El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la recusación de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, por haber militado en el Partido Popular, que fue planteada por la Generalitat de Catalunya y el Parlamento de esta comunidad autónoma. Tras haber deliberado sobre este asunto la semana pasada sin lograr un consenso sobre el contenido del auto, finalmente la mayoría de magistrados, 9 de los 11 que deliberaban sobre el asunto, han aprobado la ponencia propuesta por Adela Asúa.
Al voto particular anunciado la semana por Luis Ortega se habría unido el de Fernando Valdés, dos de los cinco magistrados progresistas del TC. Los otros tres magistrados progresistas (Adela Asúa, Juan Antonio Xiol y Encarnación Roca), sin embargo, han sumado sus votos a los de los conservadores para rechazar la recusación y avalar la independencia de su presidente.
El TC tiene pendiente de resolver varios litigios abiertos entre Catalunya y el Gobierno o el Grupo Parlamentario Popular. Entre ellos, se encuentra la impugnación del Ejecutivo central a la declaración soberanista aprobada en enero por el Parlament, pero también los recursos interpuestos por los parlamentarios conservadores contra la ley catalana de educación, la norma por la que se prohibieron los toros o la ley del cine catalán.
El auto en el que se rechazan las recusaciones para que Cobos se abstenga de intervenir en 26 asuntos será notificado en los próximos días junto a los votos particulares.
En las recusaciones se sostiene que Pérez de los Cobos, dado que pagó cuotas de militante del PP cuando ya era magistrado del TC, no es imparcial y no debe intervenir en asuntos como el recurso contra la declaración soberanista catalana. 'No deja de ser chocante que un recurso interpuesto por el PP lo deba dirimir un militante del PP', defendió el portavoz del Govern y conseller de Presidencia, Francesc Homs. La militancia política de Pérez de los Cobos se conoció a raíz de la publicación de los Papeles de Bárcenas.
El Constitucional hizo pública el pasado julio su consideración de que la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional no establecen para los magistrados de este tribunal ninguna incompatibilidad con el hecho de militar en un partido político. Es decir, que Pérez de los Cobos puede ser magistrado y presidente del TC sin incurrir en incompatibilidades, aunque este pronunciamiento no supone necesariamente que no puedan existir posibles causas para que se inhiba por falta de imparcialidad objetiva. De hecho, la Generalitat cree que la militancia de Pérez de los Cobos en el PP le inhabilita para decidir en determinados asuntos, al igual que considera el Parlament.
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>