La pretensión de la Generalitat y el Parlament catalán de que se acuerde 'la suspensión del procedimiento' abierto en el Tribunal Constitucional (TC) para resolver los recursos presentados contra el Estatut de Catalunya, 'hasta que el Senado proceda a la elección del tercio [de magistrados] que le corresponde, viene a suponer una invitación a que todos los integrantes del pleno incumplan los deberes de su cargo'. Es la conclusión a la que llega la Abogacía del Estado para oponerse a los recursos de súplica presentados por dichas instituciones catalanas.
El Ejecutivo que preside José Montilla y el Parlament recurrieron la decisión del alto tribunal de rechazar su pretensión de que sus magistrados se declararan no competentes para dictar al sentencia del Estatut, por estar cuatro de sus miembros pendientes de renovación desde diciembre de 2007. El día 9, el TC concedió tres días a las partes para contestar a las impugnaciones.
El Estado cree que la interpretación catalana es una amenaza para el TC
Los servicios jurídicos del Estado respondieron al trámite ayer. En sus alegaciones aclara que 'la falta de renovación de un tercio de sus miembros [la presidenta, María Emilia Casas, el vicepresidente, Guillermo Jiménez, y los magistrados Vicente Conde y Jorge Rodríguez-Zapata] no puede reprocharse ni a los magistrados que continúan en funciones ni al tribunal, sino al órgano constitucional el Senado que ha incumplido ese deber constitucional' de designación en tiempo'.
En este sentido, explica que la razón del quórum reforzado de tres quintos de la Cámara es precisamente buscar el acuerdo entre los senadores de las distintas fuerzas políticas para asegurar 'el respeto a las exigencias constitucionalmente establecidas respecto del puesto a ocupar'.
Pérez Tremps no podrá votar el fallo para no romper la unidad del proceso
El abogado del Estado insiste en que 'la interpretación propugnada' por la Generalitat y el Parlament, consistente en que se impida el ejercicio de sus funciones a los magistrados que no han sido renovados, 'se traduciría en camino real para obtener posibles beneficios políticos del incumplimiento del deber constitucional de designación'.
Y para 'evitar semejantes amenazas al funcionamiento del supremo intérprete de la Constitución, la continuidad del ejercicio de las funciones' de los magistrados hasta que son renovados 'carece de límite temporal', como prevé el artículo 17.2 de la ley reguladora del alto tribunal.
Además, la abogacía del Estado señala que 'semejante pretensión' de las instituciones catalanas 'se basa en una deformación del adecuado concepto de competencia', porque éste corresponde al órgano, el Constitucional. Su composición no es un problema de competencia, sino de recta constitución del tribunal.
Por otra parte, como acordó el pleno del jueves, el alto tribunal ha rechazado readmitir al magistrado Pablo Pérez Tremps en las deliberaciones para redactar la sentencia del Estatut. El alto tribunal explica que no es posible 'romper la unidad del proceso', aunque la resolución acabe siendo redactada tras una votación por bloques de artículos o precepto por precepto.
En una providencia hecha pública ayer el TC señala que el que se opte por este sistema para redactar la resolución 'no constituye el hecho nuevo' alegado por la Generalitat para pedir revisar la recusación de Pérez Tremps, que fue estimada el 5 de febrero de 2007 en una resolución que es 'firme e irrecurrible'.
El Ejecutivo catalán pretendía que Pérez Tremps votara con sus compañeros de pleno todos los preceptos, excepto los referidos a las relaciones de la Generalitat con la Unión Europea, datos a los que se refería el informe por el que fue recusado.
El magistrado no participa en las deliberaciones de los recursos del PP y del Defensor del Pueblo desde hace tres años, tiempo que sus compañeros sí han estado trabajando sobre el asunto.
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