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El TC admitirá los recursos de las comunidades del PP contra la amnistía y después decidirá si están legitimadas

Fuentes del tribunal abogan por admitir a trámite los 16 recursos y después resolver en la sentencia la cuestión sobre si los gobiernos y los parlamentos autonómicos están legitimados para recurrir una ley penal, para lo que se ha encargado un informe específico a los letrados del Constitucional.

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, en su intervención durante la toma de posesión de José María Macías como magistrado. J.J. Guillén (EFE)

El recorrido en el Tribunal Constitucional (TC) de los recursos contra la ley de amnistía incluirá el análisis de una cuestión colateral de suma relevancia: ¿están las comunidades autónomas legitimadas para recurrir leyes penales, que quedan fuera de sus competencias, como es la norma del olvido de los delitos relacionados con el procés

El tribunal de garantías ha encargado un informe sobre la materia a sus letrados, de cara a poder responder a la anterior pregunta y evitar, a la vez, un frente de batalla con los gobiernos autonómicos que han presentado recurso contra la amnistía. 

Los 16 recursos que se han presentado —11 de comunidades gobernadas por el PP; uno del gobierno socialista de Emiliano García-Page, en Castilla-La Mancha; y tres recursos de otros tantos parlamentos autonómicos con mayoría del PP y Vox— copian punto por punto el presentado por 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular, que tienen toda la legitimación para presentar recursos de inconstitucionalidad contra leyes estatales. 

Fuentes del TC indican a este diario que se espera que sea el recurso del PP el primero que se estudie. De hecho, en el pleno de la próxima semana se deliberará sobre su admisión a trámite, en una ponencia del nuevo magistrado José María Macías. Estas fuentes adelantan que se admitirá a trámite y que será probablemente el primero en ser estudiado, antes incluso que las cuestiones de inconstitucionalidad del Supremo y del TSJ de Catalunya, ya que es el recurso directo contra la ley de amnistía y la impugna por completo. 

El artículo 32 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que están legitimados para presentar recursos de inconstitucionalidad el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados o 50 senadores. En el caso de las comunidades autónomas y sus parlamentos, la norma indica que pueden hacerlo contra disposiciones "que puedan afectar a su propio ámbito de autonomía".

La mayoría de los juristas consultados por este medio consideran que las comunidades autónomas no están legitimadas para recurrir la ley de amnistía por ser una norma que excede de la competencia propia de dichos gobiernos autónomos. Pero alguno de los expertos alega que si se invoca la vulneración del derecho de igualdad ante la ley, como han hecho el PP y sus barones, tendría sentido que se interpretara que estas comunidades están legitimadas para impugnar la ley de amnistía.

Plazo de dos meses

Fuentes del TC indican a Público que lo más probable es que los 16 recursos autonómicos contra la amnistía se admitan a trámite para poder abordar después, en la sentencia resultante, la cuestión sobre la legitimidad, en una ponencia bien argumentada con el apoyo del informe de los letrados del tribunal. 

El tribunal ha decidido que como método de trabajo, el "asunto cabecera" sea el recurso de las Cortes de Aragón, que fue el primero en llegar al TC, y que sirva para deliberar la legitimación de las comunidades. 

Los letrados del TC tienen dos meses para elaborar el informe y trasladarlo a la magistrada Laura Díez, que es la encargada del recurso de las Cortes de Aragón.  

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