Este artículo se publicó hace 2 años.
Un banco pide tres años de cárcel a ocho activistas por una protesta pacífica contra el desahucio de una madre y sus hijos
Caixabank asegura que ha destruido la grabación de sus cámaras de seguridad que avalaría su acusación de un delito de coacciones. La Fiscalía pide 10 meses de prisión por un delito de desobediencia.
Madrid-
Insurrectos, agitadores y alborotadores. Así califica el abogado de Caixabank, S.A. a las ocho personas pertenecientes a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) que serán juzgadas el próximo 30 de noviembre por los presuntos delitos de desobediencia grave y allanamiento de local abierto al público, para los que la Fiscalía pide diez meses de prisión y una multa de 600 euros.
La acusación particular triplica la petición de pena para los activistas de la PAH: tres años y dos meses, porque entiende el banco que los acusados habrían cometido además los presuntos delitos de coacciones y desórdenes públicos, que sumarían dos años y medio y una multa de 3.000 euros a la petición del Ministerio Público.
Los sucesos ocurrieron el 5 de diciembre de 2017, cuando ocho activistas de la plataforma, de entre 25 y 50 años, accedieron a la sucursal de Caixabank en la localidad de Cabanillas del Campo (Guadalajara) con la intención de negociar la suspensión del desahucio de una mujer con dos hijas pequeñas.
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca sostiene que llevaba meses de negociaciones con la entidad bancaria, "con diálogos constantes" en los que intervenía la mujer afectada y un representante del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo. El 5 de diciembre de 2017 los activistas acudieron a la oficina de Caixabank para intentar paralizar el juicio de desahucio que se iba a celebrar días después.
La defensa de los acusados destaca que la actitud de los mismos fue en todo momento pacífica. "No constan indicios de alteración del orden público ni de la comisión de actos de violencia ni sobre las personas ni sobre las cosas. Se trata de un grupo de personas que intentaban acompañar y hacer sentir su parecer en relación al juicio verbal de desahucio", consta en el escrito de la defensa, al que ha podido acceder Público.
La actitud pacífica ha sido corroborada por los agentes de la Guardia Civil que intervinieron en el desalojo de la oficina bancaria, calificando dicha actitud de "resistencia pasiva". Los agentes encontraron a los activistas sentados en el suelo formando un círculo. Tras informar a los uniformados de que no abandonarían la sucursal de forma voluntaria, pues se encontraban apoyando a una familia que se iba a quedar sin hogar, la Guardia Civil procedió al desalojo y a su detención. Finalmente, el desahucio de la mujer y sus hijas se ejecutó el 19 de diciembre, justo dos semanas después.
Destrucción de pruebas
Pese al testimonio de los agentes de la Guardia Civil, que para la defensa constituye la prueba de que no existió el delito de resistencia grave a la autoridad, la acusación particular, ejercida por Caixabank, S.A. sostiene que los activistas "empapelaron toda la oficina de pancartas de la PAH, comiendo bocadillos y snacks, sentándose en el suelo e increpando a los clientes que acceden a realizar sus gestiones". Y basa en esta descripción su acusación de coacciones, con una petición respecto a este ilícito de dos años y medio de cárcel para cada uno de los acusados.
Sin embargo, las pruebas que podrían demostrar la tesis del banco no podrán ser aportadas en el juicio. "Tras la búsqueda de las referidas imágenes debemos informar al juzgado que las imágenes no se encuentran disponibles toda vez que fueron borradas al transcurrir el plazo de 15 días siguiendo la normativa establecida para las grabaciones de videovigilancia", informó Caixabank al juzgado.
Este hecho es calificado por la defensa como una "destrucción de pruebas, que por su relevancia --grabación de las cámaras de seguridad en el momento de
los hechos-- cuestionan el relato de hechos probados que califica
tanto la acusación particular como el Ministerio Fiscal, lo que solicitamos sea tenido en cuenta", indican los abogados de la PAH.
Derecho a la protesta
La defensa de los acusados invoca la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de mayo de 2018 para recordar que "el ejercicio de determinados derechos, como el de reunión, manifestación, o de expresión, que se consideran fundamentales en una sociedad democrática, pueden ocasionar inconvenientes y molestias a otros ciudadanos y es preciso realizar una labor de ponderación entre los derechos de unos y otros admitiendo un cierto grado de inconvenientes en aras a la calidad de la convivencia democrática, como sucede en este caso".
No obstante, remarca que "la presencia de los acusados en el interior de
la sucursal bancaria y la expresión pública de sus ideas y reivindicaciones no impidió que los empleados desarrollaran su trabajo ni continuaran con su
actividad".
Amnistía Internacional ha expuesto este caso relativo a la PAH de Guadalajara para evidenciar "un serio retroceso en el ejercicio del derecho a la protesta", como consecuencia tanto de la reforma del Código Penal, de la vigencia de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana (conocida como ley Mordaza), y "el amplio margen de discrecionalidad y arbitrariedad otorgado a las fuerzas de seguridad en su actuación durante las manifestaciones pacíficas".
La PAH ha convocado una concentración el próximo 26 de noviembre, a las doce de la mañana, ante la sede central de Caixabank de Guadalajara en apoyo a los activistas procesados.
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