Este artículo se publicó hace 3 años.
El Gobierno elimina el término "disminuido" de la Constitución
El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del artículo 49 de la Carta Magna, que permitirá que las personas con discapacidad puedan participar en la sociedad en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos.
Madrid--Actualizado a
El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del artículo 49 de la Constitución para eliminar el término "disminuido" y sustituirlo por el de "personas con discapacidad". Del mismo modo, el cambio servirá para permitir que el colectivo pueda participar en la sociedad en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos.
Lo ha anunciado la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, que destaca que con la reforma "se deja atrás un enfoque asistencialista para pasar a un reconocimiento centrado en los derechos humanos y, concretamente, en los derechos de las personas con discapacidad", indica en Twitter.
El Gobierno anunció que esta iniciativa, de la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, sería una de las primeras medidas tras decaer el estado de alarma, ya que la modificación constitucional no puede hacerse en tiempo de guerra, en estados de alarma, excepción o sitio, tal y como recoge la propia Constitución.
Durante la primera legislatura del Gobierno de Pedro Sánchez, en diciembre de 2018, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución, relativo a los derechos de las personas con discapacidad que contó con el apoyo de todo el arco parlamentario en la Comisión Constitucional, pero que decayó al disolverse las Cámaras por una nueva convocatoria electoral.
Actualización para reconocer y proteger derechos
Además, se actualiza con la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006, que ha supuesto un punto de inflexión en el reconocimiento y protección de sus derechos. Las personas con discapacidad pasan así a ser las protagonistas del derecho y se prohibirá expresamente cualquier tipo de discriminación.
Se reconoce la obligación de los poderes públicos de promover su libertad e igualdad real y efectiva. Además, habrá de reconocerse expresamente, y por primera vez en la Constitución, la protección particular que requieren las mujeres y las niñas con discapacidad, por ser un colectivo especialmente vulnerable y discriminado, según destaca el Ejecutivo.
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