La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado un recurso de queja ante la Sala de lo Penal en el que acusa al juez instructor del caso Couso, Santiago Pedraz, de construir 'un andamiaje jurídico tan inusual como equivocado para mantener a toda costa una competencia que no le corresponde' y seguir instruyendo este procedimiento.
Con esta nueva iniciativa el Ministerio Público pretende que la Sala, órgano superior jerárquicamente al juez instructor, obligue a Pedraz a concluir el sumario y valore si la causa debe ser archivada en virtud de la reforma legal que limita la jurisdicción universal o sometida al criterio del Tribunal Constitucional.
Pedraz rechazó el pasado jueves un recurso de reforma interpuesto por la Fiscalía para que archivara la causa en la que se investiga la muerte del cámara de Telecinco José Couso durante la guerra de Irak debido al disparo de un tanque estadounidense, argumentando que éste carecía 'de sentido' y que la reforma legal tiene 'evidentes lagunas' que hacen imposible su aplicación a este caso.
En su nuevo recurso el fiscal insiste en que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 soslaya con su actuación 'cualquier norma legal vigente, sea sustantiva, procesal u orgánica' y ha interpretado su anterior recurso de forma 'interesada, sesgada' y a partir de 'una llamativa confusión conceptual'.
Le acusan de adoptar 'una forma de proceder difícilmente compatible con la tarea de interpretación y aplicación de las leyes'
El departamento dirigido por Javier Zaragoza, que recuerda que la competencia para decidir sobre el archivo o la continuación de un sumario corresponde a la Sala de lo Penal y no al instructor, sostiene que Pedraz está adoptando 'una forma de proceder difícilmente compatible con la tarea de interpretación y aplicación de las leyes que identifica a la función jurisdiccional en un Estado de Derecho'.
'Es absolutamente irregular que quien carece de competencia para resolver lo que establece la Disposición Transitoria Única (que establece el archivo de las causas que no cumplan los nuevos requisitos de justicia universal) se arrogue --en una decisión sin precedentes-- la facultad de declarar inexistente e inaplicable la disposición legal en cuestión', señala.
En este sentido, destaca que 'desde hace más de 25 años' la facultad de archivo provisional de un procedimiento 'le está vedada al instructor en la legislación procesal vigente --por expresa derogación de la norma-- cuando el procedimiento que se tramita es el sumario ordinario'.
En relación con el argumento de Pedraz de que el archivo de la causa contravendría la Convención de Ginebra relativa a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, la Fiscalía destaca que 'ningún convenio internacional, y éste no es una excepción, prohíbe a los Etsados establecer en su legislación interna límites al ejercicio de la jurisdicción universal de forma incondicional y absoluta'.
También rechaza que en la causa queden declaraciones por practicar, 'salvo que se pretenda mantener abierto un proceso de manera indefinida'. 'Han transcurrido dos años y medio sin que el instructor haya practicado ninguna nueva diligencia', recuerda el fiscal, que además considera 'absolutamente incierto' que el sumario no se pueda concluir sin la declaración indagatoria de los procesados, 'como el instructor sostiene paladinamente'.
En la causa están procesados y bajo orden de busca y captura tres militares del Ejército estadounidense por un delito contra la comunidad internacional en concurso con otro de homicidio. Se trata del teniente coronel Philip de Camp, el capitán Philip Wolford y el sargento Thomas Gibson.
Couso murió en el hotel Palestina de Bagdad (Irak) el 8 de abril de 2003 al ser disparado mientras grababa la entrada de las tropas norteamericanas en la ciudad.
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