Este artículo se publicó hace 16 años.
La junta del Barça sale victoriosa en el caso de los avales
La Justicia estima que los miembros de la junta directiva no deberán prestar un aval bancario por valor del 15% del presupuesto del club
El Juzgado de Primera Instancia número 24 de Barcelona ha desestmado "íntegramente" la demanda presentada por un socio del FC Barcelona contra el club y la directiva, presidida por Joan Laporta, para que ésta prestase un aval bancario por valor del 15% del presupuesto del club o que fuese declarada nula la toma de posesión de la junta en 2006.
El magistrado ha dado la razón a la junta del Barça y ha absuelto a los miembros de la directiva de la pretensión del socio Vicenç Pla de que declarase la nulidad de la toma de posesión de la directiva en 2006, después de que ésta fuese reelegida para seguir gobernando el club, según recoge la sentencia, dictada el pasado 3 de julio. El socio también pedía que los directivos fuesen condenados a cesar de sus cargos, para la posterior convocatoria de elecciones.
Igualmente, el juez desestimó la pretensión subsidiaria de que prestasen un aval para garantizar los resultados económicos de su gestión y dispuso que cada parte "abone las costas a su instancia y las comunes por mitad".
La demanda partía de una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 30 que obligó a la junta del Barça a convocar elecciones en 2006 por considerar que los ocho primeros días desde su toma de posesión a finales del curso 2002/03 equivalen al primer año de su mandato, que fue ratificada por la Audiencia Provincial y que el club recurrió al Tribunal Supremo.
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