Este artículo se publicó hace 12 años.
Condenado a 2 años de cárcel por el incendio de Guadalajara
La Audiencia absueve a sus dos compañeros de barbacoa. El único condenado tendrá que pagar 10 millones de euros
La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a dos años de prisión y al pago de una indemnización de diez millones de euros a Marcelino H.S., el único excursionista que ha sido considerado responsable del incendio de Guadalajara de julio de 2005, en el que murieron once personas, pues los otros dos han sido absueltos. La Audiencia, en una sentencia que ha sido dada a conocer hoy, condena al procesado por un delito de incendio forestal cometido por imprudencia grave y deja la pena en dos años, la misma que pidió el fiscal, al aplicarle las atenuantes de confesión y dilación indebida del procedimiento, que se ha juzgado siete años después de los hechos.
La sección primera de la Audiencia de Guadalajara impone a Marcelino H.S. el pago de más de diez millones de euros (en concreto 10.640.971 euros) al Gobierno de Castilla-La Mancha por el coste que tuvieron los trabajos de extinción y la repoblación forestal de la zona afectada, donde se quemaron casi 13.000 hectáreas, la mayoría de pinares. El tribunal considera probado que el condenado fue quien se encargó de ejecutar el fuego, controlarlo y vigilarlo y, a pesar de que el uso de barbacoas en esa zona estaba autorizado, "actuó sin adoptar las más elementales medidas de precaución para prevenir y evitar la propagación de las llamas".
En este sentido, la sala recuerda que el día en que se originó el incendio, el 16 de julio de 2005, era una jornada calurosa y se refiere también a la sequía que asolaba la zona, lo que sumaba unas condiciones muy propicias para los incendios forestales. La sala argumenta para absolver a los otros dos acusados, Juan José J.C. y Iasson K., éste de nacionalidad alemana, que aunque colaboraron con Marcelino en la preparación del fuego, "no está demostrado que asumieran de forma explícita o implícita la función de garante del fuego" que dio el condenado.
Por tanto, al no ser garantes del fuego, dice el tribunal, no se les puede imputar el delito de incendio por imprudencia como pretendían las acusaciones, que solicitaron hasta siete años de prisión para los encausados, aunque el fiscal pidió dos años de prisión para cada uno de los tres y rebajó a diez la indemnización a la Junta. El incendio, que carbonizó casi trece mil hectáreas del parque natural del Alto Tajo y otras zonas, y que acabó con la vida de un retén forestal compuesto por once miembros, se produjo porque Marcelino no vigiló "la fuente de peligro por él creada, es decir, el fuego o la lumbre, infringiendo su posición de garante".
La sentencia también se apoya en los informes periciales, "claros y concluyentes", que se vieron en la segunda jornada de la vista oral celebrada la semana pasada, entre ellos el del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona). Así, el tribunal afirma, basándose en el dictamen de la mayoría de los peritos, que el fuego se produjo por la caída de una "pavesa, ascua, brasa o resto de ceniza sobre la hierba seca que había en la base de la barbacoa de obra donde se estaba haciendo la lumbre" para preparar la comida de los excursionistas. El incendio de Guadalajara se originó en una barbacoa en un área recreativa de un paraje conocido como la Cueva de los Casares, en La Riba de Saelices (Guadalajara) y causó la muerte de once trabajadores forestales.
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