado la apertura de unas diligencias de investigación, este nunca puede tener un conocimiento exhaustivo de los datos "porque se trata de una información de la que solo puede tener conocimiento la Agencia Tributaria una vez concluido el expediente sancionador".  

No obstante, aunque la querella intenta ser una varapalo sobre la acción de la Fiscalía del Tribunal Supremo por la investigación frustrada sobre el rey emérito y su patrimonio oculto, los querellantes afirman: "No queremos terminar este escrito sin reconocer la ingente tarea de la Fiscalía (Fiscalía Anticorrupción y Fiscalía del Tribunal Supremo), que ha sido capaz de completar, después de manejar un numeroso material documental, toda la actividad delictiva de D. Juan Carlos de Borbón y Borbón que ha sido exonerada, en la mayoría de los casos, por el manto de la inviolabilidad o la prescripción. Disentimos, como hemos expuesto, de la legalidad de la regularización fiscal". 

Los firmantes de la querella indican que no quieren pedir prisión para el rey emérito, dado lo avanzado de su edad, pero sí "la multa máxima que se le pueda imponer".

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