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¿A qué derechos y libertades afecta la 'ley mordaza' y por qué no se deroga?

Desobediencia o negativa a identificarse y faltas de respeto a la autoridad son los motivos más invocados para multar en virtud de la ley de Seguridad Ciudadana, que, tras nueve años en vigor, sigue coartando el derecho de manifestación, el de reunión y la libertad de expresión.

Manifestación convocada por Amnistía Internacional en contra de la 'ley mordaza',
Foto de archivo de una manifestación convocada por Amnistía Internacional contra la ''ley mordaza', el 13 de febrero de 2022 en Madrid. Jesús Hellín / Europa Press

Era el 16 de marzo de 2015. Todos los grupos parlamentarios excepto el Partido Popular, que gobernaba con mayoría absoluta, votaron en contra de la aprobación de la polémica Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, más conocida como ley mordaza. La norma, que restringe derechos y libertades, como los de manifestación y expresión, fue criticada hasta el hastío por el principal partido de la oposición entonces, el PSOE, cuyo líder era ya Pedro Sánchez, que prometió derogarla en cuanto fuera posible. 

El Congreso ha intentado en varias ocasiones acometer una reforma integral de los artículos más polémicos, pero tras nueve años la norma sigue intacta, pese a las promesas de este y el anterior Gobierno de coalición.

La ley mordaza, que regula y amplía las facultades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado como garantes máximos de la seguridad ciudadana, entró en vigor el 1 de julio de 2015. Fue una de las leyes estrella del gobierno de Mariano Rajoy (2011-2018), motivada por el éxito del 15M. Es decir, que con ella se trata de impedir un nuevo estallido de las bases sociales y de la juventud contra la precariedad, los abusos económicos, el desempleo y la falta de oportunidades. 

Es una ley que castiga conductas que no son constitutivas de delito y que impone el pago de multas. En estos nueve años de la ley en vigor se han impuesto 291.400 sanciones, "con base únicamente en dos artículos: resistencia, desobediencia o negativa a identificarse (artículo 36.6) y faltas de respeto a la autoridad (artículo 37.4)", se indica desde Amnistía Internacional.

El PSOE y otros grupos llevaron la norma ante el Tribunal Constitucional, pero este, con una mayoría cercana al PP entre sus magistrados, la avaló, en 2021, salvo en un matiz contenido en el artículo 36, apartado 23; el mismo que ahora pretende modificar el acuerdo del PSOE y Sumar

Una leve reforma

De sus 54 artículos, la ley solo fue declarada inconstitucional en una expresión contenida en el artículo 36.23, que consideraba una infracción grave "el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información". 

El Constitucional anuló el término "no autorizado" en relación al uso de las imágenes o grabaciones de la Policía en el ejercicio de sus funciones, por ejemplo, disolviendo una manifestación. Por lo que desde la sentencia del TC de 2021 ya no es infracción grave usar imágenes de la Policía sin su autorización.

Ahora la reforma pactada por el PSOE y Sumar propone que el riesgo o peligro para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando se difunden imágenes suyas debe ser "constatable" y "reflejarse motivadamente en el acta o en la denuncia" de la Policía, y "con el mayor detalle que sea posible". La redacción que propone la reforma indica que "no constituirá infracción la mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión".

Esta reforma es un paso tímido por parte del Gobierno de coalición que aleja la derogación prometida de la ley mordaza.

Esta norma compromete el ejercicio de derechos fundamentales, como el de reunión, manifestación y la libertad de expresión, por eso ha sido fuertemente criticada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Consejo de Europa.

Potestades y abusos de la Policía

La Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana regula con detalle las facultades de las autoridades y de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para dictar órdenes e instrucciones, por ejemplo, en relación con la entrada en domicilios y el posterior registro; o para requerir la identificación de personas en lugares públicos; establecer restricciones del tránsito y controles en la vía pública. 

Aunque el texto de la ley indica que los agentes de Policía deben "respetar escrupulosamente los principios de proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación, y sólo en caso de negativa a la identificación, o si ésta no pudiera realizarse in situ, podrá requerirse a la persona para que acompañe a los agentes a las dependencias policiales más próximas", en la práctica se constatan algunas situaciones que rozan el abuso policial, con cargas y agresiones no justificadas en modo alguno.  

La norma contempla otras medidas que son fuertemente criticadas por organismos internacionales, por ejemplo la devolución en caliente de las personas migrantes, que también avaló el TC.

En la memoria queda la masacre de Melilla, del 24 de junio de 2022 , en la que se llevaron a cabo 470 devoluciones en caliente, fallecieron 27 personas y más de 70 siguen desaparecidas por el despliegue de fuerzas de seguridad tanto por parte de España como de Marruecos. 

Manifestaciones 'ilegales'

La ley mordaza legaliza de facto el uso de pelotas de goma y  proyectiles de foam, por la atribución de la Policía a considerar imprescindibles esas medias en la disolución de manifestaciones "ilegales". 

Precisamente, la libertad de expresión queda amenazada por el artículo 30 de la ley, que reserva a los supuestos organizadores de esas manifestaciones o protestas multas de hasta 600.000 euros con los únicos indicios de publicaciones o declaraciones en redes sociales, cuyas intenciones quedan al criterio de la Policía. 

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