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Justicia El Gobierno ya trabaja en la ley para blindar a los denunciantes de corrupción tras las lagunas de la norma europea

Justicia pone en marcha la trasposición de la directiva europea que obliga a regular antes de que acabe el próximo año la protección de los delatores de las corruptelas de autoridades y empleados públicos y de las prácticas empresariales ilegales.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, tras una conferencia en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. E.P./María José López
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, tras una conferencia en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. María José López / EUROPA PRESS

El Ministerio de Justicia ha comenzado a trabajar en la redacción de la ley que deberá blindar a los denunciantes de corrupción, tanto pública como empresarial, de las represalias de sus superiores, una norma que debería entrar en vigor antes del 17 de diciembre del año que viene para cumplir la exigencias de la UE, cuya directiva a trasponer incluye notorias limitaciones y lagunas que, entre otros aspectos, ponen en riesgo el ejercicio de la libertad de prensa y el periodismo de investigación al dejar la puerta abierta a la criminalización de las filtraciones.

"Se trata de que la gente pueda hacer revelaciones públicas sin miedo a sufrir represalias", explica Carlos Sánchez Almeida, director legal de la PDLI (Plataforma en Defensa de la Libertad de Información), que considera que "una trasposición que no sirva para proteger a los denunciantes de hechos ilegales no sirve para nada, y ahora mismo todos los periodistas de investigación tienen una espada de Damocles en la revelación de informaciones".

En este sentido, el abogado considera necesaria la trasposición de la directiva con retoques y acompañada de otra medida: "Todo lo que no sea modificar el Código Penal y garantizar el acceso a la libertad de información por parte de los medios y de los periodistas es un error".

Se refiere a la combinación de dos factores como son la tipificación del delito de revelación de secretos en España, por un lado, y, por otro, al apartado de la directiva que considera que cuando el informante se ha saltado la ley para conseguir los datos incriminatorios se le deben aplicar las leyes penales locales, algo que no tiene en cuenta conceptos jurídicos como la llamada exceptio veritatis, que exime de responsabilidad criminal a quien da noticias ciertas, ni el interés público de lo denunciado.

"La exceptio veritatis no está pensada para la revelación de secretos", anota. De hecho, los jueces se inclinan más por considerar que el ánimo del denunciante era vulnerar la intimidad, ya sea de una empresa o de una administración, y no denunciar hechos. Así, añade, "no es posible revelar una actividad ilegal sin exponerse a una condena", lo que convierte en delitos la filtración de documentos a los medios o lleva a situaciones paradójicas como la del ingeniero informático Hervé Falciani, fugitivo en Suiza, donde se llevó información bancaria comprometedora del banco HSBC, y protegido por las autoridades en España, donde esos datos delataron actividades fraudulentas.

La clave está en el contenido de la trasposición

De rebasar el límite temporal del 17 de diciembre de 2021 para la trasposición, el Estado se expone a una sanción económica que, en este caso, se sumaría a una poco decorosa situación de retraso en un asunto de este calado vistas las dimensiones sistémicas que la corrupción alcanza en España, con más de doscientos condenados en firme cada año y más de un centenar de presos, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), y con un crecimiento exponencial de 246 a 746 asuntos judicializados entre 2008 y 2019, según la última Memoria de la Fiscalía General del Estado.

Sin embargo, la clave del envite está en el contenido, que fuerza al ejecutivo y a los partidos políticos a optar entre proteger la transparencia, y con ella a los alertantes de los delitos y a los medios que difunden esos hechos, o perseguirla.

"Se está trabajando en el borrador de la ley en la Comisión de Codificación y se ha creado un grupo de trabajo", explican fuentes del Ministerio de Justicia, que anotan que aunque "todavía no se ha iniciado el procedimiento legislativo como tal", que incluye la consulta pública y los informes de instituciones como el Consejo de Estado y el CGPJ, "la idea es que la ley pueda estar aprobada antes de que venza el plazo".

Eso dependerá también del ritmo que alcance la tramitación legislativa en el Congreso, donde el texto servirá como prueba del nueve del nivel de exigencias éticas de la clase política española, si bien el subsecretario y el secretario general técnico del ministerio que dirige Juan Carlos Campo mostraron su compromiso de disponer de un primer borrador en enero hace unos días en una reunión en la que participaron representantes de, entre otros, la PDLI, Blueprint For Free Speech, Transparencia Internacional, Hay Derecho, la Fundación Baltasar Garzón y algunos denunciantes de casos de corrupción.

"La propuesta busca salvaguardar el interés público"

"Creo que estaríamos en plazo, aunque lo importante es el contenido", explica Manuel Villoria, de Transparencia Internacional. Y eso, obviamente, dependerá de qué texto de partida proponga Justicia y de las modificaciones que reciba durante su tramitación parlamentaria.

"La batalla va a estar en el Parlamento", anota Sánchez Almeida, que recuerda que, pese a sus lagunas, la norma comunitaria habilita a los estados para "introducir o mantener disposiciones más favorables para los derechos de los denunciantes que los establecidos en la presente directiva" al mismo tiempo que les prohíbe apoyarse en ella "para reducir el nivel de protección ya garantizado" en "los ámbitos regulados" por la misma.

"La propuesta protege la denuncia de irregularidades responsable y claramente dirigida a salvaguardar el interés público", señala por su parte la Fiscalía, que recuerda que la Comisión Europea "alienta a los Estados miembros a superar estas normas mínimas y a establecer normativas exhaustivas basadas en los mismos principios en materia de protección de los informantes de irregularidades".

El otro ‘caso Almería’ y la libertad de información

La directiva 2019/1937 vigente desde el 23 de octubre del año pasado y que regula "la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión", protege, básicamente en el ámbito laboral al prohibir y perseguir las represalias de sus superiores, a quienes denuncian, tanto formal como públicamente, delitos e infracciones cometidos en administraciones y en empresas de más de 50 trabajadores o más de diez millones de facturación anual que afecten a las normas comunitarias, lo que incluye la malversación, el blanqueo, los daños ambientales, los chanchullos en la contratación, la seguridad alimentaria o los derechos de los consumidores, entre otras materias.

La norma crea la figura del whistlerblower, que vendría a ser quien pone los hechos en conocimiento de la opinión pública, ya sea a través de los medios de comunicación o por otras vías como las redes sociales. Encaja en esa figura tanto el filtrador como el portavoz de los afectaos por ilegalidades económicas, ambientales o de otro tipo.

Sin embargo, la versión inicial de la UE incluye lagunas que, salvo que la española las remedie, permitirían en un caso como el de los vídeos sobre malos tratos en un centro de menores de Almería blindar al empleado que los grabó en el ámbito laboral, pero no en el penal, en el que ha sido condenado por relevación de secretos junto con quien los difundió.

"Ese es un caso paradigmático de la necesidad de la trasposición", señala Sánchez Almeida, que no tiene dudas acerca de que la intención del empleado no era vulnerar la intimidad del joven atado sino denunciar, precisamente, la situación a la que estaba siendo sometido en un centro de menores.

"A estas personas se les hace la vida imposible"

"La directiva es un avance bastante importante, no solo para perseguir la corrupción sino para cualquier incumplimiento de la ley", indica Villoria, quien, al mismo tiempo, destaca que la versión europea obvia aspectos como la protección económica y jurídica de los denunciantes y su acompañamiento psicológico. "A estas personas se les hace la vida imposible a base de demandas y querellas", anota.

No son las únicas carencias. La directiva tampoco incluye un régimen sancionador, que es algo que queda en manos de cada Estado, y únicamente se centra en las normas comunitarias, lo que remite a cada país para decidir a qué ámbitos aplica la protección.

Villoria, por otro lado, considera "complicado" aplicar por completo la directiva ya en España, sin trasposición, aunque sí lo ve factible en lo que se refiere a proteger a los denunciantes en el ámbito laboral. "La protección requiere disponer de un buzón anonimizado que asegure la inmunidad, no solo en las administraciones sino también en las empresas", explica, "y exige implementar unas políticas dentro de cada organización y disponer de un organismo independiente que las garantice".

"La denuncia acaba volviéndose contra el denunciante"

Los denunciantes de casos de corrupción, los conocidos como "alertadores", reclaman una aplicación inmediata de la directiva en España. De hecho, la semana que viene 28 de ellos se reunirán con la Secretaría Técnica de la Fiscalía Anticorrupción para reclamarlo.

"Espero que sea el primer paso para acabar con el calvario de muchas personas y para lograr que los fiscales no sigan acosando y acusando, a veces, a los alertantes", dice Roberto Macías, miembro de Alianza contra la Corrupción y condenado por revelación de secretos por haber filtrado documentación de UGT-Andalucía que dio lugar a un proceso judicial, y que sostiene que la directiva debería aplicarse ya en España.

En este caso, la jueza consideró que no le era de aplicación porque todavía no ha sido traspuesta. Para Sánchez Almeida, "su espíritu impregna el derecho nacional de los estados de la UE desde que se publica".

"La denuncia siempre acaba volviéndose contra el denunciante, e incluso hay quien ha sufrido represalias por haber declarado como testigo", caso del testigo 29 del caso Cursach, explica Macías, mientras muestra sus dudas sobre el resultado de la trasposición: "En el Parlamento no hay prisa ni voluntad para trasladarla, al político no le interesa que se proteja a los alertadores".

"No se persigue a los funcionarios que blindan la corrupción"

Robert Martínez, uno de los denunciantes de la macroestafa de BB Serveis, que provocó la desatención de cientos de dependientes y el desempleo de sus trabajadores, ha sufrido dos desahucios desde que comenzó el asunto.

"Al final son las consecuencias de que si denuncias no te dan trabajo, los alertadores somos constantemente acosados", dice, mientras señala a los empleados públicos encargados de supervisar el funcionamiento de las administraciones: "Tienen la obligación de perseguir los delitos, pero ¿crees que van a tirar piedras contra sus jefes? Y no lo hacen aunque eso suponga cometer un delito, el de la omisión del deber de perseguirlo".

Fernando Jabonero, de Acodap (Asociación contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública), sostiene que la directiva comunitaria "es de obligado cumplimiento, en los términos que recoge, desde su aprobación. Lo contrario sería dejar su aplicación y las decisiones al Gobierno de cada Estado".

Jabonero denuncia las trabas que las administraciones ponen para facilitar la información que les reclaman los ciudadanos, a pesar de que desde 2015 están obligadas a tener toda la documentación en formato digital. "Interpretan la ley, que es algo que no les corresponde, y deciden qué información dan y cuál no", señala, al tiempo que llama la atención sobre una paradoja: "No se persigue a los funcionarios que blindan la corrupción y miran hacia otro lado" mientras "al denunciante se le ha juzgado siempre, en primer lugar porque lo tiene difícil para probar los delitos".

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