Este artículo se publicó hace 13 años.
El Constitucional quita a Andalucía la competencia exclusiva sobre el Guadalquivir
Griñán no se rinde y anuncia una reunión con Zapatero. "Es un río andaluz", reafirma
Resuelta a favor de Extremadura una de las principales disputadas suscitadas por el Estatuto de Andalucía. El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, que regula la competencia sobre la cuenca del río Guadalquivir, al considerar que es inconstitucional. El TC ha admite así parcialmente el recurso presentado por la Junta de Extremadura en 2007 contra el Estatuto andaluz al considerar que, al afectar la cuenca del Guadalquivir a varias regiones, su competencia es estatal. El artículo ahora anulado establecía que "la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma".
El presidente andaluz, el socialista José Antonio Griñán, ha comparecido hoy en la sede de la Presidencia para hacer una primera valoración en una declaración institucional sin preguntas de la prensa. "El Guadalquivir es un río andaluz. No digo esto como un sentimiento, sino como una convicción. El Gobierno andaluz va a encontrar la forma más adecuada para abordar la gestión de este río", afirmó Griñán. "Respetamos y acatamos la sentencia", añadió. Griñán anunció una reunión en los próximos días con el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, para buscar "una posición bilateral consensuada". El presidente anunció también que esta misma tarde se reunirá con los portavoces de los grupos parlamentarios del PSOE, el PP e IU para "mantener el consenso" que forjó la aprobación por unanimidad del Estatuto.
"Nuestro objetivo es mantener la mejor gestión posible de un recurso clave. El Guadalquivir es el río que nos une y nos vertebra, que riega nuestros campos y forma parte de nuestra cultura milenaria. Hay margen en la constitución para que Andalucía siga decidiendo sobre el Guadalquivir", afirmó el presidente.
El pleno del TC, que ha adoptado esta decisión por unanimidad, ha avanzado hoy el fallo en un comunicado mientras que la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Delgado Barrio, será notificada en los próximos días.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, presidida por el también socialista Guillermo Fernández Vara, presentó el recurso en junio de 2007 contra los artículos 43, 50.1 a), 50.2 y 51 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
El recurso se fundamentó en un informe del Consejo Consultivo de Extremadura que consideraba que el artículo 51 establecía las competencias exclusivas de Andalucía sobre la cuenca del Guadalquivir a pesar de que la Constitución determina en su artículo 149.1.22 las competencias exclusivas del Estado en las cuencas ubicadas en varias comunidades.
Según la Junta extremeña, el citado artículo "altera el régimen constitucional de distribución de competencias, por lo que rompe el bloque de constitucionalidad. Se produce una alteración constitucional al redefinir el reparto de poder en materia de agua, se limita el ámbito de decisión del legislador estatal y se ataca el principio de la unidad de cuenca hidrográfica y del ciclo hidrológico".
El TC ha declarado la inconstitucionalidad del artículo 51 pero rechaza la pretensión de la Junta de Extremadura respecto a los otros artículos recurridos.
Entre ellos, desestima el recurso contra al artículo 43 del Estatuto andaluz, que hace referencia al alcance territorial y a los efectos de las competencias.
La Junta de Extremadura también recurrió el artículo 50.1.a), por eliminar la expresión "cuando las aguas transcurran únicamente por Andalucía" en referencia al desempeño de competencias y el 50.2, por considerar que incluía competencias ejecutivas andaluzas sobre facultades de policía de dominio público hidráulico establecidas en la legislación estatal.
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