Un TC fragmentado respalda que un tribunal no traduzca un auto en catalán
La legislación actual establece que los textos podrán ser redactados en las lenguas oficiales de las Comunidades si "ninguna de las partes se opusiere".
El Tribunal Constitucional (TC) ha sentenciado que la negativa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) para no traducir un texto del catalán al castellano no ha generado "indefensión" en la empresa que solicitó la traducción. Sólo cuatro de los magistrados del TC se han opuesto a esta sentencia.
Los cuatro magistrados que contradijeron el deniego del amparo son Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel, todos ellos situados en el sector conservador del alto tribunal. Tal y como recoge el comunicado emitido por el TC, estos miembros del poder judicial sostienen que "vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva causándole indefensión material".
La empresa que se opone al auto es Accesos de Ibiza, S.A., entidad mercantil perteneciente al sector de la construcción y que opera en la autovía del aeropuerto a Ibiza (Islas Baleares). La sociedad alega que había una frase en el texto que no permitía resolver las dudas relativas a una fecha de pago de concesiones que tiene con el Govern autonómico.
Actuaciones judiciales
Según el artículo 231 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la legislación establece que los jueces y magistrados deberán utilizar "el castellano, lengua oficial del Estado". Sin embargo, en el siguiente precepto, el texto constitucional sostiene que también se podrá utilizar la "lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma, si ninguna de las partes se opusiere, alegando desconocimiento de ella que pudiere producir indefensión".
Asimismo, la sala presidida por María Luisa Segoviano Astaburuaga, magistrada ponente del Pleno, estableció el recurso de amparo, "tras no controvertir la plena comprensión lingüística de la sentencia".
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