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PSOE y ERC acuerdan penar con hasta cuatro años el desvío de dinero con un fin distinto al previsto

Ambos partidos, con el apoyo de Unidas Podemos, han llegado a este acuerdo en la reunión de la ponencia de la comisión de Justicia del Congreso.

18/01/2022 Rufián
Imagen de archivo del portavoz de ERC, Gabriel Rufián, pasando por delante del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz. Eduardo Parra / Europa Press

PSOE y ERC, con el apoyo de Unidas Podemos y el PNV, han acordado una enmienda transaccional sobre el delito de malversación que contempla penas de uno a cuatro años de prisión e inhabilitación especial de dos a seis años el desvío de patrimonio público a un fin distinto al previsto, esto es, dos años menos de lo contemplado para las penas máximas en la actual legislación.

"La autoridad o funcionario público que, sin estar comprendido en los artículos anteriores, diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado, incurrirá en las penas de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial de empleo o cargo público de dos a seis años, si resultare daño o entorpecimiento graves del servicio al que estuviere consignado, y de inhabilitación de empleo o cargo público de uno a tres años y multa de tres a doce meses, si no resultare", señala el texto saliente de la transaccional al que ha tenido acceso este medio.

Fuentes de ERC consideran que este nuevo tipo "no se corresponde tampoco" con las conductas como la de organización del 1 de octubre, y "menos aún con penas de prisión, dado que no se produjo ningún daño ni entorpecimiento grave del servicio público", añaden.

El Código Penal actual, modificado por el PP en 2015, establece un delito de malversación sin distinguir el destino del dinero desviado, cuya pena va de los dos a los seis años de cárcel (entre seis y 10 de inhabilitación), con un tipo agravado que puede llegar a los ocho años de prisión o incluso a los doce.

En esta línea, además del cambio mencionado a propuesta del PSOE y sin la firma de Unidas Podemos, la transaccional aprobada en el marco de la derogación del delito de sedición establece otros dos tipos de conductas castigadas por la malversación a propuesta de los republicanos.

Uno de ellos, el referente a la apropiación del patrimonio público con ánimo de lucro, "será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años". En esencia, mantiene las mismas penas que las actuales para castigar las conductas de corrupción.

El otro tipo concreta que el uso temporal del patrimonio público sea para un uso "privado", y no "particular" o "ajeno a la función pública", como estaba redactado inicialmente. Asimismo, se hace una clarificación de las conductas que castiga este delito.

Por otra parte, otras de las correcciones incluidas en la reforma del Código Penal y que ha sido pactada por los partidos del Gobierno y ERC es la definición del tipo básico de desórdenes públicos para que en el caso de la ocupación de instalaciones (como puede ser una oficina bancaria) sea necesario que "se altere gravemente el funcionamiento efectivo de servicios esenciales en estos sitios". 

Asimismo, ha salido adelante la propuesta del PSOE y Unidas Podemos destinada a blindar el derecho a la protesta estableciendo que la aplicación de los desórdenes públicos agravados no es "un mero agravamiento" de las conductas recogidas en el tipo básico, sino que está previsto para casos "excepcionales" en los que se produzca "un comportamiento autónomo y con elementos (número, organización y propósito de la multitud) dispuestos, desde el inicio, para alterar gravemente el orden público, con una intensidad notablemente mayor de la que puede producirse en la modalidad normal de los desórdenes públicos". 

También, el informe de la ponencia ha incluido la enmienda de los partidos del Gobierno para cambiar el sistema de mayorías del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando elige a los magistrados del Tribunal Constitucional.

El texto resultante se votará este martes en la Comisión de Justicia y, una vez superado este trámite, se someterá a votación en el pleno este mismo jueves. Y todo ello con la finalidad de que la reforma del Código Penal se apruebe definitivamente en el Senado el próximo 22 de diciembre.

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