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Glovo "El negocio de Glovo está condicionado a que haya trabajadores sin derechos"

La última sentencia del Tribunal Supremo marca un precedente para las empresas de envíos a domicilio que operan mediante plataformas digitales. Luis Suárez Machota es el abogado que ha defendido al 'rider'.

Un rider de Glovo solo por la Diagonal / EFE
Un rider de Glovo solo por la Diagonal / EFE

Isaac Cuende era el primer repartidor de Glovo en Madrid en 2015. Dos años más tarde comenzó un periplo judicial que le llevó a ser, de nuevo, el primer mensajero de la compañía en perder ante unos tribunales una demanda en la que exigía el reconocimiento de relación laboral con la empresa, y no de autónomo. Ahora, en 2020, como no podía ser de otra forma y tras batallar en diferentes juzgados su postura, ha sido la primera persona a la que el Tribunal Supremo (TS) le ha reconocido esa pretendida relación laboral que existe, al igual que con él, con la de cientos de "riders" de este tipo de marcas que operan bajo plataformas digitales. "Yo lo llamo derecho de frontera, porque si te dan papeles, seguramente te seguirán explotando, pero sin ellos lo harán más y con menos derechos. Pues ahora ocurre lo mismo con los repartidores a los que se les ha metido dentro del Estatuto de los Trabajadores, que sufrirán como los demás, pero sin estar excluidos", adelanta Luis Suárez Machota, el abogado que ha defendido a Cuende desde la presentación de la denuncia hace cinco años.

El propio letrado define a este periodo de tiempo como "desanimador" ya que los dos primeros juzgados que analizaron el caso le dieron la razón a Glovo porque, desde su punto de vista, "para hacer este tipo de juicios hay que buscar la realidad que subyace y no quedarse en los documentos que las partes firman, ya que habitualmente todos son camufladores, y no lo hicieron". Explicado de otra forma: "El fraude de ley se esconde porque la empresa se ampara en la norma de los autónomos económicamente dependientes, cuando lo que en realidad pretenden es eludir al Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos, pero para ver eso hay que hurgar en la realidad subyacente y no quedarse en la superficie".

De la derrota a la victoria

Tras la derrota ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), aunque con un voto particular a su favor, Suárez Machota decidió recurrir a la única instancia superior: el Tribunal Supremo. En ese momento, el letrado tiene conocimiento de que el TSJ del Principado de Asturias había reconocido a otro mensajero de la misma compañía como trabajador dependiente de ella en una sentencia firme que Glovo no recurrió. De esta forma, una parte troncal del recurso de casación que formuló ante el alto tribunal estaba destinada a reclamar una unificación de doctrina. O sea, pedía al TS que se pronunciara sobre cuál era la sentencia correcta, si la de Asturias dando la razón al trabajador o la de Madrid aceptado la versión de Glovo.

El abogado ya preveía el resultado favorable para Cuende ya que, entretanto, se sucedían diferentes pronunciamientos de otros tribunales superiores de diversas comunidades autónomas, incluso el de la capital, rectificando así su primera resolución. "Yo sabía que el TS quería y tenía interés en opinar sobre este caso, en resolver en torno a este nuevo tipo de empresas y la regulación laboral que tienen. Según la estructura de los procesos judiciales en España, no es fácil que este tipo de cosas lleguen tan rápido al TS, así que el pronunciamiento ha tenido el don de la oportunidad y de la claridad", aclara Suárez Machota.

Casos similares en otros sectores

Al mismo tiempo, el letrado siempre había hecho la misma valoración del asunto, desde 2015. "A Cuende ya le había defendido en una situación similar cuando trabajaba como motorista para la Agencia EFE, en los años 90, además de que por mi larga trayectoria viví la jurisprudencia marcada sobre los mensajeros, también en el Supremo, cuando en 1986 se laboralizan a los repartidores que tenían el mismo problema que ahora, lo único que sin plataformas digitales, pero que también prestaban servicios como falsos autónomos", comenta el defensor recordando otras victorias en sectores como el de distribuidores de bollería o prensa.

Pero la jurisprudencia no es una fuente de derecho en España. Entonces, ¿qué importancia tiene que esta sentencia del TS haya condenado a Glovo? "Lo que ocurre es que en España hay un sistema mixto, por llamarlo de alguna forma. Aunque la jurisprudencia no es una fuente de derecho, como dirían en el sistema anglosajón, en la praxis sí crea cierta doctrina legal. De esta forma los miles de trabajadores de este tipo de plataformas ya saben el resultado que tendrán sus denuncias. Además, si el TS interpreta la relación entre los riders y las compañías como laboral, no solo están regulando el presente sino también el futuro, cuando estas compañías sean muchas más de las que existen actualmente", completa el letrado.

Preguntado sobre los efectos reales de la condena, Suárez Machote es conciso: "Que se aplique el Estatuto de los Trabajadores; y esto se materializará cuando el inspector de trabajo que ya conoce la sentencia levante un acta y requiera a la empresa las cuotas que debe a la Seguridad Social. Por otra parte, no solo afecta a Glovo o Deliveroo, sino también a Uber. En cierto modo, la conclusión del TS supone un respaldo a la tesis del Gobierno de querer regular este sector con mayor concreción". En este sentido, y volviendo a las cotizaciones de la Seguridad Social, se estaría poniendo en juego entre 100 y 200 millones de euros que tendrían que dirigirse a las arcas públicas, según estima el propio abogado.

La nueva ley ahondará en las condiciones del sector

Así pues, cabe preguntarse si este sector está lo suficientemente regulado, un argumento con el que se excusan desde la compañía que espera un marco concreto al que adaptarse. Desde el punto de vista de Suárez Machota, "está regulado si aplicas el Estatuto de los Trabajadores, pero con todos estos cambios tan novedosos de plataformas que permiten, con matices, libertad de horario y cierta flexibilidad, será mejor que el poder legislativo los aborde contando con estos fenómenos tangencialmente nuevos".

"Yo espero que la nueva ley en la que trabajan ayude a definir, regular y proteger a los trabajadores. El problema de estas plataformas es que se basan en una mano de obra precarizada y barata, y que por tanto el negocio está condicionado a que haya personas casi sin derechos", narra el letrado. A su vez, menciona el interés que tienen los sindicatos ya que sin derechos los repartidores no poseen capacidad de defensa sindical, por lo que trabajan para que así sea y, algún día, se pueda llegar a plantear un convenio del sector, aunque para ello tiene que haber cierta estabilidad en el empleo, delegados y elecciones sindicales, y ya sobre esa estructura negociar, parafraseando los términos con los que concluye el abogado.

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