La Fiscalía rechaza admitir a trámite la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado por prevaricación
Según ha informado el Ministerio Público, la decisión se fundamenta en que "con los indicios y argumentos jurídicos presentados en esta querella, no se cumplen los requisitos legales necesarios para su admisión a trámite".
La Fiscalía de Madrid ha manifestado su oposición a que el Tribunal Superior de Justicia acepte la querella presentada por Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, contra el juez Juan Carlos Peinado por prevaricación.
Según ha informado el Ministerio Público este lunes, el rechazo se fundamenta en que "en este momento, y con los indicios y argumentos jurídicos presentados en esta querella, no se cumplen los requisitos legales necesarios para su admisión a trámite". Esto se debe a que el Superior no ha atendido la solicitud de la Fiscalía de remitirle el testimonio completo de la causa.
Este es el tercer caso en el que la Fiscalía se pronuncia, habiendo mostrado recientemente su apoyo a la admisión a trámite de la querella presentada por la Abogacía del Estado contra el juez Peinado por prevaricación. La Fiscalía considera que no se puede descartar de manera anticipada la posibilidad de que el juez haya cometido un delito al emitir una resolución "arbitraria e injusta".
Con anterioridad, se pronunció en contra de la querella presentada por el periodista Máximo Pradera contra el magistrado que investiga a Gómez, en este caso por revelación de secretos, al haber informado sobre la causa.
La Fiscalía cuestiona a Peinado
El escrito de la Fiscalía, dado a conocer este lunes, señala que el 18 de septiembre ya se había pronunciado sobre la querella presentada por Gómez en relación con el presunto delito de revelación de secretos por parte de Peinado. En esa ocasión, a la Fiscalía le pareció improcedente admitir la querella, argumentando que se basa en "meras noticias" y que "no se desprende indicio alguno" en contra del juez.
Sin embargo, solicitó que se le enviarán las actuaciones para poder pronunciarse sobre el presunto delito continuado de prevaricación. No obstante, la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se negó a ello, argumentando que "supone incorporar elementos que no han sido citados en la querella, ni siquiera como antecedentes de los delitos imputados".
De este modo, la Fiscalía acata la orden del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de pronunciarse de inmediato, aunque subraya que "en las muy contadas ocasiones en que esta Fiscalía ha solicitado a este Tribunal acudir al mencionado precepto, nunca antes se había denegado". Además, señala que "incluso la propia Sala ha ordenado recabar testimonios íntegros de las actuaciones cuando lo ha considerado necesario para tomar una decisión sobre la admisión".
La Fiscalía menciona "la inusual forma de llevar la instrucción por el magistrado", un aspecto en el que coincide con Begoña Gómez
La Fiscalía aclara que "el fundamento de la solicitud no era otro que facilitar a la Sala la adopción de la decisión de iniciar o no el procedimiento con pleno conocimiento de lo accionado". Y menciona "la inusual forma de llevar la instrucción por el magistrado", un aspecto en el que coincide con la querellante, así como "sobre todo, la existencia a la fecha de nuestro anterior escrito de un gran número de recursos interpuestos por todas las partes implicadas".
La actuación del magistrado "podría obedecer a multas"
El Ministerio Público detalla que la Fiscalía sí se pronunció a favor de la querella contra Peinado presentada por la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno, dado que Pedro Sánchez no es parte en la causa que involucra a su esposa.
"La diferencia está en que el perjudicado por el hipotético delito en aquella, caso de acreditarse, no es parte en el procedimiento y, en consecuencia, no puede acudir al órgano superior del instructor para que supla (...) la ausencia de motivación de las resoluciones dictadas –que también se incluyen en el relato de hechos de la querella de la señora Gómez", explica la Fiscalía. Asimismo, añade que en la querella de la Abogacía "sí se aportan indicios de que esa actuación concreta del magistrado pudiera obedecer a multas, ajenos al correcto ejercicio de la función judicial".
Hace hincapié en que solicitó que se le enviara toda la causa por la cual en la querella de Gómez hay "un único argumento" que podría sugerir prevaricación por parte del magistrado. Este argumento se basa en "la denuncia de que, con su proceder, se habría eliminado de facto del sistema de recursos previsto por la Ley de Enjuiciamiento Penal, al no proveerse, tramitarse ni resolverse los recursos interpuestos por las partes".
Tras la presentación de la querella, "se ha podido comprobar que (...) aunque no con la inmediata que sería deseable, los recursos se han unido a las actuaciones, se han proveído y algunos se han resuelto o se encuentran en trámite. Por lo tanto, las actuaciones que se denuncian aquí ya han obtenido u obtendrán respuesta a través de los recursos establecidos en la Ley".
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