Cuando la Ley de Dependencia entró en vigor, el 1 de enero de 2007, los dependientes adquirieron de forma automática el derecho a recibir una ayuda. Pero al menos en cinco comunidades autónomas no pudieron empezar a reclamarla hasta que se desarrolló la norma. Además de Catalunya, que ha sido sancionada por ello, Cantabria, Galicia, Comunitat Valenciana y Andalucía hicieron esperar unos meses a sus dependientes antes de que pudieran solicitar sus ayudas. El retraso se justificó en que aún no estaba definido cómo evaluar el grado y nivel de dependencia.
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) falló el 20 de abril a favor de una familia de Barcelona que exigía cobrar la ayuda económica que le fue asignada con carácter retroactivo desde que la ley entró en vigor. El TSJC multó a la Generalitat a pagar a la familia 2.435 euros por los cinco meses que tardó en admitir a trámite su solicitud.
La Generalitat, que ya ha anunciado que recurrirá la sentencia, en la actualidad paga los atrasos en las ayudas tomando como punto de partida la fecha en que se pidieron, tal y como determina la ley. No obstante, el TSJC ha dado la razón a la familia en su queja de que no pudo presentar la solicitud desde el primer día porque la Administración catalana no se lo permitió.
En otras autonomías, como La Rioja, Navarra o Castilla y León, sí empezaron a recoger solicitudes desde el principio. Navarra empezó a tramitarlas dsde el principio, con una normativa propia. El resto espero a que se desarrollara la norma estatal, casi cinco meses después. A efectos prácticos, los dependientes de estas autonomías sí cobran los atrasos desde antes de que se desarrollara la normativa de la ley, en abril.
Otras comunidades ofrecieron la prestación con carácter retroactivo
La sentencia del TSJC es la primera en todo el Estado que se refiere al plazo que dieron las autonomías para presentar las solicitudes.
Aunque admite un recurso de casación y la Generalitat irá al Tribunal Supremo, el abogado Rafael Pérez, experto que asesora a la asociación Papàs de Alex a cuyos fundadores se refiere el fallo del TSJC, cree que el Govern catalán 'lo tiene difícil'.
Según explica, no existe una sentencia con fallo opuesto que sirva de argumento a la Generalitat para recurrir. A juicio de Pérez, el Ejecutivo se equivocó al aprobar la Ley de Dependencia y no establecer un periodo hasta su entrada en vigor, para dar tiempo a aprobar las normas necesarias para su aplicación.
Catalunya, Valencia, Andalucía, Galicia y Cantabria retrasaron los trámites
De ser firme, el fallo judicial abriría la puerta a centenares de familias de dependientes que, como la de Barcelona, no pudieron pedir las ayudas desde un principio.
El abogado de la Plataforma por la Dependencia de Alcorcón, José Ausín, recuerda que, en todo caso, sólo se podrían recuperar las ayudas económicas dirigidas al cuidador familiar.
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