Este artículo se publicó hace 8 años.
El fiscal del caso Blanquerna dice que el ataque a la librería fue por motivos ideológicos y pide aumentar las penas
El representante del ministerio público solicita al Supremo que se anule la sentencia de la Audiencia de Madrid por la que se condenó a los procesados a penas de entre seis y ocho meses de prisión y se dicte una nueva en la que se les condene a dos años de cárcel.
MADRID.- El fiscal ha recurrido en amparo la sentencia por el asalto a la librería Blanquerna durante la Diada de 2013 y ha pedido agravar la pena impuesta a los condenados al considerar que irrumpieron en ese centro de la Generalitat de Catalunya por motivos "exclusivamente" ideológicos.
En su recurso al Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso EFE, el fiscal solicita que se anule la sentencia de la Audiencia de Madrid por la que se condenó a los procesados a penas de entre seis y ocho meses de prisión y en su lugar se dicte una nueva en la que se les condene a dos años de cárcel.
La Generalitat de Catalunya también ha recurrido la sentencia y ha pedido que se dicte otra en la que, entre otros delitos, se condene a los acusados por atentado a la autoridad y ultraje a la bandera.
La Audiencia condenó a catorce de los quince procesados por desórdenes públicos y daños, pero les absolvieron de atentado a la autoridad por agredir al diputado de CiU Josep Sánchez Llibre y al delegado de la Generalitat en Madrid, Josep Maria Bosch, y de ultraje a la bandera por arrojar al suelo la señera. Además, rechazó agravar la condena al estimar que no actuaron guiados por motivos ideológicos.
Ese es el principal motivo del recurso de la Fiscalía, que sostiene que el "móvil determinante" de los acusados -"pertenecientes o simpatizantes de grupos o partidos políticos de extrema derecha"- fue el ideológico.
"Nadie puede dudar que, si suprimimos mentalmente el motivo ideológico, el delito no se hubiera cometido por los acusados", argumenta en un escrito en el que recuerda que la protesta se convocó en redes sociales no contra la Diada, sino contra "un acto de exaltación del movimiento independentista catalán". Tampoco está de acuerdo el representante del ministerio público con que la sentencia atenuara las condenas por la reparación del daño causado.
En este sentido, expone que esa circunstancia atenuante puede aplicarse al delito de daños, pero no procede hacerlo "sin justificación alguna" en el caso del delito de desórdenes públicos, pues no se trata de un bien privado.
Por todo ello, el fiscal pide que se condene a los procesados a dos años de prisión por desórdenes públicos motivados por razones ideológicas. Además de la condena, reclama una multa de 3.000 euros para la mayor parte de los procesados.
En el caso de Jesús Fernando F. G., quien empujó a Sánchez Llibre y desde el atril arrojó al suelo la señera y que fue condenado a siete meses de prisión y multa de 4.900 euros, pide que, además de los dos años de cárcel, se le imponga una multa de 6.000 euros.
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