Este artículo se publicó hace 8 años.
De la Mata propone juzgar a Neymar, sus padres, Bartomeu, Rosell y el Barça por corrupción en su fichaje
El juez de la Audiencia Nacional considera que el club y sus directivos cometieron además una estafa impropia al ocultar a la empresa DIS el fichaje del delantero brasileño y realizar contratos simulados
-Actualizado a
MADRID.- El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha propuesto juzgar por corrupción al delantero brasileño Neymar da Silva Santos Júnior, a sus padres, al presidente del Barça, Josep María Bartomeu, su antecesor, Sandro Rosell, así como el F.C. Barcelona y el Santos por ocultar a la empresa DIS el fichaje del delantero brasileño y realizar contratos simulados.
En concreto, el juez central de instrucción 5 propone que sean juzgados por corrupción entre particulares y estafa impropia Bartomeu, Rosell y el Barça. Sin embargo, considera que el jugador y sus padres -Neymar da Silva y Nadine Gonçalves- pudieron cometer sólo un delito de corrupción entre particulares, mientras que el Santos y su directivo Odilio Rodrigues Filho pudieron incurrir en estafa impropia.
De la Mata ha dictado un auto la transformación en procedimiento abreviado de la investigación, paso previo a la apertura de juicio oral, por el fichaje del jugador tras la querella presentada por la empresa DIS, que tenía el 40% de los derechos federativos del jugador brasileño.
En el auto que pone fin a la instrucción al transformar las diligencias en procedimiento abreviado, De la Mata da diez días a las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.
El magistrado recuerda en el auto que la Sala de lo Penal ordenó reabrir la causa el pasado mes de septiembre, a pesar de que De la Mata lo archivó. Ahora, el instructor cumple con la resolución de la Sala y fija los hechos y delitos objeto del procedimiento y las personas contra las que se dirige.
El contrato firmado 2011 por el que Neymar recibiría 40 millones de euros para fichar en el futuro por el Barcelona “habría alterado el libre mercado de fichaje de futbolistas, al impedir que el jugador entrase en el mercado conforme a las reglas de la libre competencia, de modo que se obtuviera una mayor cantidad económica por el traspaso”, constituyendo el delito de corrupción entre particulares, tal y como resolvió la Sala de lo Penal.
“Si el objetivo y finalidad de este contrato fue directamente alterar el mercado de fichajes de futbolistas, según estima la Sala (…) entonces es razonable pensar que los dos Directivos que intervinieron en su firma”, en alusión a Rosell y Bartomeu, entonces presidente y vicepresidente, respectivamente, “fueron responsables de esta decisión, de la firma del contrato y conscientes de esta finalidad ilícita”.
A juicio del magistrado, la actuación de ambos directivos se realizó sin informar a la Junta Directiva, ni al Santos, ni a DIS como propietaria del 40% de los derechos federativos del jugador y, todo ello, mientras el jugador tenía contrato en vigor con el club brasileño.
“Ambos directivos conocieron obviamente cada una de estas circunstancias plenamente cuando decidieron firmar este contrato. Circunstancias que, al entender de la Sala, son los indicios principales del delito de corrupción entre particulares” y “sitúan a ambos directivos como responsables de los hechos”.
De la Mata se opone a la pretensión de la Fiscalía de archivar el caso para Bartomeu. El magistrado resuelve que el presidente del Barça tuvo “perfecto conocimiento y participó en todos los elementos que la Sala considera que sustentan la existencia de delito: participó de la decisión de firmar este contrato ilícito conociendo que se infringían los Reglamentos FIFA y contribuyendo a mantener al santos y a DIS en la ignorancia absoluta de estas operaciones contractuales”.
Igualmente el juez hace responsable a las partes contratantes en esos contratos, esto es, Neymar da Silva JR y Neymar da Silva Santos.
También extiende la responsabilidad al FC Barcelona y la sociedad N&N -propiedad de los padres del jugador al 50%- por cuanto los hechos descritos fueron realizados por representantes legales de ambas entidades “sin que además conste (de hecho, lo acreditado es la situación contraria) que se hubieran adoptado por el órgano de administración de cada una de las entidades mecanismos o modelos de organización y control para prevenir delito de esta naturaleza”.
En el caso al delito de estafa impropia por los tres contratos suscritos en 2013 cuando el FC Barcelona anticipa la contratación de Neymar Jr -sin esperar que quedara libre de compromisos con su entonces club, el Santos, a partir de julio de 2014- , el juez recuerda que fueron considerados por la Sala como “una simulación consciente y urdida para la comisión de la estafa”.
Asumiendo esta premisa establecida por la Sala, el juez considera Bartomeu y Rosell urdieron este paquete de contratos simulados "sin más fin que ocultar el importe real del contrato" y no dieron cuenta de ello ni a la Junta Directiva ni a la Asamblea de Socios. Firmaron los contratos "comprometiendo a la entidad barcelonista a realizar todos estos pagos"
De igual manera se dirige el procedimiento por estafa impropia contra el FC Barcelona y El Santos como personas jurídicas por los hechos que fueron cometidos por los representantes legales de ambas entidades.
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