Así puedes calcular cuánto te pueden subir el alquiler según tu contrato
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha desarrollado una calculadora para estimar lo máximo que puede subir el alquiler, según la fecha del contrato y la cuantía de la renta que se paga.
Madrid--Actualizado a
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, dirigido por Isabel Rodríguez, ha desarrollado un simulador para que los inquilinos puedan calcular lo máximo que pueden subirles el alquiler, teniendo en cuenta la fecha de su contrato y la cuantía de la renta que pagan.
Desde Vivienda han explicado en un comunicado que "la herramienta detalla el precio máximo al que se puede actualizar la renta en el mes en curso", teniendo en cuenta los aspectos concretos de cada tipo de contrato.
El simulador se puede encontrar pinchando aquí.
¿Qué porcentaje máximo puede aumentar el alquiler?
La calculadora del Ministerio diferenciará entre los contratos firmados después de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda –en mayo de 2023– y los que fueran firmados antes de ello. A estos últimos no se les aplica el índice, ya que se activa con las inflaciones que se sitúen por encima del 2%.
Además, este jueves, el Instituto Nacional de Estadística ha publicado la primera tasa del nuevo índice de referencia de arrendamientos de vivienda: un 2,2%. Con esto, los contratos de alquiler que hayan sido firmados después de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda –y tengan que revisarse en este mes de enero– podrán aumentar hasta dicho porcentaje.
¿Cómo funciona el simulador del Ministerio?
En primer lugar, se debe seleccionar el tipo de contrato que se tiene según la fecha en la que se firmó. La propia web proporciona tres opciones: antes del 24 de mayo de 2023, después de esta fecha y antes de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, pero con el mecanismo de actualización de la renta según el índice establecido por dicha norma.
Después, se debe introducir el precio actual de renta que se paga, para obtener la subida máxima. Por último, aparecen dos apartados que explican la fórmula que se sigue para el cálculo según la fecha de contrato: la fórmula IPC o la fórmula IRAV.
¿Qué se tiene en cuenta para el nuevo índice de precios?
Para contratos firmados antes de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, se tendrá en cuenta el Índice de Precios al Consumo (IPC), que se situó en un 2,4% de variación interanual el pasado noviembre.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) tendrá en cuenta el mínimo valor entre la tasa de variación anual del IPC, el subyacente y la tasa de variación anual media ajustada, para calcular la actualización anual de los contratos de alquiler, que se actualizará cada mes. Además, también tendrá en cuenta un coeficiente establecido por el Ministerio de Vivienda y una estimación de Economía.
Por otro lado, para los contratos posteriores a la ley o que tengan establecidas condiciones de actualización según el índice de dicha ley, se seguirá el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, "con el objetivo de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento", según explica la web del simulador del Ministerio de Vivienda.
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