El Supremo procesa a Alberto Casero (PP) por malversación y prevaricación
La Justicia aprecia posibles irregularidades en cinco contratos durante su mandato como alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.
El magistrado del Tribunal Supremo Andrés Palomo ha propuesto que se juzgue al diputado del PP Alberto Casero por los delitos de prevaricación y malversación en relación con posibles irregularidades en cinco contratos durante su mandato como alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.
El juez ha dictado un auto de transformación de la causa en un procedimiento abreviado, que es equivalente a un procesamiento, y le da al fiscal diez días para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento. Sin embargo, el auto también es recurrible ante el Supremo. Casero ha solicitado la suspensión de militancia en su partido. Fuentes del PP han informado a los medios sobre la petición hecha por su diputado
El magistrado ha dado por finalizada la instrucción después de que la Sala de Apelación aceptara un recurso presentado por Casero, quien argumentaba que el plazo legal para la instrucción había vencido el 15 de junio y que cualquier investigación posterior no era válida.
El instructor ha explicado que todos los indicios ya se encontraban en la exposición razonada que el Juzgado de Trujillo envió al Supremo y en la documentación que la Fiscalía remitió al Juzgado en la denuncia previa, y que se ha seguido escrupulosamente la decisión de atender solo a las diligencias de investigación anteriores a esa fecha.
El magistrado ha afirmado que Casero concertó varios contratos de servicio, patrocinio o convenios incumpliendo las formalidades requeridas por la normativa aplicable, y le imputa el delito de prevaricación por su actuación, que considera una forma de proceder al margen del ordenamiento jurídico.
Además, cree que los hechos encajan en un delito de malversación que sanciona a la autoridad que tiene a su cargo los caudales por razón de sus funciones y que separa los fondos de las atenciones públicas para su propio beneficio. El magistrado señala que aún no es el momento idóneo para concluir la incidencia de la reforma penal que modifica la malversación.
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