madrid
Actualizado:La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este viernes que se retire el carnet de conducir de vehículos a motor durante un año y un día al senador del PP José Manuel Baltar, además del pago de una multa de 1.800 euros. Se le atribuye un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir a 215 kilómetros por hora en la autovía A-52 sentido Benavente (Zamora) en abril de 2023, en un tramo en el que la velocidad máxima era 120 kilómetros por hora.
Según figura en el escrito de acusación del Ministerio Público, en la vista oral sobre el caso deberán compadecer además de Baltar como acusado, los guardias civiles de Tráfico que realizaban el control de velocidad en esa carretera.
Se atribuye a Baltar un delito contra la seguridad vial por conducir a 215 km/h
Después de que esta semana la jueza instructora Ana Ferrer decidiera enviarle a juicio a petición de la Fiscalía, la magistrada ha dado un plazo de 10 días a Baltar para que presente su escrito de defensa. Ferrer explicó en junio que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre control metrológico del Estado, el resultado arrojado es de 204 kilómetros por hora. Por tanto, el senador seguiría alcanzando un límite de velocidad superior al permitido en ese tramo y los hechos serían constitutivos de un delito contra la seguridad vial.
El Código Penal español castiga esta infracción con una pena de prisión de tres a seis meses, con la de multa de seis a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. En cualquier caso, según ha asegurado la magistrada, si Baltar fuese finalmente condenado se le quitaría el carnet de conducir de uno a cuatro años.
El pasado 19 de diciembre, el senador de los populares compareció voluntariamente ante el Tribunal Supremo y negó haber cometido tales hechos delictivos: "No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora", aseveró su letrado, Ramón Montero.
Ramón Montero, abogado de Baltar: "No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora"
Antes de que el caso llegara al Supremo, la Fiscalía había solicitado una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, lo que se traduciría en unos 1.800 euros. El Ministerio Público también reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.
Inicialmente, el Juzgado de Instrucción acordó la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad. No obstante, al acreditarse la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, se enviaron las actuaciones al Supremo.
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