Este artículo se publicó hace 7 años.
CASO NOOSUrdangarin y Torres se libran de la cárcel sin pagar fianza hasta que decida el Supremo
El tribunal sólo exige que el cuñado de Felipe VI comparezca una vez al mes ante la autoridad judicial de Ginebra. Su exsocio Torres tampoco deberá depositar fianza alguna. La absolución de la infanta Cristina se convierte en firme. Ahora todo queda en manos del Tribunal Supremo
Madrid--Actualizado a
Iñaki Urdangarin no irá a la cárcel de momento; seguirá en libertad hasta que se pronuncie el Tribunal Supremo en una fecha aún por determinar. El tribunal del caso Nóos ha rechazado imponer al marido de Cristina de Borbón y cuñado del rey Felipe la medida cautelar de libertad bajo fianza de 200.000 euros que pedía el Fiscal Anticorrupción. En su lugar, deberá comparecer una vez al mes ante la autoridad judicial de su actual país de residencia (Suiza).
Urdagarin deberá, además, comunicar al tribunal de cualquier desplazamiento fuera de la Unión Europea.
El tribunal también mantiene la libertad provisional de Diego Torres, con prohibición de salir del territorio nacional, entrega de pasaporte y comparecencias en el Juzgado más próximo a su domicilio el día 1 de cada mes. También deberá, como Urdangarin, comunicar cualquier cambio de residencia, incluso temporal.
La Audiencia de Palma deniega así las peticiones del fiscal Anticorrupción Pedro Horrach realizadas en la vista sobre medidas cautelares convocada tras conocerse la sentencia del caso Nóos, difundida el pasado viernes y que no es firme porque ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo. El fiscal Anticorrupción Pedro Horrach había pedido prisión eludible bajo fianza de 200.000 euros para Iñaki Urdangarin, y de 100.000 euros para su ex socio Diego Torres.
La decisión adoptada este jueves no es firme, ya que cabe recurso de súplica ante la Audiencia Provincial de Palma que debería ser presentado antes de tres días.
Estas medidas cautelares permitirán que el cuñado de Felipe VI y el yerno de Juan Carlos I —en el trono cuanto se saquearon las arcas públicas— evite el ingreso en prisión a la espera de que el Tribunal Supremo confirme o no su condena impuesta por el tribunal.
Las magistradas Samantha Romero, Rocío Nobelda y Eleonor Moyá consideran que el incremento del riesgo de fuga de Urdangarin y Torres "puede ser conjurado con la adopción de otras medidas cautelares menos gravosas", máxime cuando las acusaciones "no han acreditado circunstancia o marcador de riesgo distinto al de la pena que, no debemos obviar, responde a la suma del total de las impuestas".
El tribunal interpreta este caso a la luz de la doctrina constitucional sobre los supuestos de riesgo de fuga tras una sentencia condenatoria y en la que la prisión provisional debe ser justificada ante el riesgo de que el acusado trate de evitar a la Justicia.
"Consta a la Sala que los acusados en ningún momento han tratado de eludir la acción de la justicia y así, pese a las penas solicitadas, han comparecido a cada uno de los llamamientos", explica el auto dictado este jueves.
Ambos acusados, agregan, disponen de "arraigo suficiente (familiar, social y laboral) en territorio nacional, especialmente, D. Ignacio Urdangarin, cuyas particulares circunstancias, sobradamente conocidas, nos eximen de su pormenorizado análisis".
"Tal arraigo y la conducta hasta el momento observada por los acusados, ponderados con la condena recientemente impuesta", permite a la Sala acordar que el incremento del riesgo de fuga puede ser "conjurado" con una comparecencia mensual y la obligación de comunicar todo viaje fuera del espacio de la UE.
En media hora
En la vistilla, que duró 31 minutos, la Fiscalía había pedido la prisión eludible bajo fianza para ambos, sin la retirada del pasaporte. La vista empezó a las 10.32 horas y terminó a las 11.03 horas. Iñaki Urdangarin llegó a las 10.15 horas a la sede de la Audiencia de Palma con semblante serio y entre insultos de "¡Sinvergüenza!" y "¡Chorizo!".
El fiscal argumentó que la escolta policial del cuñado de Felipe VI minimiza el riesgo de fuga, que Urdangarin ha comparecido ante el tribunal siempre que se le ha requerido y no tiene otras causas pendientes, según fuentes jurídicas. Las diferencias de fianza que pedía eran acordes a las situaciones económicas de cada uno, según ha expuesto.
La abogacía que defiende los intereses de la comunidad de Illes Balears se adhirió a la petición del fiscal, mientras que el Abogado del Estado —que representa a la Hacienda pública— reclamó el embargo y la retención de ingresos para Diego Torres.
El tribunal ha acordado que resolverá en resolución aparte estas medidas pedida por el abogado del Estado.
Por su parte, las defensas de Urdangarin y de Torres se opusieron a las medidas solicitadas. El marido de la infanta Cristina y su exsocio sólo han hecho uso de la palabra para hacer suyos los argumentos de sus abogados.
En la vista no compareció la abogada de la acusación popular, Virginia López Negrete, quien ayer renunció a representar a Manos Limpias por discrepancias con su cliente, investigado en la Audiencia Nacional.
Esto supone que la infanta Cristina queda definitivamente absuelta, ya que su absolución no será recurrida ante el Tribunal Supremo por la única parte que podía solicitarlo, la acusación popular, que era la única que lo acusaba.
Estas medidas cautelares se habían solicitado mientras el Tribunal Supremo resuelve los recursos presentados contra la sentencia dictada en el caso Nóos.
Aprovechó su cercanía al Jefe del Estado
Urdangarin fue condenado por el tribunal del caso Nóos a seis años y tres meses de cárcel, mientras que Torres recibió una pena de ocho años y medio.
El criterio de la Fiscalía suele ser la solicitud de la prisión provisional para condenas superiores a cinco años de cárcel, como es en estos casos.
El cuñado de Felipe VI aprovechó su "privilegiado posicionamiento institucional, dada su proximidad con la Jefatura del Estado", según la sentencia, para ejercer una "presión moral" y mover la voluntad de las autoridades de Baleares con el fin de conseguir contratos irregulares que le reportaron importantes beneficios económicos.
La importancia de esa influencia de Urdangarin "resulta ser de tal entidad" que "permite afirmar que sin ella el hecho ilícito no se hubiera producido", sostiene la sentencia condenado el pasado viernes y que no es firme.
El marido de la infanta Cristina fue condenado por un delito continuado de prevaricación en concurso medial de un delito de falsedad en documento público y malversación de caudales públicos; fraude a la Administración Pública; tráfico de influencias así como dos delitos contra la Hacienda Pública, de los que la acusación popular consideraba que Cristina de Borbón era también responsable.
Por su parte, Diego Torres fue condenado a 8 años y 6 meses por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con falsedad y malversación; fraude a la Administración, tráfico de influencias, delito contra Hacienda y blanqueo.
La infanta Cristina recibió una multa de 265.088,42 euros como responsable civil por beneficiarse de estos ingresos irregulares.
La sentencia sólo impone condenas por los 2,2 millones de euros que facturó Nóos a la administración balear por organizar los Illes Balears Forum de 2005 y 2006, unos congresos que fueron adjudicados de manera irregular.
Fueron —según la sentencia— "decisiones arbitrarias, orillando la legalidad puesto que conculcaron los principios de publicidad, concurrencia y objetividad".
La sentencia absuelve a los procesados por los contratos en Valencia —de 3,5 millones de euros— con motivo de la Copa América, y los firmados con el ayuntamiento de Madrid, por 144.000 euros para la promoción de la candidatura Madrid 2016 en la celebración de los juegos olímpicos.
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