Un informe de los letrados del Congreso siembra la duda sobre el encaje constitucional de la amnistía
Las letradas de la Comisión de Justicia emiten, en un documento que se ha entregado a los grupos parlamentarios, varias consideraciones que ponen en tela de juicio la constitucionalidad de la amnistía.
Madrid--Actualizado a
Nuevo informe sobre el encaje constitucional de la amnistía. En este caso, lo emiten las letradas de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, donde se debatirá la ley a partir de la próxima semana y donde, además, se discutirá el grueso de enmiendas parciales que presentaron, durante la jornada del martes 16 de enero, varios grupos parlamentarios. Las letradas ponen en duda que "la amnistía como figura jurídica esté permitida por la Constitución, abierta al ámbito de decisión del legislador".
En el informe, que adelantó La Vanguardia y al que ha tenido acceso Público, el equipo de letrados de la Comisión de Justicia aseguran que la iniciativa "debiera ser articulada a través del procedimiento de reforma constitucional". En cualquier caso, se trata de un documento no vinculante, tal y como aclaran fuentes del PSOE.
Argumentan varias razones. La primera tiene que ver con una de las justificaciones que se da en la Exposición de motivos de la Proposición de Ley (PL). En ella, se afirma que la amnistía previa a la Constitución fue el "punto de partida del pacto constitucional" y que, por tanto, la propia amnistía, "lejos de ser una figura constitucional", forma parte del "pacto fundacional de la democracia". Las letradas de Justicia no lo ven igual. Esa afirmación, deslizan, "genera dudas de que pueda constituir la premisa a partir de la cual se pueda deducir que la amnistía como figura jurídica esté permitida por la Constitución".
También dicen que otorgar la amnistía no está contemplada entre las funciones de las Cortes Generales en el artículo 66.2 de la Constitución, que otorga a Congreso y Senado la potestad legislativa del Estado, la facultad de aprobar sus Presupuestos o la de controlar la acción del Gobierno, pero que no habla de amnistía. Además, puntualizan que, durante el debate constituyente, se rechazaron dos enmiendas (la 504 al artículo 58 —hoy, 66 de la Constitución— y la 744 proponiendo un nuevo artículo) que pretendían introducir el concepto de la amnistía en el texto constitucional.
En el escrito, las letradas también especifican que la PL ya fue objeto de examen por los letrados de la Cámara y que fue admitida a trámite por la Mesa del Congreso, por lo que se entiende que "no entra en contradicción palmaria con la Constitución", aunque eso, apuntan, no excluye que se debata "la perspectiva técnico-jurídica, incluido el examen de su eventual inconstitucionalidad". Eso sí, remarcan que será el Tribunal Constitucional (TC) el que tenga la última palabra una vez la ley se haya publicado en el BOE, siempre y cuando supere toda la fase parlamentaria, como, salvo sorpresa, ocurrirá.
El informe, en el que las letradas también puntualizan correcciones formales y técnicas a la ley, llega unos días antes de que la amnistía comience, el día 23 de enero según fuentes parlamentarias, su recorrido en la Comisión de Justicia.
En ella, se debatirá la introducción de una gran cantidad de enmiendas que este martes, día 16 de enero, registraron distintos grupos parlamentarios. El PSOE capitaneó una batería de ocho enmiendas que firmó junto a Esquerra Republicana (ERC), Sumar, EH Bildu y Bloque Nacionalista Galego (BNG). Pero ERC introdujo cuatro más en solitario. Junts per Catalunya, una docena y el Partido Popular (PP), hasta 20.
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