Este artículo se publicó hace 4 años.
¿Por qué el derecho no nos protege frente a los alimentos malsanos?
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¿Desea un cigarrillo con “mucha fibra”? ¿Ha probado el amianto con “omega 3”? ¿Le gustaría desayunar este insecticida “cardiosaludable”?
Otro periodista con sus hipérboles y exageraciones. Lo hacemos a diario, es cierto, pero también los publicistas les venden a diario “bombas calóricas” como alimentos “efectivos” para empezar el día sintiéndose “ligeros”. Les ofrecen algo así como un imposible “cigarrillo cardiosaludable". Trabajan con el oxímoron de sus estómagos.
Esta hipérbole esconde la sal de su lógica. Del mismo modo que los lectores saben que los cigarrillos y el amianto son tóxicos, hoy deberíamos saber que el exceso de nutrientes críticos presente en determinados productos (azúcar, sal, calorías, grasas trans…) puede tener el mismo efecto que tomarse un batido de polonio en diferido: destrozar la salud, diezmar la calidad de vida y provocar la muerte prematura.
Pero si usted compra un cigarrillo siempre sabrá lo que tiene entre manos porque se trata de una cuestión de salud pública y existe una legislación estricta al respecto. Sin embargo, difícilmente podrá identificar los alimentos malsanos en la estantería de un supermercado porque hay lagunas y cierta desidia en la aplicación legal. El llamado derecho de la nutrición apenas está desarrollado en España y eso permite aberraciones.
Algunos de esos productos se anuncian con declaraciones nutricionales que despistan sobre su naturaleza: quizás tengan "fibra" o "calcio", tal vez sean "light", pero no dejan de ser bombas para su organismo. Usted no sabe que a largo plazo ese comestible podría ser tan nocivo para su salud como el cigarrillo.
Y esta pereza jurídica se produce en mal momento, en mitad de un tsunami, en la evolución de una epidemia silenciosa que alarma a los expertos. La mala alimentación, los errores diarios en la dieta, como granos de arena que forman desiertos, están causando estragos a nivel global.
Año tras año, abandonamos los productos frescos, olvidamos la dieta mediterránea para abrazar la occidental (mucha carne, grasas y ultraprocesados). Nuestra forma de comer es ya la principal causa de muerte por enfermedades no transmisibles. Y sí: morimos más por este motivo que por los cigarrillos.
El derecho alimentario nos protege, por suerte, frente a una salmonelosis o las vacas locas, pero no parece estar haciendo lo suficiente en España y Europa. Ni políticos, ni legisladores y jueces han sido capaces de dar respuesta a esta paradoja: nuestros alimentos (si hablamos de salubridad) son más seguros que nunca, pero hoy comemos peor y enfermamos más por ellos.
Los datos están ahí. Vamos hacia un mundo obeso, cardiovulnerable, diabético... El último estudio Aladino (año 2019) constata la alarma: un 40,6% de los niños españoles de 6 a 9 años tiene problemas de peso (un 23,3% sufre sobrepeso y un 17,3% obesidad). El informe concluye que el 76,2% de los escolares debe mejorar su dieta. El largo confinamiento, con sus parques cerrados, no ha mejorado esta situación.
Las cifras, como las personas, no paran de engordar, y eso que llevamos tres lustros con la NAOS (Estrategia para la Nutrición, Actividad Física y Prevención de la Obesidad) en funcionamiento, coordinada por la Administración central y las consejerías de sanidad de las Comunidades Autónomas desde 2005.
Un informe reciente de la OCDE lanzó otro dato de infarto: cada español paga 265 euros adicionales de impuestos al año por el problema que causa la obesidad y las patologías asociadas, que se llevan el 2,9% del PIB anual, con un 9,7% del gasto sanitario.
¿Tenemos un problema?
Una de las razones de este tsunami es que la legislación no ha logrado que los consumidores tengan información veraz respecto al trío de calaveras (sal, azúcar y grasas nocivas). El consumidor está ciego, incapaz de identificar, por ejemplo, los mil nombres en donde se esconde el azúcar de un producto. Y existe un principio fundamental en derecho: todo contrato privado se perfecciona con la voluntad de las partes, es decir, en la plena capacidad de decidir si nos conviene o no el resultado.
En este escenario hay juristas que apuestan por desarrollar cuanto antes el llamado derecho de la nutrición. Es un paso más en la normativa alimentaria (o de aplicar con celo la existente). No se trata solo de protegernos en cuanto a la salubridad de los productos, es salvaguardar a la población de los efectos negativos sobre su salud, a medio o largo plazo, del consumo generalizado de alimentos seguros (sin patógenos) pero malsanos.
Una respuesta efectiva desde el derecho
El abogado Francisco José Ojuelos es experto en derecho de la alimentación. Ha publicado además un libro titulado El derecho de la nutrición (Editorial Amarante). En él desarrolla este concepto que empieza a tener aceptación en la doctrina jurídica.
“El derecho alimentario ha asumido que deja de proteger a los ciudadanos de esa falta de inocuidad de los nutrientes críticos, a partir de la presencia de ciertas cantidades de los mismos en los alimentos, como es el caso del azúcar; y eso a pesar de lo que dice la normativa, el reglamento 178/2002, que es el que establece las bases de la legislación alimentaria europea”, explica.
El artículo 14 de este reglamento habla de los requisitos de seguridad alimentaria y obliga a no comercializar alimentos que no sean seguros, es decir, según el apartado 2.a, si son “nocivos para la salud”. “Pero se asume por la industria, la administración y los operadores que la falta de inocuidad a largo plazo derivada de la alta presencia de nutrientes críticos no es incompatible con la vigencia del derecho alimentario. Este nos protegerá de las enfermedades de transmisión alimentaria, pero ha renunciado a protegernos de los alimentos malsanos”, concluye.
Un comestible malsano es aquel que contiene porcentajes de nutrientes críticos muy elevados (por ejemplo, la sal, el azúcar o las grasas trans) o que cuenta con una combinación de muchos de ellos, como en el caso de los ultraprocesados.
El meollo de este asunto está en la dicotomía entre seguridad y falta de inocuidad. El alimento no tendrá la salmonella, pero podría incrementar su riesgo de cáncer… a medio o largo plazo. “Se asume que estos nutrientes críticos no van a ser los que limiten la comercialización de este tipo de producto, y allí es donde nace el derecho de la nutrición”, afirma.
Se trata de un derecho ya existente pero mal implementado o poco aplicado, según Ojuelos, diluido entre bellos motivos y el escaso desarrollo normativo. Algunas de las leyes vigentes, como la Ley de Seguridad Alimentaria y de Nutrición, especifican en su exposición que se tiene que desarrollar la materia.
“Aunque son laxas, se ve claramente el objetivo, y apunta hacia los nutrientes críticos”, explica. En otros países, como en Chile, esto está más avanzado. Allí los consumidores disponen de sellos de advertencia en los productos. Estos indican si contienen demasiadas calorías, sal, azúcar, grasas… La norma chilena no solo protege en relación a los patógenos, advierte de los riesgos de los alimentos “seguros”.
En Europa la cosa es distinta. El reglamento europeo 1924/2006 (relativo a las declaraciones nutricionales y propiedades saludables en los alimentos) no está, por ejemplo, desarrollado. Según este abogado, más bien se estaría incumpliendo. “La Comisión Europea, en 2020, todavía no ha fijado los perfiles nutricionales. ¿Por qué no los fijan? Porque hay unas presiones de la industria brutales”, añade.
En los países donde se está reforzando la aplicación del derecho de la nutrición, como en Chile, asegura Ojuelos que la industria tiende a rebajar el azúcar y otros nutrientes críticos, mediante la reformulación, de manera radical. Si tienen mucha sal, le ponen un sello. “El consumidor sabe entonces que hay un problema. Las empresas han llegado a reducir el azúcar de algunos productos, parece ser, hasta un 60%”, explica.
Pero la Big Food -como denomina a la gran industria agroalimentaria la profesora de nutrición y escritora estadounidense Marion Nestle- parece que no ve con buenos ojos que en Europa se desarrollen estos perfiles que calificarían indirectamente como insanos a sus productos. “Les impediría entonces hacer declaraciones nutricionales o de propiedades saludables, como ‘reduce el colesterol’, si carecen de un buen perfil basado en la evidencia”, alega
Ahora en las etiquetas tenemos la información nutricional. Pero sin ser dietistas -suponemos que a muchos de los lectores les habrá pasado- sirve de poco. ¿Cuánto es mucha sal? ¿Esto contiene demasiadas grasas? ¿En comparación con qué? ¿Al producto de al lado que se rige por el mismo arte del camuflaje?
El caso de las pizzas de Ayuso y la publicidad infantil
El desarrollo de un efectivo derecho de la nutrición evitaría, por ejemplo, que se volvieran a producir casos como el de las pizzas (producto de un perfil insano) que acabaron siendo el menú diario de escolares desfavorecidos. Ocurrió durante el estado de alarma por la gestión de la Comunidad de Madrid.
“Había normas suficientes para haber evitado esa situación”, explica Ojuelos. Utilizando la normativa ya existente, el consumidor debería poder identificar de una manera clara qué producto es malsano, y la Administración nunca debería caer en la disyuntiva de ofrecer un producto prejudicial o no comer, sino entre comer un producto nocivo o uno saludable.
“Hay muchas cosas que se pueden hacer con el derecho de la nutrición. En Portugal se ha prohibido la publicidad de alimentos malsanos dirigidos a los niños. Pero en España no está limitada, solo tenemos un código de autorregulación por parte de la industria, el PAOS (destinado a menores de 12 años), que se incumple de manera brutal”, apunta. El Gobierno ha prometido reformar este código.
En España está previsto que se aplique un sistema de etiquetado, el Nutri-Score, el año que viene, según anunció el ministro de Consumo, Alberto Garzón. Pero este sistema, voluntario, que a modo de semáforo indicaría la calidad nutricional de los alimentos, tiene tanto defensores como detractores.
En él se hace una media de todos los componentes y se otorga un valor total al producto. Unas cualidades compensan a las otras, cosa que hace que para Ojuelos tenga una difícil traslación objetiva a la normativa. “Un límite concreto, medible, de un nutriente crítico para determinar la presencia de un sello es un parámetro objetivo fácilmente trasladable a la redacción de una norma. Un algoritmo con el que hacer compensaciones, no tanto", explica.
Para este experto, se debería empezar con elementos jurídicos sólidos: un sistema de advertencias efectivo, un buen etiquetado con información veraz, una ley que regule la publicidad infantil, que es donde más fallamos, y que disponga además de un sistema de control y seguimiento para que dicha publicidad se cumpla.
“Los riesgos dietéticos ya representan hoy en el mundo una pérdida de años de vida superior al tabaquismo, es así. Creo que más tarde o más temprano habrá que tomárselo en serio, porque el problema nos va a arrasar los indicadores de salud, como está pasando en algunos países ya”, concluye.
En Catalunya, el impuesto sobre las bebidas azucaradas –aún siendo leve, gravando solo con la mitad del tipo impositivo que pide la OMS- parece que ha conseguido su objetivo. Un año después de su implementación se había reducido un 22% el consumo, según el Centre de Recerca en Economia i Salut de la Universitat Pompeu Fabra. Poco a poco, da la impresión de que las administraciones son algo más receptivas a este cambio cultural y necesidad social. Pero queda camino por recorrer.
“La primera en saltarse las normas suele ser la Administración. No vigila o controla. No les ha parecido que era un problema de salud pública, pero ha llegado la hora de actuar, de poner en valor todas estas normas que ya tenemos, así como de exigir a la Comisión Europea que cumpla y fije los perfiles, y al Gobierno que cumpla con su obligación de fijar los límites de azúcar, sal y grasas, en virtud de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición”, concluye.
Quizás nos falte conciencia sobre la relación entre alimentación y salud pública, el vínculo entre la estantería del supermercado y el hospital. Al final del pasillo de las chocolatinas puede que un día no se encuentre con la sección de cárnicos, sino con la UCI.
Es la visión de una curva que no para de crecer en la estadística y los cuerpos. Nuestra libertad para escoger qué alimento es el más adecuado parece viciada, y el derecho ha renunciado en origen, en su génesis, a protegernos, según Ojuelos. Sometidos a un influjo de propaganda que muchas veces no es veraz, dándonos a entender que algo insano es sano, o que tiene beneficios para el organismo.
Un “cigarrillo cardiosaludable”. Qué ocurrencia. Qué raro nos parece este oxímoron.
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