A partir de qué día se puede depositar el voto por correo
Para poder votar se debe presentar el DNI u otra tarjeta de identificación homóloga en las oficinas de Correos.
Madrid-Actualizado a
La documentación necesaria para emitir el voto por correo se empieza a enviar a partir de este lunes, lo que significa que quien la reciba ya podrá acudir a las oficinas de Correos para participar en las elecciones generales de 2023. No se debe olvidar una nueva característica que recoge la ley electoral: para poder votar vía postal se tendrá que presentar el DNI o una tarjeta homóloga que acredite la identidad del votante.
Fechas límite
El próximo 16 de julio es la fecha límite para recibir todo lo necesario para poder realizar el envío, por lo que si no lo ha recibido hasta entonces, compruebe su buzón. Es posible que hayan depositado un aviso para que vaya a recogerlo a su oficina de Correos más cercana.
En caso de que el solicitante no pueda acudir a la oficina, podrá hacer la gestión otra persona en su nombre, pero deberá entregar al trabajador que la atienda una autorización firmada y una copia del DNI u otro documento oficial identificativo.
Aun así, hasta el próximo 13 de julio se puede seguir solicitando el voto por correo y el plazo para depositarlo en las oficinas finaliza el jueves 20 de julio, tres días antes de los comicios generales. La Junta Electoral Central insiste en que el voto se debe depositar de manera presencial, por lo que todos aquellos sobres que se recojan de los buzones no serán válidos.
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