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El Constitucional avala la votación que aprobó la reforma laboral gracias al voto de Alberto Casero

El Alto Tribunal tiene pendientes tres recursos del PP, de Cuca Gamarra y de Vox, aunque previsiblemente los tumbará.

El diputado del PP y exalcalde de Trujillo, Alberto Casero, en un acto del partido.
Alberto Casero, exdiputado del PP y exalcalde de Trujillo, en una foto de archivo. EUROPA PRESS

El Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la votación de la reforma laboral en el Congreso de los Diputados realizada en febrero de 2022 tras rechazar el recurso del exdiputado del PP Alberto Casero, cuyo error en la votación permitió la aprobación de la norma.

Fuentes jurídicas informan de que el pleno de la corte de garantías ha desestimado por unanimidad el recurso del exparlamentario, si bien los magistrados del bloque conservador Enrique Arnaldo y Concepción Espejel han formulado votos concurrentes, es decir, que están de acuerdo con el fallo pero discrepan de la argumentación.

El recurso de Casero es el primero que falla el tribunal, que tiene pendientes uno del PP, otro de su secretaria general, Cuca Gamarra, y un tercero de Vox, si bien las fuentes indican que previsiblemente se aplicará lo resuelto en este primer recurso.

Casero afirmaba en su recurso que su voto telemático (que fue decisivo para el resultado de la votación, con 175 votos a favor de la convalidación frente a 174 en contra) se había visto afectado por un "error manifiesto de origen informático o humano", pues, una vez emitido, este reflejaba un sí cuando quería votar no.

Y que, constatado el error, informó al PP para que trasladasen la circunstancia a la presidenta del Congreso antes de la votación presencial, cosa que hizo Gamarra.

La entonces presidenta del Congreso, la socialista Meritxell Batet, decidió considerar verificado el voto telemático y no convocar a la Mesa de la Cámara para que se pronunciase en relación con la solicitud de Casero de anular su voto telemático y hacerlo presencialmente.

Dice el tribunal que la verificación de la emisión personal del voto se realizó de acuerdo con la normativa parlamentaria, que establecía que el voto se emitiría a través de la intranet de la Cámara, con la introducción de usuario y contraseña, sin más requisitos para su comprobación.

Además, avala la decisión de Batet de no convocar a la Mesa porque Casero no instó por sí mismo la revocación de su voto telemático (sino que lo hizo, una vez producida la llamada a votación, la dirección de su grupo); tampoco se encontraba en el pleno al inicio de las votaciones, sino que accedió al hemiciclo al final de las mismas; y, cuando lo hizo, tampoco intentó emitir presencialmente su voto.

En esta línea, el tribunal señala que a Casero le competía "extremar su diligencia" si consideraba procedente participar presencialmente en el pleno por haberse recuperado de una enfermedad, "teniendo en cuenta que la asistencia a las sesiones plenarias no es solo un derecho, sino también una obligación de los diputados".

Casero abandonó el partido en marzo del 2023 tras ser procesado por el Tribunal Supremo por los delitos de prevaricación y malversación en relación a presuntas irregularidades en cinco contratos cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.

El pasado noviembre llegó a un acuerdo con la Fiscalía para evitar la prisión y aceptó un año y nueve meses de prisión, seis de inhabilitación y el abono de una indemnización de casi 70.000 euros.

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