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El Tribunal de Cuentas, primero en elevar la ley de amnistía a la Justicia europea

La decisión se produce tras la suspensión del procedimiento de reintegro de 3,4 millones de euros desviados, según la Fiscalía.

Fachada del Tribunal de Cuentas.
Fachada del Tribunal de Cuentas. Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas ha acordado plantear ocho cuestiones prejudiciales a la Justicia europea sobre la ley de amnistía en el marco del procedimiento sobre el desvío de fondos públicos para el procés ante la posibilidad de que colisione con los intereses financieros de la UE.

Considera además que si ya estuviese en vigor la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la lucha contra la corrupción, en España no habría sido posible aprobar la ley de amnistía.

Si la semana pasada el Tribunal Supremo decidió llevar la ley al Tribunal Constitucional, convencido de que vulnera preceptos constitucionales como el de la igualdad ante la ley o la seguridad jurídica, este lunes ha sido el órgano contable quien ha acordado consultar la norma por primera vez al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La consejera encargada del procedimiento que afecta a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas y a una treintena de ex altos cargos subraya en su auto, que es "muy difícil conciliar" la Ley Orgánica de Amnistía (LOA) con la "prevención de la impunidad del fraude y la corrupción" que persigue el derecho de la Unión Europea.

La consejera incide en que diversos preceptos de esta ley podrían dar lugar, "precisamente, a la impunidad de las responsabilidades contables que, en su caso, se pudieran declarar por los hechos enjuiciados" en este procedimiento, que ahora queda en suspenso tras esta decisión.

La Fiscalía, por su parte, se opuso a elevar esta cuestión al TJUE y evitó pronunciarse acerca de si los ex altos cargos implicados deben ser amnistiados, al ceñirse únicamente a la cuestión que le reclamó la consejera: si debía plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE.

El procedimiento se dirige en total contra 33 altos cargos del Gobierno catalán por su responsabilidad contable en el desvío de fondos públicos para sufragar el referéndum del 1 de octubre de 2017 y la promoción exterior del procés. La Fiscalía cuantificó ese supuesto desvío en 3,4 millones de euros.

Ahora el Tribunal de Cuentas suspende el Procedimiento de Reintegro, al igual que la aplicación inmediata de la amnistía que formularon algunos de los demandados el mismo día de la entrada en vigor de la norma, mientras se resuelven las ocho cuestiones prejudiciales planteadas.

Los principios y preceptos del Derecho de la Unión Europea con los que la ley sería incompatible son aquellos que regulan las siguientes materias: "principio de la lucha eficaz y disuasoria contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE"; "principio de cooperación leal"; "principios de igualdad y de no discriminación"; "principios de seguridad jurídica y confianza legítima" y "principio del Estado de Derecho y de tutela efectiva en el proceso judicial".

La regulación contenida en los citados preceptos podría ser incompatible con la jurisprudencia TJUE, que de manera reiterada ha venido realizando una interpretación amplia del concepto de protección de los intereses financieros de la Unión Europea.

La consejera también cree que la referida regulación contenida en la LOA "parece caminar en sentido opuesto a ese objetivo del Derecho de la UE relativo prevención de la impunidad del fraude y la corrupción".

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