La aprobación de la prestación de desempleo para los autónomos inicia el último camino que la llevará a las páginas del BOE. Después de recibir el informe del Consejo Económico y Social (CES) que valoraba positivamente el planteamiento de la prestación, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley que lo regula, y lo remitió al Parlamento. Se espera que el trámite comience en enero y que, finalmente, el Congreso apruebe el texto antes del próximo verano.
No obstante, no será hasta dentro de año y medio cuando los primeros trabajadores por cuenta propia perciban la prestación por paro. Esto es porque uno de los requisitos para beneficiarse del subsidio es tener cotizados 12 meses como mínimo. Y ese tiempo de cotización tendrá que demostrarse a partir de la fecha en la que la ley sea publicada en el BOE, previsiblemente a mediados de 2010.
Para percibir la prestación por desempleo, los autónomos deberán tener protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y, por tanto, cotizar por este concepto. Los autónomos económicamente dependientes (el 75% de su negocio depende de un sólo cliente) y los que trabajan en actividades profesionales de riesgo ya cotizan obligatoriamente por accidentes de trabajo y enfermedades. Por tanto, este grupo tendrá derecho a la protección por cese de actividad.
También podrán recibir la prestación todos aquellos autónomos que decidan voluntariamente cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Actualmente, algo más de medio millón de trabajadores por cuenta propia cotizan por esa cobertura, incluidos 176.000 empleados del sector agrario.
Los autónomos que ya coticen por esta cobertura tendrán añadido un tipo de cotización para el paro del 1%. Para los que no, el tipo de cotización será del 1,5%. La Ley de Presupuestos de cada año establecerá el tipo de cotización que permita sostener este sistema de protección.
La cuantía a cobrar durante todo el periodo de disfrute será del 70% de la base por la que el autónomo haya cotizado durante los últimos 12 meses. La base mínima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en 2009 es de 833,40 euros mensuales, por lo que la prestación mínima quedaría en 583,38 euros. La duración de la prestación oscilará entre los dos y los seis meses y dependerá del tiempo cotizado.
Durante el trámite parlamentario, los representantes de las organizaciones de autónomos comparecerán en el Congreso para explicar sus propuestas. De hecho, el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, aseguró el martes, después de reunirse con las asociaciones, que el proyecto de ley 'está abierto a incluir modificaciones'.
El Consejo de Ministros aprobó ayer la modificación del reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para adaptarlo a las modificaciones que incluyen los Presupuestos Generales para 2010. Fundamentalmente, el IRPF se adapta a la nueva configuración de la deducción de 400 euros, que se mantiene para los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 12.000 euros, en materia de retenciones e ingresos a cuenta. En consecuencia, también se adapta a la deducción para los pagos fraccionados y se modifican los límites excluyentes de la obligación de retener.
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