Requisitos y claves para solicitar desde ya los cheques de ayuda de 200 euros
Estas prestaciones se pueden pedir desde el 15 de febrero y es necesario tener una renta máxima anual de 27.000 euros para ser beneficiario.
Madrid-Actualizado a
Los contribuyentes con ingresos inferiores a 27.000 euros anuales podrán solicitar desde este miércoles 15 de febrero los cheques de 200 euros que ha aprobado el Gobierno para ayudar de forma directa a las familias más vulnerables. Estos abonos se pueden pedir hasta el 31 de marzo y su tramitación se gestiona a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
El Consejo de Ministros ha incluido este subsidio extraordinario en el último paquete de medidas aprobado para responder a las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania. El Ejecutivo prevé que estas prestaciones lleguen a más de 4,2 millones de hogares y sirvan para apoyar las rentas más damnificadas por la inflación y la situación financiera actual.
Las ayudas estarán disponibles para personas físicas con ingresos inferiores a los 27.000 euros anuales durante el último ejercicio y con un patrimonio que no supere los 75.000 euros anuales a 31 de diciembre de 2022. Además, para tener derecho al cheque los potenciales beneficiarios tendrán que cumplir con otras cláusulas, entre ellas no haber cobrado ninguna prestación como pensionista o por desempleo.
¿Quién puede solicitar los cheques?
La ayuda se dirige a todos los asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo que hayan realizado alguna actividad propia o ajena en el último año y que no reciban dinero por otras prestaciones públicas, como los subsidios de carácter social, el Ingreso Mínimo Vital o las pensiones. Los solicitantes tendrán que tener su residencia habitual fijada en España.
¿Cuáles son los requisitos?
La Hacienda Pública ha definido una serie de condiciones que toda persona debe cumplir para ser beneficiaria de estos cheques de 200 euros. Además de tener la residencia habitual en España y no superar los 27.000 euros anuales en ingresos ni los 75.000 en patrimonio, los aspirantes deben saber que la vivienda no está incluida en estos cómputos. El cálculo se efectuará sumando los ingresos de los familiares que convivan en el mismo domicilio que el solicitante, es decir, su cónyuge o pareja de hecho, sus descendientes y ascendientes de hasta segundo grado. No se sumarán las rentas ni el patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relación familiar. De este modo, en el mismo hogar puede haber más de un beneficiario.
¿Cómo se presenta la solicitud?
Los contribuyentes podrán solicitar la ayuda, que es de un único pago, entre el 15 de febrero y el 31 de marzo de 2023. Para hacerlo tendrán que rellenar un formulario en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde facilitarán la cuenta bancaria en la que deseen recibir la transferencia. En principio, no hay que presentar ninguna otra documentación más allá de la Cl@ve Pin, el certificado o DNI electrónico para identificarse.
¿Cuánto tardarán en hacer el pago?
El importe del cheque se cobrará por transferencia bancaria. El plazo habitual para resolver estos trámites suele ser de un trimestre, que es el tiempo previsto para completar todos los ingresos. No obstante, es imposible hablar de una fecha concreta y posiblemente cada caso siga unos ritmos diferentes. Si el usuario no tiene derecho a la prestación, se le enviará un aviso y desde ese momento tendrá un plazo de diez días para presentar alegaciones. Transcurrido un mes sin que el aspirante haya reclamado o adjuntado justificantes al respecto, se considerará denegada su petición.
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