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La nueva fecha para votar por correo en las elecciones generales del 23J: estos son los plazos

La Junta Electoral Central también acepta ampliar el plazo para que pidan el voto los electores que se encuentren temporalmente en el extranjero.

Vista de una oficina de Correos en Madrid.
Vista de una oficina de Correos en Madrid. Daniel González / EFE

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado ampliar un día el plazo para depositar el voto por correo en las elecciones generales del próximo 23 de julio. Ese plazo iba a terminar el 19 de julio y, a petición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, se ha prorrogado hasta el día 20 del mismo mes en los horarios habituales de apertura de las oficinas.

Correos, que es la empresa encargada de gestionar ese voto por correspondencia y de llevar los sobres a los colegios electorales para que se metan en las urnas el día de la votación, remitió un informe a la JEC confirmando su disposición a asumir esa prórroga.

Dado que el presidente Pedro Sánchez situó las elecciones generales en periodo estival, en Correos dan por hecho que en estos comicios el voto por correspondencia puede alcanzar cifras inusualmente elevadas.

En todo caso, la JEC ha pedido a Correos que "extreme la diligencia para asegurar que los sobres con el voto puedan entregarse el día de la votación en las respectivas mesas electorales, dentro de los plazos legalmente establecidos".

Y, tras las sospechas de fraude en el voto por correo en Melilla en las pasadas elecciones locales, la Junta Electoral acordó este jueves exigir la identificación con el DNI al emitir ese voto por correo, y no solo cuando se solicita.

Cinco días más para pedir el voto ERTA

Por otro lado, la JEC también ha ampliado, a petición del PP, el plazo para que pidan el voto los electores que se encuentren temporalmente en el extranjero (en sus siglas ERTA).

Dicho plazo acababa en principio el 24 de junio y ahora se ha acordado ampliar hasta el 29 de junio, tal y como había recomendado la Oficina del Censo Electoral.

La decisión se comunicará a las Juntas Electorales Provinciales, para su conocimiento y remisión a las Juntas Electorales de Zona.

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