MADRID
El Tribunal Supremo no duda de la credibilidad de Mariano Rajoy, y sólo aprecia que tuvo algún "olvido" en su declaración como testigo en el juicio contra la cúpula del procés catalán, en febrero de este año. Así lo recoge la sentencia condenatoria redactada por la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, dada a conocer este lunes [Aquí, la sentencia].
En el fallo, el Supremo niega que se vulnerara el principio de igualdad de armas durante el juicio oral, como esgrimían las defensas. Estas denunciaron el "distinto trato otorgado por la Sala a la desmemoria o renuencia de algunos testigos a dar respuesta a lo que se preguntaba".
Las defensas denunciaron el "distinto trato otorgado por la Sala a la desmemoria o renuencia de algunos testigos a dar respuesta a lo que se preguntaba"
"Las declaraciones de la anterior vicepresidenta del gobierno, Dña. Soraya Sáenz de Santamaría, del ex Presidente del Gobierno, D. Mariano Rajoy y de D. Ignacio Zoido, ex Ministro del Interior, serían el ejemplo de una actitud permisiva por parte de la Sala respecto de sus olvidos o falta de explicación. Esa pasividad estaría en contraste con el testimonio de la Sra. Teresa Guix y de D. Jaume Mestre, a quienes se apercibió de su deber de decir verdad y se les recordó la existencia del delito de falso testimonio", denunciaron las defensas.
Sin embargo, a diferencia de la anterior ocasión en la que Rajoy compareció como testigo, cuando aún era presidente del Gobierno -en el marco del juicio a la trama corrupta Gürtel, por la que el PP fue condenado como partícipe a título lucrativo y posteriormente resultó expulsado de Moncloa a través de la moción de censura de Pedro Sánchez-, el tribunal presidido por el magistrado Manuel Marchena no sólo le cree, sino que justifica su "falta de memoria".
"En el caso de la declaración del Sr. Rajoy se alude a una pregunta relacionada con los contactos políticos mantenidos por el Sr. Rajoy con el Sr. Urkullu. Pero el examen del vídeo en el que se recoge el interrogatorio practicado por el Letrado de los Sres. Turull, Rull y Sánchez al Sr. Rajoy pone de manifiesto todo lo contrario a lo que se imputa a la Sala. Se protesta por el hecho de que el testigo «…eludió reiteradamente responder a la pregunta relativa a si había atendido al Lehendakari Urkullu cuando éste quiso actuar de mediador entre el Gobierno español y el Govern de la Generalitat». El visionado del soporte digital que refleja el examen del testigo es revelador de que esa respuesta sí existió. El declarante admitió que el Sr. Urkullu fue una de las muchas personas con las que contactó en la búsqueda de una solución política. Pero no pudo precisar si ese contacto fue personal, telefónico o mediante mensajes", esgrime la Sala de lo Penal.
Sobre el "olvido" de Rajoy: "Justificó la falta de memoria en la existencia de una pluralidad de personas con las que llegó a contactar"
"Justificó la falta de memoria sobre ese extremo en la existencia de una pluralidad de personas con las que llegó a contactar con el mismo objetivo, entre ellas, el Sr. Ortuzar [Andoni Ortuzar, líder del PNV]. En ningún caso admitió la existencia de una intermediación formalmente concebida como tal. Las últimas preguntas del Letrado que ahora alega la quiebra del principio de igualdad de armas estuvieron centradas en el deseo de conocer cuál fue la forma de ese contacto, personal, telefónico o mediante mensajes. El Sr. Rajoy admitió esos contactos políticos con el Sr. Urkullu, pero no pudo precisar si fueron contactos personales o mediante comunicación telefónica o telemática. La defensa, por tanto, deriva la pretendida vulneración de un derecho fundamental por no haber podido conocer la forma en que se hicieron realidad esos contactos, cuya existencia admitió sin reservas el declarante".
"El olvido que se atribuye al Sr. Rajoy que, reconociendo los permanentes contactos políticos con el Sr. Urkullu, no pudo precisar si habían sido contactos personales, telefónicos o mediante mensajes telemáticos", reza el fallo. Lo cierto es que Rajoy reconoció a regañadientes que habló con el lehendakari, y negó haber conversado sobre la posibilidad de celebrar un referéndum, como afirmó Urkullu -y como corroboró el exconseller Santi Vila, condenado por desobediencia [Aquí, todas las penas]-.
El Supremo tampoco duda de la credibilidad de Zoido: "Yo no di la orden de qué tenían que hacer ni cómo lo tenían que hacer", afirmó, sobre las cargas del referéndum
Según las defensas, frente a la "permisividad" de la Sala con Rajoy, la exvicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, o el exministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, el tribunal habría sido mucho más duro con los testigos Guix y Mestre -a quien Marchena advirtió de que podría estar cometiendo un delito de falso testimonio de no contestar-.
La sentencia también recuerda que "la misma generalidad" sobre la ausencia de respuestas se aplica a la declaración de Zoido. Las defensas criticaron sus "olvidos inexplicables", y el Supremo resuelve sin defender a Zoido: "El interrogatorio se prolongó durante más de dos horas. Quien ahora denuncia la quiebra del principio de igualdad de armas no formuló entonces protesta alguna y, como puede observarse a partir del minuto 2:06:36, la presidencia de la Sala intervino para exigir del Sr. Zoido mayor concreción, recordando al testigo que la pregunta era muy concreta y se «…podía contestar con un monosílabo", sostiene la Sala de lo Penal.
Incluso entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se criticó la actuación de Zoido. Llegó a asegurar que no sabía quién había dado las órdenes de actuar o de dejar de hacerlo, en un operativo integrado por miles de agentes, en un momento de máxima gravedad y sin precedentes: "Yo no di la orden de qué tenían que hacer ni cómo lo tenían que hacer". Pese a ello, el Supremo no duda de su credibilidad.
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