Este artículo se publicó hace 4 años.
ContaminaciónEl Supremo obliga a las autonomías a aprobar planes de calidad del aire
Es la primera vez que la Justicia declara la obligación legal de elaborar planes autonómicos de calidad del aire para el ozono sobre la base del derecho nacional.
Madrid-
El Tribunal Superior de Justicia, en una sentencia histórica, obliga a las Comunidades Autónomas a aprobar sus propios planes para mejorar la calidad del aire y recudir el nivel de ozono de las ciudades, al margen de los futuros programas contra la contaminación realizados por el Estado.
"La obligación de elaboración de los planes y programas para la protección de la atmósfera y para minimizar los efectos negativos de la contaminación atmosférica que corresponde a las comunidades autónomas no está vinculada a la previa elaboración por el Estado de los planes respectivos, que le competen en la materia", recalca la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
Esa resolución es de obligado cumplimiento en toda España, según afirmó este lunes Ecologistas en Acción, que apuntó que la falta de un plan nacional específico para combatir el ozono troposférico ha sido durante años la coartada de muchas comunidades autónomas para incumplir sus obligaciones legales en materia de protección del medio ambiente y la salud pública.
Esta situación ocurre en las 60 zonas de Andalucía, Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Extremadura, Murcia, Navarra y País Vasco donde se han superado los objetivos legales establecidos por la normativa de calidad del aire para proteger la salud del ozono troposférico desde 2010 y que engloban una población afectada de 30 millones de personas en una superficie de 380.000 kilómetros cuadrados.
La resolución del Tribunal Supremo es el resultado del recurso de casación interpuesto por la Junta de Castilla y León para demorar el cumplimiento de la sentencia dictada el 19 de octubre de 2018 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Ese tribunal autonómico declaró entonces la obligación del Gobierno autonómico de elaborar y aprobar "a la mayor brevedad" los preceptivos Planes de Mejora de la Calidad del Aire en las zonas de Salamanca, Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche, y Sur y Este de Castilla y León, a las que, por incumplimientos en años posteriores, se añadieron Valladolid y Soria y Demanda, todo lo cual suma una población de 1,7 millones de personas afectadas.
Aquella sentencia declaró que la existencia de valores altos de ozono en prácticamente todo el territorio de Castilla y León, de España y del sur de Europa –poniendo de relieve que no se trata de un problema local y regional sino nacional e internacional– "no desvirtúa el carácter imperativo con el que los preceptos citados regulan el deber de actuar de las administraciones autonómicas en la elaboración y aprobación de los planes de mejora de la calidad del aire".
El tribunal autonómico indicó que "no puede mantenerse, como pretende la administración demandada, que con carácter previo al desarrollo de los planes regionales sea necesario contar con un plan nacional, pues, como se ha expuesto antes, se trata de instrumentos independientes, aunque, eso sí, con la necesaria interrelación y coherencia entre ambos".
Según Ecologistas en Acción, es la primera vez que el Supremo declara la obligación legal de elaborar planes autonómicos de calidad del aire para el ozono sobre la base del derecho nacional, lo que resulta coherente con las resoluciones adoptadas en los últimos años por tribunales de Alemania, Bélgica, Italia, Países Bajos, Polonia o Reino Unido sobre otros contaminantes.
La sentencia, frente a la que no cabe recurso alguno, obligará en la práctica a que la docena de comunidades autónomas que han incumplido los estándares legales de calidad del aire del ozono elaboren planes para reducir este contaminante. En Catalunya, Madrid y Navarra, Ecologistas en Acción ya ha presentado demandas judiciales en ese sentido, que se extenderán en las próximas semanas a los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Aragón, Baleares y Comunidad Valenciana.
El ozono malo
El ozono troposférico, también conocido como ozono malo por contraposición al de la estratosfera, es un contaminante secundario producido por la reacción entre el dióxido de nitrógeno y los hidrocarburos emitidos por el transporte y algunas industrias, en presencia de radiación solar.
Por inhalación, provoca irritación de los ojos y vías respiratorias superiores, reducción de la función pulmonar, un incremento del riesgo de enfermedades respiratorias agudas (asma, EPOC...) y el agravamiento de patologías cardiovasculares, con resultado de hospitalización o muerte.
Según la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), en España se producen entre 1.500 y 1.800 las muertes prematuras al año por la exposición a niveles de ozono como los registrados habitualmente en verano en el centro y sur de España. El ozono, además de para las personas, es tóxico para la vegetación, daña los bosques y reduciendo la productividad de los cultivos.
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