Madrid
Actualizado:El Pleno del Congreso ha aprobado una enmienda de Junts que propone una reforma del artículo 172 ter del Código Penal, que ya reformó en su momento la Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como ley de solo sí es sí, con el objetivo de endurecer las penas cuando se use sin consentimiento la imagen de menores o personas con discapacidad para la creación de perfiles falsos o anuncios en webs de contactos o pornografía.
La enmienda aprobada contempla penas de hasta dos años de prisión para quienes usen estas imágenes sin consentimiento. La medida no ha contado con el apoyo del PSOE y Unidas Podemos pero sí del resto de grupos parlamentarios, incluido el PP.
A través de la enmienda de Junts, se ha modificado la disposición final cuarta de la Ley de solo sí es sí que, a su vez, cambiaba el apartado 5 del artículo 172 ter del Código Penal.
El Congreso ha realizado este cambio a través de la reforma de la Ley del aborto que se ha debatido este miércoles en el Pleno. "El que, sin consentimiento de su titular, utilice la imagen de una persona para realizar anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales, páginas de contacto o cualquier medio de difusión pública, ocasionándole a la misma situación de acoso, hostigamiento o humillación, será castigado con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses", recoge el texto de la Ley de Garantía de la Libertad Sexual aprobado en septiembre. Con la aportación de Junts, a este texto se añadir que "si la víctima del delito es un menor o una persona con discapacidad, se aplicará la mitad superior de la condena".
Durante la defensa de la iniciativa, la portavoz de Junts ha llamado a la necesidad de una mayor protección de estos colectivos ante unas situaciones que, a su juicio, "son denigrantes". El objetivo de la propuesta, según ha indicado, es que se "especifique" claramente la aplicación de las penas más duras ante este delito.
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