Este artículo se publicó hace 5 años.
FrancoLa Abogacía del Estado pide al Supremo que levante el último obstáculo para la exhumación de Franco
Se quiere acabar con el último obstáculo que falta para completar la medida estrella que anunció Pedro Sánchez tras su llegada a la presidencia hace casi año y medio.
Madrid-
La Abogacía del Estado ha remitido un escrito al Tribunal Supremo en que solicita levantar la suspensión cautelar de la exhumación de los restos del dictador Francisco Franco que adoptó el pasado mes de junio, para así acabar con el último obstáculo que falta para completar el plan del Gobierno.
El alto tribunal suspendió la exhumación que había previsto el Ejecutivo para el 10 de junio tras la presentación de los recursos por parte de la familia del dictador, la Fundación Francisco Franco, la comunidad Benedictina en Cuelgamuros y la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos.
Una vez hecha pública la sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo que rechaza en su totalidad el recurso presentado por los nietos de Franco, aún queda que el Supremo resuelva sobre la suspensión cautelar de los otros tres recursos, pues aunque se trata de un trámite meramente formal, fuentes jurídicas consultadas por Europa Press han explicado que sin cumplimentarlo no se puede llevar a cabo la exhumación.
Se resolverá en los próximos días
Las citadas fuentes han añadido que la Sala se pronunciará al respecto en los próximos días y así el Gobierno podrá contar con el pleno respaldo del Supremo, que ya le dio la razón en su sentencia al avalar el decreto de exhumación y decretar que la obra para sacar los restos y su posterior entierro en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio no necesita de licencia municipal.
Se resuelven los últimos flecos de la medida anunciada por Sánchez después de casi año y medio
El Ejecutivo está así resolviendo los últimos flecos que quedan por aclarar para llevar a cabo la medida estrella que anunció Pedro Sánchez tras su llegada a la presidencia hace casi año y medio. Junto a la petición de levantar la suspensión, la Abogacía del Estado ha solicitado al alto tribunal una certificación de la sentencia, dado que en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid continúan abiertas otras diligencias relacionadas con la exhumación, concretamente sobre la obra para levantar la losa.
Los servicios jurídicos del Estado se han dirigido al juez de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid, José Yusty Bastarreche, para pedirle que "se acuerde la terminación del procedimiento" que mantiene abierto por la supuesta ilegalidad del proyecto de obra presentado por Patrimonio Nacional para sacar los restos de Franco.
En un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, la Abogacía alega que, de acuerdo al artículo 22 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el procedimiento en el cual el juez Yusty suspendió el informe favorable del ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial al proyecto de obra decae una vez que el Supremo, en su sentencia, "confirma la legalidad de las operaciones necesarias para extraer los restos mortales del sepulcro (...) consistentes en levantar una losa, extraer los restos y reponer el solado original".
No es una licencia
La Abogacía del Estado argumenta asimismo que el informe municipal "no constituye ningún tipo de licencia", sino que "un informe que es un mero acto de trámite del expediente de exhumación" y, por tanto, no recurrible de manera autónoma.
Es decir, una vez que se ha pronunciado el Supremo sobre la legalidad de todo el procedimiento de exhumación puesto en marcha por el Gobierno, "desaparece el efecto útil del proceso, puesto que la finalidad del recurrente era cuestionar la regularidad urbanística de los actos de ejecución de la exhumación". "Y estas cuestiones -abunda la Abogacía- ya han sido analizadas y rechazadas por el Supremo".
Fuentes jurídicas entienden que si el juez Yusty intenta obstruir la ejecución de una sentencia firme del alto tribunal como es la relativa a la exhumación de Franco, podría estar cometiendo un delito de prevaricación.
Otras fuentes jurídicas consultadas por Europa Press recuerdan que sólo el Supremo puede paralizar actos del Consejo de Ministros, y expresan su extrañeza al comprobar que la suspensión acordada por Yusty se refiera a un informe, puesto que la jurisdicción contencioso administrativa está dirigida a revisar actos administrativos y un informe no es una licencia.
Desde el Gobierno, en cualquier caso, sostienen que el procedimiento del juez Yusty no afecta para nada a su determinación de proceder a la exhumación de Franco una vez cuentan con el aval del Supremo.
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