Este artículo se publicó hace 2 años.
El servicio de salud gallego tendrá que pagar 30.000 euros a un paciente por tardar un año en operarlo
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia reconoce que hubo una "demora manifiesta" en la realización de la cirugía y que se vulneraron los derechos del paciente a pesar de que éste rechazó ser derivado a una clínica concertada.
Vigo--Actualizado a
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente un recurso presentado por un paciente que tardó un año en ser operado de una hernia discal en el hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo. El paciente estuvo un año entero en lista de espera a pesar de que se trataba de una operación de prioridad alta y el tiempo de demora recomendable no debía superar los 90 días. Ahora el Servicio Galego de Saúde (Sergas) tendrá que indemnizar con 30.000 euros al paciente.
El paciente comenzó a tener dolores lumbares en mayo de 2017 y tras varias consultas en su centro de salud de A Guarda (Pontevedra), fue derivado al hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo ya que el dolor persistía y el tratamiento no parecía surtir efecto.
En julio de 2017 fue valorado por la Unidad de Columna del servicio de Traumatología y, tras una resonancia realizada en agosto, se reveló una hernia discal, para la que se le pautó rehabilitación. El tratamiento rehabilitador no fue eficaz y, en junio de 2018, el paciente fue propuesto para ser intervenido quirúrgicamente.
El Sergas lo incluyó en la lista de espera en diciembre de ese año, cuatro meses después. Fue el propio afectado quien pidió que se retrasara la operación al tener pendiente otra intervención, y también rechazó ser operado en un centro concertado. Seis meses después, en junio de 2019, seguía pendiente de ser intervenido de la hernia discal, y refirió un empeoramiento en su estado de salud.
Finalmente, fue intervenido en diciembre de 2019 y, un año después, se le reconoció una incapacidad permanente total para su profesión habitual de soldador-fabricador de cisternas.
El tribunal ha considerado que aunque rechazó ser intervenido en un centro concertado, el paciente vio vulnerados sus derechos. La Valedora do Pobo de Galicia ya reconoció hace tres años que los pacientes en lista de espera por una operación que rechazan ser desviados a la sanidad concertada pueden encontrarse en un limbo que demore su tratamiento.
El paciente presentó una reclamación ante el Sergas, que fue desestimada, y luego recurrió a los tribunales. En primera instancia, sus pretensiones (reclamaba una indemnización de más de 121.000 euros) fueron rechazadas, y recurrió al TSXG, que ha estimado parcialmente sus argumentos.
El alto tribunal gallego entiende que no hubo ausencia de consentimiento informado y que tampoco se produjo mala praxis, ya que el tratamiento aplicado fue "adecuado y ajustado a las normas de la 'lex artis ad hoc'". "Ninguno de los diagnósticos alcanzados a través de las pruebas que se le practicaron hizo visible la referida urgencia. No se escatimaron medios de pruebas diagnósticas", recoge el TSXG en su sentencia.
Con todo, sí reconoce que hubo una "demora manifiesta" en la realización de la cirugía, que fue un año después de entrar en lista de espera, y ese retraso "fue susceptible de producir un agravamiento en la dolencia diagnosticada".
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.