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IBI a la Iglesia El incierto recorrido del cobro del IBI a la Iglesia en València

A pesar de la expectación que ha levantado la iniciativa del Ayuntamiento de València, que pretende cobrar el IBI a la Iglesia, la letra pequeña se impone. Sin la revisión de los tratados con el Vaticano y sin modificación de la Ley de Mecenazgo, el recorrido de la medida puede acabar en tambaleo.

El cardenal Cañizares./Europa Press

Hèctor Serra

Lento y complejo. Así define Ramón Vilar, concejal de Hacienda del Ayuntamiento de València, el procedimiento que se ha iniciado recientemente por el cual se empezará a emitir el recibo del IBI a inmuebles con carácter lucrativo de organizaciones religiosas. En declaraciones a este medio, el titular de Hacienda reconoce que aún no se ha girado ningún recibo porque se está ultimando la base de datos mediante las rectificaciones catastrales correspondientes y las declaraciones de lesividad adoptadas para aquellos edificios acogidos a la exención.

Desde que el gobierno municipal anunciase la iniciativa, en la que lleva trabajando más de dos años, la expectación ha sido creciente. “Hemos puesto la cuestión encima de la mesa; sea cual sea la respuesta de la Iglesia, lo importante es la decisión política compartida por el Papa Francisco”, afirma el edil. Así se lo hizo saber a Jordi Évole en la entrevista emitida el pasado domingo en Salvados, en que el obispo de Roma sentenció que los hombres de iglesia son ciudadanos y tienen que cumplir con todos sus derechos. La iglesia italiana paga el IBI en todos sus edificios no destinados al culto desde 2012.

La lista de propiedades hasta ahora exentas se eleva a 1.253, el 12% relacionadas con el culto

En el caso de la ciudad de València, el concejal estima que cada año se han podido perder alrededor de un millón de euros para las arcas municipales. Solo en el caso de la iglesia católica, a pesar que la lista de propiedades hasta ahora exentas se eleva a 1.253 según un informe de València Laica de 2015 (el 12% estarían relacionadas con el culto), de momento el consistorio tiene prevista una fase inicial donde sólo se verían afectadas una decena de ellas. Hospitales o universidades privadas, con un valor catastral considerable, se encuentran entre esos primeros destinatarios.

El concejal recuerda que tan solo se girarán recibos a aquellos inmuebles que están adscritos a actividad lucrativa con carácter permanente sujeta a la libre competencia según los principios del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Por el momento, los envíos que ya se están realizando con normalidad, según el ayuntamiento, son los referentes al ICIO (Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras) en relación a reformas.

Régimen generalizado de exención

Pero la iniciativa del gobierno de la capital del Turia no proviene de ninguna modificación normativa, sino de una orientación jurisprudencial europea. Se trata de una interpretación extensiva aplicable al impuesto de los inmuebles a partir de una sentencia que se pronunciaba respecto a otro impuesto, el ICIO. La sentencia en cuestión, confirmada por un juzgado madrileño, daba la razón al Ayuntamiento de Getafe en el cobro del ICIO a una entidad católica, tras un dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que reconocía las exenciones fiscales a la Iglesia como “ayudas de Estado prohibidas”.

La iniciativa del gobierno no proviene de ninguna modificación normativa, sino de una orientación jurisprudencial europea

Para Albert García Moreno, profesor titular de Derecho Tributario de la Universitat de València, la intención del consistorio valenciano significa un paso adelante pero tiene sus dudas sobre los resultados que se pueden cosechar. “Es aventurado; lo deseable hubiera sido que la sentencia hubiera sido en relación al IBI. Lo que hace falta es un cambio normativo para generalizar la no exención. La Iglesia, en un juego de remisiones normativas un poco complejo, está disfrutando durante prácticamente todo el período democrático de un régimen evidente de exención”, apunta el profesor.

En este beneficio fiscal de la Iglesia en el Estado español, no solamente se asienta la revisión de los acuerdos económicos que España firmó con el Vaticano en 1979, como prolongación del Concordato sellado por Franco. También juega un papel fundamental la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. “El Estado, con esta ley, ha ido más allá de los mismos acuerdos con la Santa Sede. Al equipararse la iglesia a cualquier fundación sin ánimo de lucro, la exención se ha incrementado y es absoluta. Esto no encuentra parangón en otros estados”, relata García.

La acción de gobierno del PSOE ha continuado sin cuestionarse las relaciones de cooperación con la Iglesia Católica

Movimientos sociales y muy especialmente organizaciones laicistas han asegurado reiteradamente que, si hubiese voluntad política, esta ley se modificaría sin mayores problemas. De hecho, durante el gobierno de Pedro Sánchez se ha llegado a especular con la idea de revisar la exención del IBI a la Iglesia, pero todo ha quedado en una ilusión. La acción de gobierno del PSOE ha continuado sin cuestionarse las relaciones de cooperación con la Iglesia Católica. La exhumación de Franco fue el motivo principal del viaje de la ministra Carmen Calvo a la Santa Sede.

No hay duda para los movimientos laicistas que la Iglesia recurrirá ante la llamada de cobro que pretende realizar el Ayuntamiento de València. Las miradas de otras ciudades estatales se posan sobre ella y sobre un supuesto futuro pronunciamiento de algún tribunal. “Si la base no es firme porque choca con la legislación y el tributo acaba considerado sin fundamentación por un tribunal, ésto le puede costar más carga al ayuntamiento, ya que tendría que retornarse con el incremento de los intereses. Puede ser un mal negocio”, advierte García.

Cabe recordar que, al amparo de la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2017, se han producido tentativas municipales que instan al cobro del IBI a la Iglesia. En Terrassa o Badalona, por ejemplo, se han iniciado trámites en este sentido. En 2013, el Tribunal Constitucional tumbó la ley navarra que obligaba a la Iglesia a pagar el IBI de sus edificios. El gobierno español había presentado el recurso por incumplir “los compromisos del Estado con la Iglesia Católica y con las Comunidades Evangélica, Israelita e Islámica".

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