Este artículo se publicó hace 5 años.
La Audiencia rechaza el recurso de la Fiscalía que pedía condenar al miembro de 'La Manada' Ángel Boza por robar unas gafas
El Ministerio Público considera que los hechos prueban el delito de robo con violencia. En noviembre, fue condenado por a dos multas de tres meses por un delito leve de hurto y otro delito leve lesiones.
Sevilla-
La Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía en el que se pedía condenar al miembro de la Manada Ángel Boza por un delito de robo con violencia. El pasado noviembre, Boza fue condenado por un delito leve de lesiones y otro delito de leve de hurto tras haberse apoderado de unas gafas de sol de un centro comercial de la capital hispalense, quedando así en libertad.
Tal y como adelanta Diario de Sevilla, el Ministerio Público considera que los hechos no son constitutivos delito de leve de hurto sino de un delito de robo con violencia de los artículos 237 y 242.1 y 3 del Código Penal que recoge una pena entre dos años y medio y cinco años de cárcel.
La sentencia recogida lo absolvía del delito de robo con violencia e intimidación
En la sentencia, fechada el 16 de mayo, se recoge el fallo contra Ángel Boza dictado el 23 de noviembre de 2018 por un magistrado de lo Penal en el que se condenaba a Boza a dos multas de tres meses, con una cuota diaria de seis euros, por un delito leve de hurto y otro delito leve lesiones. Asimismo, le impuso la obligación de indemnizar al vigilante de seguridad agredido con la cantidad de 234 euros por las lesiones ocasionadas.
Por otra parte, la sentencia recogida lo absolvía del delito de robo con violencia e intimidación por el que venía siendo acusado por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, y se acordaba su inmediata puesta en libertad, anulando la medida de prisión provisional en la que se encontraba por esta causa desde el 2 de agosto de 2018.
De igual modo, la Audiencia ha aceptado los hechos declarados como probados por el Juzgado de lo Penal el cual consideró cierto que el miembro de la Manada entró en un centro comercial del casco histórico de Sevilla para dirigirse al departamento de óptica donde, "con la intención de hacerlas suyas, sin abonar su importe, tras quitarle elmecanismo de alarma", se apoderó de unas gafas de sol cuyo precio de venta al público era de 148 euros.
Tras esto, se dirigió a la planta sótano, saliendo del establecimiento comercial por la puerta de cristal que da acceso al aparcamiento, para subirse a su vehículo y conducirlo hacia la salida donde un miembro del personal de seguridad tras ser informado por el vigilante de la sala de monitores "que el acusado había cogido unas gafas de sol del departamento de óptica" aparece por su izquierda y "corre tras el vehículo e informa a sus compañeros, a través del sistema de comunicación, de la marca, modelo y color, y comienza a subir a pie por la rampa en su persecución", continúa la sentencia.
Ángel Boza logró huir, conduciendo su vehículo, siendo interceptado poco después por efectivos de la Policía
Además, la Sala de lo Penal consideró probado que el acusado, cuando sale del aparcamiento "da un volantazo para huir por la izquierda, obligado al vigilante de seguridad a apartarse para no ser atropellado, golpeándole con el espejo retrovisor exterior, resultando con las lesiones consistentes en contusión". Así, Ángel Boza logró huir, conduciendo su vehículo, siendo interceptado poco después por efectivos de la Policía Local los cuales "le intervinieron las gafas sustraídas sin daño alguno".
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