Este artículo se publicó hace 12 años.
El TEDH condena a España por no investigar las torturas a Martxelo Otamendi
Considera que hubo pasividad judicial frente a las denuncias del exdirector de Egunkaria contra los guardias civiles que le detuvieron en 2003
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó este martes a España por no investigar los malos tratos denunciados en 2003 por el entonces director del periódico "Euskaldunon Egunkaria", Martxelo Otamendi, durante su detención incomunicada por presunta pertenencia y colaboración con ETA.
La sentencia de la Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo dice que España violó el artículo 3 (Prohibición de tratos inhumanos o degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La condena, aprobada por unanimidad del tribunal, también concluye que el Estado habrá de indemnizar a Otamendi con 20.000 euros por daños morales y con otros 4.000 por gastos judiciales.
Asegura la sentencia que el Juzgado Central de Instrucción número seis de la Audiencia Nacional "permaneció pasivo" ante las denuncias del demandante y estima que las investigaciones de la juez de instrucción número cinco de Madrid "no fueron lo suficientemente profundas y efectivas".
La Corte europea incide en que "la particular vulnerabilidad" de los detenidos en régimen de incomunicación obliga a tomar "medidas de vigilancia apropiadas" para "evitar abusos" y "proteger la integridad física de los detenidos".
El fallo insiste en la importancia de adoptar las medidas recomendadas por el Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) del Consejo de Europa "para mejorar la calidad del examen médico-legal de las personas en régimen de detención incomunicada".
Otamendi fue detenido el 20 de febrero de 2003 por agentes de la Guardia Civil y permaneció cinco días en régimen de detención incomunicada, hasta su puesta en libertad el 25 de febrero. Un médico forense lo visitó en cuatro ocasiones, entre el 20 y el 23 de febrero, e insistió en la negativa del detenido a ser examinado. A pesar de ello, no detectó rastros de violencia.
El demandante se quejó de disparos simulados, de "golpes de intimidación sobre sus genitales", de amenazas de tortura con el método asfixiante de "la bolsa", de insultos homófobos y de ser desnudado y obligado a adoptar una postura sexual.
Otamendi, defendido por los abogados Didier Rouget e Iñigo Iruin, presentó su demanda en Estrasburgo en 2008, una vez que el Tribunal Constitucional rechazara su demanda de amparo.
La operación contra Egunkaria, que supuso el cierre del periódico, y la detención de sus responsables, fue ordenada en febrero de 2003 por el entonces juez de Instrucción de la Audiencia Nacional Juan del Olmo.
Más de siete años después, en abril de 2010, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió a Martxelo Otamendi y a otros cuatro acusados de pertenencia a ETA. En su sentencia absolutoria, apoyada por la Fiscalía, los magistrados fueron muy duros con el juez Del Olmo, asegurando que "la estrecha y errónea visión según la cual todo lo que tenga que ver con el euskera y la cultura en esa lengua tiene que estar fomentado y/o controlado por ETA conduce a una errónea valoración de datos y hechos y a la inconsistencia de la imputación" y tildando el cierre de "injerencia en la libertad de prensa". Añadió la Sala que las acusaciones no habían probado que los procesados tuviesen "la más mínima relación con ETA".
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